Sentencia Administrativo Nº 259/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias,...e 28 de Mayo de 2004
Sentencia Administrativo ...yo de 2004

Última revisión
28/05/2004

Sentencia Administrativo Nº 259/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 300/2002 de 28 de Mayo de 2004

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Orden: Administrativo

Fecha: 28 de Mayo de 2004

Tribunal: TSJ Canarias

Ponente: LOPEZ MIGUEL, MANUEL

Nº de sentencia: 259/2004

Nº de recurso: 300/2002

Núm. Cendoj: 35016330022004100308

Núm. Ecli: ES:TSJICAN:2004:2380

Resumen
La cuestión debatida en este recurso se centra en determinar si las Bases para la concesión de subvenciones a los ganaderos para la adquisición de ganado vacuno han vulnerado el principio constitucional de igualdad ante la Ley.Estima el TSJ el recurso al entender que la opción por la forma societaria supone que debe exigirse que sus relaciones con terceros se desarrolle bajo un régimen de derecho privado, por lo que, desde este punto de vista, se produce una verdadera discriminación en la elección de la entidad colaboradora so pretexto de las relaciones entre la sociedad y la Institución que la constituyó, pues dicha relación no puede desbordar el límite establecido por el derecho mercantil y en particular, la obligación de ajustar su actuación a los principios de publicidad y concurrencia. Existe, por ello, un trato injustificadamente desigual o discriminatorio por parte del Cabildo Insular al optar para la importación y distribución del objeto de la ayuda a una empresa pública so pretexto de esa composición de su capital, en detrimento claro de las demás empresas que operan en el mismo ámbito de la actividad empresarial, que ven claramente perjudicada su posición. Concluye que la forma societaria de las empresas suponía "una sustancial igualdad entre las situaciones jurídicas enfrentadas", lo que hacía que la elección de una de ellas en detrimento de otras viniese presidida por criterios de respeto a la libre competencia y no por razones de oportunidad basadas en la composición del capital de la empresa pública o su relación con el ente que la personificó, pues desde el momento de acceso al ámbito empresarial, tras la constitución, no hay justificación alguna para un trato privilegiado que, correlativamente, constituye una actuación discriminatoria respecto de la entidad actora.

Voces

Cabildos insulares

Importaciones de bienes

Concesión de subvención

Pesca

Principio de igualdad

Entidades colaboradoras

Igualdad ante la ley

Expropiación especial

Poderes públicos

Derecho de igualdad

Empresa pública

Fondo del asunto

Seguridad jurídica

Actividades empresariales

Mala fe

Indemnización de daños y perjuicios

Daños y perjuicios