Sentencia Administrativo ...re de 2007

Última revisión
21/12/2007

Sentencia Administrativo Nº 2065/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1006/2005 de 21 de Diciembre de 2007

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 7 min

Orden: Administrativo

Fecha: 21 de Diciembre de 2007

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ, JUAN FRANCISCO

Nº de sentencia: 2065/2007


Encabezamiento

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 02065/2007

RECURSO Nº 1006/2.005

SENTENCIA Nº 2065

----

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

----

Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan F López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos

Dª Sandra González de Lara Mingo

D. Marcial Viñoly Palop

En la Villa de Madrid a veintiuno de Diciembre del año dos mil siete.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior

de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1006 de 2.005 interpuesto por la entidad

«Elastogran GMBH» representada inicialmente por la Procuradora Doña Almudena González García y posteriormente por el

Procurador Don Rafael Gamarra García y asistido por el Letrado Don Pablo González-Bueno Catalán de Ocón y por el Letrado

Don Fernando Ilarda Lorentzen contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 19 de Mayo de

2.005, que desestimó el recurso de alzada interpuesto por contra la resolución de 9 de Marzo de 2.004 que concedió la

extensión de efectos en España de la marca internacional nº 789.723 "Elastokam" en la clase 17 del nomenclátor internacional,

solicitada por originariamente por la entidad Otkrytoe aktsionernoe obshchestvo «Nizhnekamskneftekhim». Ha sido parte la

Oficina Española de Patentes y Marcas representada por el Sr. Abogado del Estado.

Antecedentes

PRIMERO.- Que previos los oportunos trámites, la Procuradora Doña Almudena González García en representación de la entidad «Elastogran GMBH» r formalizó demanda el día 19 de Mayo de 2.006 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando que en su día se dictara sentencia por la que estimando en todas sus partes el presente recurso contencioso-administrativo , declare no ajustado a derecho el acto administrativo por el que se concedió el registro internacional de marca nE 789.723 ELASTOKAM, revocándolo y dejándolo sin efecto y ordenando en consecuencia la denegación del citado registro.

SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado al Sr. abogado del estado para que en representación de la oficina Española de Patentes y Marcas presentara contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 16 de Octubre de 2.006 en que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO.- Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el presente recurso el día 18 de Diciembre de 2.007 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo magistrado ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan F López de Hontanar Sánchez.

Fundamentos

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 02065/2007

RECURSO Nº 1006/2.005

SENTENCIA Nº 2065

----

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

----

Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan F López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos

Dª Sandra González de Lara Mingo

D. Marcial Viñoly Palop

En la Villa de Madrid a veintiuno de Diciembre del año dos mil siete.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior

de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1006 de 2.005 interpuesto por la entidad

«Elastogran GMBH» representada inicialmente por la Procuradora Doña Almudena González García y posteriormente por el

Procurador Don Rafael Gamarra García y asistido por el Letrado Don Pablo González-Bueno Catalán de Ocón y por el Letrado

Don Fernando Ilarda Lorentzen contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 19 de Mayo de

2.005, que desestimó el recurso de alzada interpuesto por contra la resolución de 9 de Marzo de 2.004 que concedió la

extensión de efectos en España de la marca internacional nº 789.723 "Elastokam" en la clase 17 del nomenclátor internacional,

solicitada por originariamente por la entidad Otkrytoe aktsionernoe obshchestvo «Nizhnekamskneftekhim». Ha sido parte la

Oficina Española de Patentes y Marcas representada por el Sr. Abogado del Estado.

PRIMERO.- Que previos los oportunos trámites, la Procuradora Doña Almudena González García en representación de la entidad «Elastogran GMBH» r formalizó demanda el día 19 de Mayo de 2.006 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando que en su día se dictara sentencia por la que estimando en todas sus partes el presente recurso contencioso-administrativo , declare no ajustado a derecho el acto administrativo por el que se concedió el registro internacional de marca nE 789.723 ELASTOKAM, revocándolo y dejándolo sin efecto y ordenando en consecuencia la denegación del citado registro.

SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado al Sr. abogado del estado para que en representación de la oficina Española de Patentes y Marcas presentara contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 16 de Octubre de 2.006 en que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO.- Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el presente recurso el día 18 de Diciembre de 2.007 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo magistrado ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan F López de Hontanar Sánchez.

Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la entidad «Elastogran GMBH» r y en su virtud ANULAMOS la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 19 de Mayo de 2.005, que desestimó el recurso de alzada interpuesto por contra la Resolución de 9 de Marzo de 2.004 que concedió la extensión de efectos en España de la marca internacional nº 789.723 "Elastokam" en la clase 17 del nomenclátor internacional, solicitada por originariamente por la entidad Otkrytoe aktsionernoe obshchestvo «Nizhnekamskneftekhim»sin expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a la entidad Otkrytoe aktsionernoe obshchestvo «Nizhnekamskneftekhim» en la persona de su representante en España con la advertencia de que la misma no es firme pudiendo interponerse recurso de casación que habrá de prepararse ante esta misma sala en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de la presente Resolución.

Así por esta nuestra sentencia , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la entidad «Elastogran GMBH» r y en su virtud ANULAMOS la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 19 de Mayo de 2.005, que desestimó el recurso de alzada interpuesto por contra la Resolución de 9 de Marzo de 2.004 que concedió la extensión de efectos en España de la marca internacional nº 789.723 "Elastokam" en la clase 17 del nomenclátor internacional, solicitada por originariamente por la entidad Otkrytoe aktsionernoe obshchestvo «Nizhnekamskneftekhim»sin expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a la entidad Otkrytoe aktsionernoe obshchestvo «Nizhnekamskneftekhim» en la persona de su representante en España con la advertencia de que la misma no es firme pudiendo interponerse recurso de casación que habrá de prepararse ante esta misma sala en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de la presente Resolución.

Así por esta nuestra sentencia , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.