Última revisión
09/01/2008
Sentencia Administrativo Nº 22/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 799/2007 de 09 de Enero de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 09 de Enero de 2008
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: HUERTA GARICANO, INES MARIA
Nº de sentencia: 22/2008
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA Nº 22
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a nueve de enero de dos mil ocho.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 799/07, interpuesto por el Letrado D. Jesús Suárez Balmaseda, en representación no acreditada de D. Arturo , contra el Auto dictado el 8 de octubre pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21 de esta Capital en el P.A. 772/07.
Antecedentes
PRIMERO: El Letrado apelante, en representación no acreditada de D. Arturo (sin apoderamiento de clase alguna), interpuso el día 3 del pasado mes de septiembre, recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de alzada deducido frente a la resolución del Jefe de Servicio del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid-Barajas de 6 de junio de 2007, por la que se deniega su entrada en España con devolución inmediata al país de procedencia.
SEGUNDO: Turnado el recurso al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21, lo registró bajo el nº de autos P.A. 772/07 , requiriéndose, mediante Providencia de 18 de septiembre (notificada al Letrado el día 24), para que, con apercibimiento de archivo y en el plazo de diez días, acreditara la representación que decía ostentar, requerimiento que no fue atendido.
Por Auto de 8 de octubre se acordó, al amparo del art. 45.3 LJCA, el Archivo de las actuaciones.
TERCERO: El Letrado, subsistiendo la falta de acreditación de la representación que decía ostentar, interpuso el presente recurso de apelación contra el precitado Auto, que fue admitido a tramite y elevados los autos, tuvieron entrada en esta Sección Octava el día 7 de noviembre de 2007, ante la que se ha personado la Procuradora Dña. Paloma Martín Martín, designada por el turno de oficio el 23 de octubre de 2007.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 8 de enero de 2008 , teniendo lugar.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA Nº 22
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a nueve de enero de dos mil ocho.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 799/07, interpuesto por el Letrado D. Jesús Suárez Balmaseda, en representación no acreditada de D. Arturo , contra el Auto dictado el 8 de octubre pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21 de esta Capital en el P.A. 772/07.
PRIMERO: El Letrado apelante, en representación no acreditada de D. Arturo (sin apoderamiento de clase alguna), interpuso el día 3 del pasado mes de septiembre, recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de alzada deducido frente a la resolución del Jefe de Servicio del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid-Barajas de 6 de junio de 2007, por la que se deniega su entrada en España con devolución inmediata al país de procedencia.
SEGUNDO: Turnado el recurso al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21, lo registró bajo el nº de autos P.A. 772/07 , requiriéndose, mediante Providencia de 18 de septiembre (notificada al Letrado el día 24), para que, con apercibimiento de archivo y en el plazo de diez días, acreditara la representación que decía ostentar, requerimiento que no fue atendido.
Por Auto de 8 de octubre se acordó, al amparo del art. 45.3 LJCA, el Archivo de las actuaciones.
TERCERO: El Letrado, subsistiendo la falta de acreditación de la representación que decía ostentar, interpuso el presente recurso de apelación contra el precitado Auto, que fue admitido a tramite y elevados los autos, tuvieron entrada en esta Sección Octava el día 7 de noviembre de 2007, ante la que se ha personado la Procuradora Dña. Paloma Martín Martín, designada por el turno de oficio el 23 de octubre de 2007.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 8 de enero de 2008 , teniendo lugar.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Que DESESTIMAMOS el Recurso de Apelación nº 799/07, interpuesto por el Letrado D. Jesús Suárez Balmaseda, en representación no acreditada de D. Arturo , contra el Auto dictado el 8 de octubre pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21 de esta Capital en el P.A. 772/07 . Sin costas.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior sentencia, de lo que como Secretario de la Sección, doy fe.
Fallo
Que DESESTIMAMOS el Recurso de Apelación nº 799/07, interpuesto por el Letrado D. Jesús Suárez Balmaseda, en representación no acreditada de D. Arturo , contra el Auto dictado el 8 de octubre pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21 de esta Capital en el P.A. 772/07 . Sin costas.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior sentencia, de lo que como Secretario de la Sección, doy fe.
