Última revisión
23/02/2007
Sentencia Administrativo Nº 237/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 104/2002 de 23 de Febrero de 2007
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 5 min
Orden: Administrativo
Fecha: 23 de Febrero de 2007
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: SABAN GODOY, ALFONSO
Nº de sentencia: 237/2007
Encabezamiento
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00237/2007
Proc. Sra. Mª Carmen Madrid Sanz.
A del E
Proc. Sra. Elisa Zabia de la Mata
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
PONENTE SR. Alfonso Sabán Godoy
RECURSO Nº. 104 DE 2002
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín
Dª. Fátima de la Cruz Mera
En Madrid a veintitrés de febrero de dos mil siete.
Visto el recurso número 104 de 2002 interpuesto por D. Plácido representado por la Procuradora Sra. Mª Carmen Madrid Sanz y defendido por Letrado, contra; la "ocupación por vía de hecho de la finca sita en Madrid, distrito de Vicalvaro identificados en Catastro de Rústica con el nº NUM000 del Polígono NUM001 ". Habiendo sido parte el Ministerio de Fomento representado por la Abogacía del estado y como parte codemandada Accesos de Madrid, Concesionaria Española, S.A. representada por la Procurador Sra. Elisa Zabia de la Mata
Antecedentes
PRIMERO.- Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escritos en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.
TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.
CUARTO.- Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
QUINTO.- Con fecha 1 de febrero de 2007 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy
Fundamentos
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
SENTENCIA: 00237/2007
Proc. Sra. Mª Carmen Madrid Sanz.
A del E
Proc. Sra. Elisa Zabia de la Mata
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
PONENTE SR. Alfonso Sabán Godoy
RECURSO Nº. 104 DE 2002
Presidente Ilmo. Sr.
D. Alfonso Sabán Godoy
Magistrados Ilmos. Sres.
Mª Rosario Ornosa Fernández
D. Gervasio Martín Martín
Dª. Fátima de la Cruz Mera
En Madrid a veintitrés de febrero de dos mil siete.
Visto el recurso número 104 de 2002 interpuesto por D. Plácido representado por la Procuradora Sra. Mª Carmen Madrid Sanz y defendido por Letrado, contra; la "ocupación por vía de hecho de la finca sita en Madrid, distrito de Vicalvaro identificados en Catastro de Rústica con el nº NUM000 del Polígono NUM001 ". Habiendo sido parte el Ministerio de Fomento representado por la Abogacía del estado y como parte codemandada Accesos de Madrid, Concesionaria Española, S.A. representada por la Procurador Sra. Elisa Zabia de la Mata
PRIMERO.- Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escritos en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.
TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.
CUARTO.- Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
QUINTO.- Con fecha 1 de febrero de 2007 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy
Estimamos en parte el recurso deducido por la representación procesal de D. Plácido contra el acto a que el mismo se contrae, acto que anulamos, declarando el derecho de la demandante a percibir una indemnización de 25% sobre el total del justiprecio de la finca expropiada, desestimando el resto de sus pretensiones, sin hacer expresa imposición sobre las costas procesales causadas.
Así por esta nuestra Sentencia contra la que cabe recurso de casación, a preparar ante esta misma Sala y Sección en el plazo de diez días, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
Estimamos en parte el recurso deducido por la representación procesal de D. Plácido contra el acto a que el mismo se contrae, acto que anulamos, declarando el derecho de la demandante a percibir una indemnización de 25% sobre el total del justiprecio de la finca expropiada, desestimando el resto de sus pretensiones, sin hacer expresa imposición sobre las costas procesales causadas.
Así por esta nuestra Sentencia contra la que cabe recurso de casación, a preparar ante esta misma Sala y Sección en el plazo de diez días, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
