Última revisión
19/12/2007
Sentencia Administrativo Nº 30452/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 693/2007 de 19 de Diciembre de 2007
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Orden: Administrativo
Fecha: 19 de Diciembre de 2007
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: TORRES MARTINEZ, JESUS
Nº de sentencia: 30452/2007
Encabezamiento
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
PLAN DE ACTUACIÓN DE LA SALA APOYO SECCIÓN SEGUNDA
RECURSO DE APELACIÓN NUM. 693/07
SENTENCIA NUM. 30.452
ILTMO. SR. PRESIDENTE:
JUAN FCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ELVIRA ADORACIÓN RODRIGUEZ MARTI
SANDRA GONZALEZ DE LARA MINGO
MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO
FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
MARCIAL VIÑOL Y PALOP
JESUS TORRES MARTINEZ
En la villa de Madrid a diecinueve de diciembre de dos mil siete.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso apelación núm. 693/07, interpuesto por la mercantil RESTAURANTE TAO DREAMS SL., representada por el Procurador Don Ramón Rodríguez Nogueira, contra sentencia nº 62 de 28 de febrero de 2007, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 9 de los de Madrid, en los autos de procedimiento ordinario 33/2006, que desestimó el recurso contencioso administrativo en impugnación administrativa en vía de hecho del Ayuntamiento de Madrid y contra la resolución de fecha 8 de febrero de 2006 de la Dirección General de Coordinación Territorial por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 16 de noviembre de 2005 por la que se ordena la retirada inmediata de la terraza de veladores instalada sin silencia en la calle Silvano 77, Planta A, Local 7.
Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Letrado perteneciente a sus servicios jurídicos.
Antecedentes
PRIMERO.- El día 28 de febrero de 2007, se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de MADRID, que desestimó el recurso contencioso administrativo en impugnación administrativa en vía de hecho del Ayuntamiento de Madrid y contra la resolución de fecha 8 de febrero de 2006 de la Dirección General de Coordinación Territorial por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 16 de noviembre de 2005 por la que se ordena la retirada inmediata de la terraza de veladores instalada sin silencia en la calle Silvano 77, Planta A, Local 7.
SEGUNDO.- Por escrito fecha 21 de marzo de 2007, la representación procesal de la mercantil RESTAURANTE TAO DREAMS S. interpuso recurso de apelación contra dicha resolución formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y termina solicitando que se dictara sentencia por la que anulase el Decreto de la Concejal-Presidente de la Junta Municipal de Hortaleza de 16 de noviembre de 2005 , así como el Decreto del Concejal del Área de Coordinación Territorial de 8 de febrero de 2006 , y se declare que no procede retirar la terraza de veladores sin la previa tramitación de un procedimiento con audiencia de parte y previo otorgamiento de la posibilidad de legalización.
TERCERO.- Admitido a trámite el recurso, se dio traslado del mismo a la representación procesal del Ayuntamiento para alegaciones, que evacuo por escritos de fecha 8 de mayo de 2007 oponiéndose al recurso e interesando su desestimación.
CUARTO.- En este Tribunal se recibió las correspondientes actuaciones que aparecen con el núm. 693/07.
Siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JESUS TORRES MARTINEZ, señalándose el día 19 de diciembre de 2007 para la deliberación, votación y Fallo del recurso de apelación, en que tuvo lugar.
QUINTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los arts. 80.3 y 85 de la Ley Jurisdiccional 29/98 ,
Fundamentos
T.S.J. MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
PLAN DE ACTUACIÓN DE LA SALA APOYO SECCIÓN SEGUNDA
RECURSO DE APELACIÓN NUM. 693/07
SENTENCIA NUM. 30.452
ILTMO. SR. PRESIDENTE:
JUAN FCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ELVIRA ADORACIÓN RODRIGUEZ MARTI
SANDRA GONZALEZ DE LARA MINGO
MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO
FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
MARCIAL VIÑOL Y PALOP
JESUS TORRES MARTINEZ
En la villa de Madrid a diecinueve de diciembre de dos mil siete.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso apelación núm. 693/07, interpuesto por la mercantil RESTAURANTE TAO DREAMS SL., representada por el Procurador Don Ramón Rodríguez Nogueira, contra sentencia nº 62 de 28 de febrero de 2007, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 9 de los de Madrid, en los autos de procedimiento ordinario 33/2006, que desestimó el recurso contencioso administrativo en impugnación administrativa en vía de hecho del Ayuntamiento de Madrid y contra la resolución de fecha 8 de febrero de 2006 de la Dirección General de Coordinación Territorial por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 16 de noviembre de 2005 por la que se ordena la retirada inmediata de la terraza de veladores instalada sin silencia en la calle Silvano 77, Planta A, Local 7.
Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Letrado perteneciente a sus servicios jurídicos.
PRIMERO.- El día 28 de febrero de 2007, se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de MADRID, que desestimó el recurso contencioso administrativo en impugnación administrativa en vía de hecho del Ayuntamiento de Madrid y contra la resolución de fecha 8 de febrero de 2006 de la Dirección General de Coordinación Territorial por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 16 de noviembre de 2005 por la que se ordena la retirada inmediata de la terraza de veladores instalada sin silencia en la calle Silvano 77, Planta A, Local 7.
SEGUNDO.- Por escrito fecha 21 de marzo de 2007, la representación procesal de la mercantil RESTAURANTE TAO DREAMS S. interpuso recurso de apelación contra dicha resolución formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y termina solicitando que se dictara sentencia por la que anulase el Decreto de la Concejal-Presidente de la Junta Municipal de Hortaleza de 16 de noviembre de 2005 , así como el Decreto del Concejal del Área de Coordinación Territorial de 8 de febrero de 2006 , y se declare que no procede retirar la terraza de veladores sin la previa tramitación de un procedimiento con audiencia de parte y previo otorgamiento de la posibilidad de legalización.
TERCERO.- Admitido a trámite el recurso, se dio traslado del mismo a la representación procesal del Ayuntamiento para alegaciones, que evacuo por escritos de fecha 8 de mayo de 2007 oponiéndose al recurso e interesando su desestimación.
CUARTO.- En este Tribunal se recibió las correspondientes actuaciones que aparecen con el núm. 693/07.
Siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JESUS TORRES MARTINEZ, señalándose el día 19 de diciembre de 2007 para la deliberación, votación y Fallo del recurso de apelación, en que tuvo lugar.
QUINTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los arts. 80.3 y 85 de la Ley Jurisdiccional 29/98 ,
Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso de apelación nº 693/07 interpuesto por la mercantil RESTAURANTE TAO DREAMS SL., representada por el Procurador Don Ramón Rodríguez Nogueira, contra sentencia nº 62 de 28 de febrero de 2007, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 9 de los de Madrid , en los autos de procedimiento ordinario 33/2006, que desestimó el recurso contencioso administrativo en impugnación administrativa en vía de hecho del Ayuntamiento de Madrid y contra la resolución de fecha 8 de febrero de 2006 de la Dirección General de Coordinación Territorial por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 16 de noviembre de 2005 por la que se ordena la retirada inmediata de la terraza de veladores instalada sin silencia en la calle Silvano 77, Planta A, Local 7., que se confirma en su integridad, y condenamos al apelante al pago de las costas de la misma causadas en esta alzada.
La presente resolución es firme
Asi por nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos
Fallo
Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso de apelación nº 693/07 interpuesto por la mercantil RESTAURANTE TAO DREAMS SL., representada por el Procurador Don Ramón Rodríguez Nogueira, contra sentencia nº 62 de 28 de febrero de 2007, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 9 de los de Madrid , en los autos de procedimiento ordinario 33/2006, que desestimó el recurso contencioso administrativo en impugnación administrativa en vía de hecho del Ayuntamiento de Madrid y contra la resolución de fecha 8 de febrero de 2006 de la Dirección General de Coordinación Territorial por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de fecha 16 de noviembre de 2005 por la que se ordena la retirada inmediata de la terraza de veladores instalada sin silencia en la calle Silvano 77, Planta A, Local 7., que se confirma en su integridad, y condenamos al apelante al pago de las costas de la misma causadas en esta alzada.
La presente resolución es firme
Asi por nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos
