Última revisión
12/12/2007
Sentencia Administrativo Nº 1784/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 2201/2003 de 12 de Diciembre de 2007
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Orden: Administrativo
Fecha: 12 de Diciembre de 2007
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: DE LA PEÑA ELIAS, ANTONIA
Nº de sentencia: 1784/2007
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
SENTENCIA 1784
RECURSO NÚM.: 2201-2003
Procurador D. Francisco García Crespo
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo
-----------------------------------------------
Madrid, 12 de diciembre de 2007
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2201-2003 interpuesto por el procurador D. Francisco García Crespo, en
representación de la entidad Redescan Instalaciones de Telefonía, S.L., contra la resolución del Tribunal Económico
Administrativo Regional de Madrid de 28 de abril de 2003, que de manera acumulada desestimó la reclamación económico
administrativa número 28/12799/00, que interpuso contra la liquidación derivada del acta de disconformidad número 70263594 en
concepto de Impuesto sobre Sociedades del ejercicio de 1996, estimó en parte la reclamación número 28/17196/00 contra
acuerdo sancionador confirmado en reposición derivado de las mismas actuaciones y desestimó la reclamación número
28/03431/01 contra la providencia de apremio de la liquidación derivada del mismo acta; ha sido parte demandada la
Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía
Antecedentes
PRIMERO: Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
SEGUNDO: Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
TERCERO: Estimándose necesario el recibimiento a prueba, y una vez practicadas las mismas, y no la celebración de vista pública ni el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 11/12/2007 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. María Antonia de la Peña Elías
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
SENTENCIA 1784
RECURSO NÚM.: 2201-2003
Procurador D. Francisco García Crespo
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo
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Madrid, 12 de diciembre de 2007
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2201-2003 interpuesto por el procurador D. Francisco García Crespo, en
representación de la entidad Redescan Instalaciones de Telefonía, S.L., contra la resolución del Tribunal Económico
Administrativo Regional de Madrid de 28 de abril de 2003, que de manera acumulada desestimó la reclamación económico
administrativa número 28/12799/00, que interpuso contra la liquidación derivada del acta de disconformidad número 70263594 en
concepto de Impuesto sobre Sociedades del ejercicio de 1996, estimó en parte la reclamación número 28/17196/00 contra
acuerdo sancionador confirmado en reposición derivado de las mismas actuaciones y desestimó la reclamación número
28/03431/01 contra la providencia de apremio de la liquidación derivada del mismo acta; ha sido parte demandada la
Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía
PRIMERO: Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
SEGUNDO: Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
TERCERO: Estimándose necesario el recibimiento a prueba, y una vez practicadas las mismas, y no la celebración de vista pública ni el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 11/12/2007 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. María Antonia de la Peña Elías
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por el procurador D. Francisco García Crespo, en representación de la entidad Redescan Instalaciones de Telefonía, S.L., contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 28 de abril de 2003, que de manera acumulada desestimó la reclamación económico administrativa número 28/12799/00, que interpuso contra la liquidación derivada del acta de disconformidad número 70263594 en concepto de Impuesto sobre Sociedades del ejercicio de 1996, estimó en parte la reclamación número 28/17196/00 contra acuerdo sancionador confirmado en reposición derivado de las mismas actuaciones y desestimó la reclamación número 28/03431/01 contra la providencia de apremio de la liquidación derivada del mismo acta, por ser conforme a Derecho esta resolución. No se hace expresa condena en costas. Notifíquese esta sentencia a las partes en legal forma, haciendo la indicación de recursos del artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente de la misma, hallándose celebrando audiencia pública
el día en la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, lo que certifico.
Fallo
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por el procurador D. Francisco García Crespo, en representación de la entidad Redescan Instalaciones de Telefonía, S.L., contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 28 de abril de 2003, que de manera acumulada desestimó la reclamación económico administrativa número 28/12799/00, que interpuso contra la liquidación derivada del acta de disconformidad número 70263594 en concepto de Impuesto sobre Sociedades del ejercicio de 1996, estimó en parte la reclamación número 28/17196/00 contra acuerdo sancionador confirmado en reposición derivado de las mismas actuaciones y desestimó la reclamación número 28/03431/01 contra la providencia de apremio de la liquidación derivada del mismo acta, por ser conforme a Derecho esta resolución. No se hace expresa condena en costas. Notifíquese esta sentencia a las partes en legal forma, haciendo la indicación de recursos del artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente de la misma, hallándose celebrando audiencia pública
el día en la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, lo que certifico.
