Última revisión
20/10/2009
Sentencia Administrativo Nº 1462/2009, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 151/2006 de 20 de Octubre de 2009
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Orden: Administrativo
Fecha: 20 de Octubre de 2009
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: QUESADA VAREA, JOSE LUIS
Nº de sentencia: 1462/2009
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA No 1462
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Da. Ángeles Huet Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
D. José Luis Quesada Varea
Dª. Berta Santillán Pedrosa
En la Villa de Madrid, a 20 de octubre de dos mil nueve.
Vistos por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Magistrados expresados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 151/2006, interpuesto por Dª. Guadalupe , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Sonia de la Serna Blázquez y dirigida por la Letrada Dª. Ana Llosá Parrondo, contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por la recurrente con ocasión de tratamiento sanitario; siendo parte la Letrada de la Comunidad de Madrid y «Zurich España Cía. de Seguros y Reaseguros», representada por el Procurador de los Tribunales D. Federico José Olivares de Santiago y dirigida por el Letrado D. Javier Moreno Alemán.
Antecedentes
PRIMERO.- Previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó la demanda mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, solicitó de la Sala «se dicte sentencia por la que se declare la responsabilidad patrimonial de la administración, por los daños producidos a mis representados condenando a la Administración a pagar la cantidad de CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS EUROS (104.500 ?), debiendo dicha cantidad devengar los intereses correspondientes, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada».
SEGUNDO.- La Letrada de la Comunidad de Madrid, evacuando el traslado conferido, contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras exponer asimismo los hechos y fundamentos de Derecho que consideró oportunos, solicitó la desestimación del recurso.
TERCERO.- En igual trámite, el Procurador D. Federico José Olivares de Santiago, en representación de «Zurich España Cía. de Seguros y Reaseguros», solicitó la desestimación del recurso.
CUARTO.- Recibido el pleito a prueba, se practicó la propuesta por las partes y admitida por la Sala, con el resultado que obra en autos.
QUINTO.- No considerándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término para concluir por escrito, lo que consta realizado.
SEXTO.- Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 24 de septiembre de 2009, en que tuvo lugar.
SÉPTIMO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Es ponente el Ilmo. Magistrado D. José Luis Quesada Varea
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA No 1462
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Da. Ángeles Huet Sande
D. Juan Miguel Massigoge Benegiu
D. José Luis Quesada Varea
Dª. Berta Santillán Pedrosa
En la Villa de Madrid, a 20 de octubre de dos mil nueve.
Vistos por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Magistrados expresados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 151/2006, interpuesto por Dª. Guadalupe , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Sonia de la Serna Blázquez y dirigida por la Letrada Dª. Ana Llosá Parrondo, contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por la recurrente con ocasión de tratamiento sanitario; siendo parte la Letrada de la Comunidad de Madrid y «Zurich España Cía. de Seguros y Reaseguros», representada por el Procurador de los Tribunales D. Federico José Olivares de Santiago y dirigida por el Letrado D. Javier Moreno Alemán.
PRIMERO.- Previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó la demanda mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, solicitó de la Sala «se dicte sentencia por la que se declare la responsabilidad patrimonial de la administración, por los daños producidos a mis representados condenando a la Administración a pagar la cantidad de CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS EUROS (104.500 ?), debiendo dicha cantidad devengar los intereses correspondientes, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada».
SEGUNDO.- La Letrada de la Comunidad de Madrid, evacuando el traslado conferido, contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras exponer asimismo los hechos y fundamentos de Derecho que consideró oportunos, solicitó la desestimación del recurso.
TERCERO.- En igual trámite, el Procurador D. Federico José Olivares de Santiago, en representación de «Zurich España Cía. de Seguros y Reaseguros», solicitó la desestimación del recurso.
CUARTO.- Recibido el pleito a prueba, se practicó la propuesta por las partes y admitida por la Sala, con el resultado que obra en autos.
QUINTO.- No considerándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término para concluir por escrito, lo que consta realizado.
SEXTO.- Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 24 de septiembre de 2009, en que tuvo lugar.
SÉPTIMO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Es ponente el Ilmo. Magistrado D. José Luis Quesada Varea
ESTIMAMOS PARCIALMENTE el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tibunales Dª. Sonia de la Serna Blázquez, en representación de Dª. Guadalupe , contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, resolución que anulamos por no ser ajustada a Derecho y, en consecuencia, condenamos a la Administración demandada a que indemnice a la recurrente en la cantidad de SEIS MIL EUROS (6.000,-); sin imposición de costas.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. D. José Luis Quesada Varea, hallándose celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; certifico.
Fallo
ESTIMAMOS PARCIALMENTE el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tibunales Dª. Sonia de la Serna Blázquez, en representación de Dª. Guadalupe , contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración, resolución que anulamos por no ser ajustada a Derecho y, en consecuencia, condenamos a la Administración demandada a que indemnice a la recurrente en la cantidad de SEIS MIL EUROS (6.000,-); sin imposición de costas.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. D. José Luis Quesada Varea, hallándose celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; certifico.

