Última revisión
12/12/2007
Sentencia Administrativo Nº 1398/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1136/2004 de 12 de Diciembre de 2007
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Orden: Administrativo
Fecha: 12 de Diciembre de 2007
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: SANCHEZ SANCHEZ, RICARDO
Nº de sentencia: 1398/2007
Encabezamiento
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 01398/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN OCTAVA
Presidenta
Ilma. Sra. Dª. Inés Huerta Garicano.
Magistrados
Ilmos. Sres.:
D. Miguel Ángel Vegas Valiente
D. Ricardo Sánchez Sánchez
-------------------------------------------
En la Villa de Madrid a doce de diciembre de dos mil siete.
VISTOS, por la Sala, constituida por la Ilma Sra. y los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso administrativo núm. 1136/2004, interpuesto por el Procurador D. Manuel Álvarez Buylla Ballesteros, en nombre y representación de D. Carlos Daniel , contra la resolución de fecha 20 de septiembre de 2004 del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la CAM, que desestimó el recurso presentado por el recurrente contra la Orden 4380/2004, de 18 de mayo.
Ha sido parte en autos la Administración demandada representada por un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.
Antecedentes
PRIMERO.- Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que postuló una sentencia por la que se anulasen las resoluciones del Consejero de la Comunidad de Madrid de Economía e Innovación Tecnológica de 20.9.2004, que confirma la Orden 4380/04 de 18 de Mayo de la Consejería sobre reintegro de subvención concedida por la Orden 3536/01 y anulando la orden de reintegro, y la orden desestimatoria del recurso de reposición, se declare válida la aprobación de la subvención, el derecho del demandante al cobro de las cantidades subvencionadas, y a cumplimentarla, por el plazo legal, con la expresa condena en costas a la Comunidad de Madrid, por su temeridad y mala fe.
SEGUNDO.- El Letrado de la Comunidad de Madrid, contestó a la demanda suplicando se dictase sentencia desestimando el presente recurso.
TERCERO.- No habiendo recibimiento a prueba, hicieron sus conclusiones las partes y, posteriormente, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
CUARTO.- Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 11 de diciembre de 2007 , fecha en la que ha tenido lugar.
QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y demás de general y pertinente aplicación.
Siendo Ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. Ricardo Sánchez Sánchez.
Fundamentos
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 01398/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN OCTAVA
Presidenta
Ilma. Sra. Dª. Inés Huerta Garicano.
Magistrados
Ilmos. Sres.:
D. Miguel Ángel Vegas Valiente
D. Ricardo Sánchez Sánchez
-------------------------------------------
En la Villa de Madrid a doce de diciembre de dos mil siete.
VISTOS, por la Sala, constituida por la Ilma Sra. y los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso administrativo núm. 1136/2004, interpuesto por el Procurador D. Manuel Álvarez Buylla Ballesteros, en nombre y representación de D. Carlos Daniel , contra la resolución de fecha 20 de septiembre de 2004 del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la CAM, que desestimó el recurso presentado por el recurrente contra la Orden 4380/2004, de 18 de mayo.
Ha sido parte en autos la Administración demandada representada por un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.
PRIMERO.- Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que postuló una sentencia por la que se anulasen las resoluciones del Consejero de la Comunidad de Madrid de Economía e Innovación Tecnológica de 20.9.2004, que confirma la Orden 4380/04 de 18 de Mayo de la Consejería sobre reintegro de subvención concedida por la Orden 3536/01 y anulando la orden de reintegro, y la orden desestimatoria del recurso de reposición, se declare válida la aprobación de la subvención, el derecho del demandante al cobro de las cantidades subvencionadas, y a cumplimentarla, por el plazo legal, con la expresa condena en costas a la Comunidad de Madrid, por su temeridad y mala fe.
SEGUNDO.- El Letrado de la Comunidad de Madrid, contestó a la demanda suplicando se dictase sentencia desestimando el presente recurso.
TERCERO.- No habiendo recibimiento a prueba, hicieron sus conclusiones las partes y, posteriormente, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
CUARTO.- Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 11 de diciembre de 2007 , fecha en la que ha tenido lugar.
QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y demás de general y pertinente aplicación.
Siendo Ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. D. Ricardo Sánchez Sánchez.
Que DEBEMOS DESESTIMAR Y DESESTIMAMOS el recurso contencioso administrativo núm. 1136/2004, interpuesto por el Procurador D. Manuel Álvarez Buylla Ballesteros, en nombre y representación de D. Carlos Daniel , contra la resolución de fecha 20 de septiembre de 2004 del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la CAM, que desestimó el recurso presentado por el recurrente contra la Orden 4380/2004, de 18 de mayo. Se condena a la parte recurrente al pago de las costas de este proceso.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha fue leída y publicada la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente hallándose en audiencia pública, de lo que yo, el Secretario, doy fe.
Fallo
Que DEBEMOS DESESTIMAR Y DESESTIMAMOS el recurso contencioso administrativo núm. 1136/2004, interpuesto por el Procurador D. Manuel Álvarez Buylla Ballesteros, en nombre y representación de D. Carlos Daniel , contra la resolución de fecha 20 de septiembre de 2004 del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la CAM, que desestimó el recurso presentado por el recurrente contra la Orden 4380/2004, de 18 de mayo. Se condena a la parte recurrente al pago de las costas de este proceso.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- En el mismo día de la fecha fue leída y publicada la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente hallándose en audiencia pública, de lo que yo, el Secretario, doy fe.

