Sentencia Administrativo ...re de 2007

Última revisión
19/10/2007

Sentencia Administrativo Nº 1442/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 75/2007 de 19 de Octubre de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 19 de Octubre de 2007

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: VEGAS TORRES, MARIA JESUS

Nº de sentencia: 1442/2007

Núm. Cendoj: 28079330012007101531


Encabezamiento

AP 75/07

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 01442/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO DE APELACIÓN Nº 75/07

SENTENCIA NÚM. 1442

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª Francisca Rosas Carrión

D. Francisco Javier Sancho Cuesta

Dª. María Jesús Vegas Torres

D. José Félix Martín Corredera

En la Villa de Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil siete.

Vistos por los autos del recurso de apelación nº 75/07 que ante esta Sala, ha promovido la procuradora Sra. Fernández Pérez, en nombre y representación de DON Jon contra el Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 17 de Madrid, en la pieza de medidas cautelares del Procedimiento Abreviado nº 806/06. Ha sido parte la DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID, representada por el Sr. Abogado del Estado.

Antecedentes

PRIMERO.- Interpuesto recurso contencioso administrativo contra la resolución de fecha 5 de septiembre de 2006, dictada por la Delegación de Gobierno en Madrid, se acordó la expulsión del territorio español de Don Jon , nacional de Rumanía, con la consiguiente prohibición de entrada en España por un período de cinco años, que fue tramitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 17 de Madrid, solicitándose por medio de otro sí la medida cautelar de suspensión de la ejecutividad del acuerdo recurrido, abriéndose la correspondiente pieza, en la que se dictó Auto con fecha 21 de diciembre de 2006 por el que se denegaba la medida solicitada.

SEGUNDO.- Contra dicho Auto se ha interpuesto el presente recurso de apelación en el que, una vez admitido y tramitado conforme a las prescripciones legales se ha señalado para votación y fallo el día 18 de octubre del año en curso, fecha en que tuvo lugar.

Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. María Jesús Vegas Torres.

Fundamentos

PRIMERO.- Se interpone recurso de apelación contra el Auto dictado con fecha 21 de diciembre de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 17 de Madrid , por el que se denegaba la medida cautelar solicitada.

SEGUNDO. Para resolver el presente recurso de apelación debemos recordar que Rumanía ha sido admitida como miembro de pleno derecho de la Unión Europea, en virtud del Tratado de Adhesión firmado el 25 de abril de 2005, por lo que sus ciudadanos están sujetos a partir de esa fecha al régimen de ciudadanos comunitarios regulado en el RD 178/2003, de 14 de febrero y al principio general de libre circulación de personas. Así las cosas, concurriendo en la pretensión del recurrente apariencia de buen derecho, procede estimar el presente recurso y conceder la medida cautelar solicitada para asegurar la efectividad de la sentencia que en su día se dicte.

TERCERO. No ha lugar a efectuar especial pronunciamiento sobre el pago de costas procesales.

VISTOS los preceptos citados y los demás de general aplicación

Fallo

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la procuradora Sra. Fernández Pérez, en nombre y representación de DON Jon contra el Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 17 de Madrid, en la pieza de medidas cautelares del Procedimiento Abreviado nº 806/06, debemos revocar el Auto apelado, y declarar haber lugar a la medida cautelar solicitada , sin costas.

La presente resolución es firme.

Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

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