Última revisión
27/10/2009
Sentencia Administrativo Nº 30851/2009, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 413/2005 de 27 de Octubre de 2009
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Orden: Administrativo
Fecha: 27 de Octubre de 2009
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: ROJAS POZO, CASIANO
Nº de sentencia: 30851/2009
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PROGRAMA DE ACTUACIÓN POR OBJETIVOS
APOYO A LA SECCIÓN CUARTA
RECURSO Nº. 413/2005
S E N T E N C I A Nº 30.851
Presidente Ilmo. Sr.
Dº ALFONSO SABÁN GODOY
Magistrados Ilmos. Sres.
Dº GERVASIO MARTÍN MARTÍN
Dª FÁTIMA DE LA CRUZ MERA.
Dª MARGARITA PAZOS PITA
Dº CASIANO ROJAS POZO
En Madrid a 27 de octubre de dos mil nueve.
Vistos los autos del presente recurso nº 413 de 2005, que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha promovido la Procuradora Dª Arantxa Torrealday García en nombre y representación de Dº Felix , Dª Teodora , Dª Ascension Y Dª Estela , frente a la Administración General del estado representada por su Abogacía, contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid de 25 de noviembre de 2004, posteriormente confirmada en reposición por resolución de 3 de febrero de 2005, por la que se fijó el justiprecio de la finca n.º NUM000 del Proyecto de expropiación "Aeropuerto Madrid-Barajas. Desarrollo del Plan Director. 2ª Fase. 37/AENA/00", en el término municipal de Madrid, distrito de Barajas.
La cuantía del presente recurso es de 1.499.914,20 ? .
Antecedentes
PRIMERO.- Por la recurrente indicada se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 5 de mayo de 2005 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazada para que dedujeran demanda, lo que llevaron a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación del acto recurrido, fijando el justiprecio total en la cantidad de 1.874.159,1 ?, más los intereses legales.
SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
TERCERO.- Habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba se practicó la admitida con el resultado que consta en autos, concediéndose a continuación trámite de conclusiones, que fue cumplimentado por la recurrente por escrito de fecha 22 de octubre de 2008 y por la Abogacía del Estado con fecha 30 de octubre. Con fecha 27 de octubre de 2009 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. CASIANO ROJAS POZO.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PROGRAMA DE ACTUACIÓN POR OBJETIVOS
APOYO A LA SECCIÓN CUARTA
RECURSO Nº. 413/2005
S E N T E N C I A Nº 30.851
Presidente Ilmo. Sr.
Dº ALFONSO SABÁN GODOY
Magistrados Ilmos. Sres.
Dº GERVASIO MARTÍN MARTÍN
Dª FÁTIMA DE LA CRUZ MERA.
Dª MARGARITA PAZOS PITA
Dº CASIANO ROJAS POZO
En Madrid a 27 de octubre de dos mil nueve.
Vistos los autos del presente recurso nº 413 de 2005, que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha promovido la Procuradora Dª Arantxa Torrealday García en nombre y representación de Dº Felix , Dª Teodora , Dª Ascension Y Dª Estela , frente a la Administración General del estado representada por su Abogacía, contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid de 25 de noviembre de 2004, posteriormente confirmada en reposición por resolución de 3 de febrero de 2005, por la que se fijó el justiprecio de la finca n.º NUM000 del Proyecto de expropiación "Aeropuerto Madrid-Barajas. Desarrollo del Plan Director. 2ª Fase. 37/AENA/00", en el término municipal de Madrid, distrito de Barajas.
La cuantía del presente recurso es de 1.499.914,20 ? .
PRIMERO.- Por la recurrente indicada se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 5 de mayo de 2005 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazada para que dedujeran demanda, lo que llevaron a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación del acto recurrido, fijando el justiprecio total en la cantidad de 1.874.159,1 ?, más los intereses legales.
SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
TERCERO.- Habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba se practicó la admitida con el resultado que consta en autos, concediéndose a continuación trámite de conclusiones, que fue cumplimentado por la recurrente por escrito de fecha 22 de octubre de 2008 y por la Abogacía del Estado con fecha 30 de octubre. Con fecha 27 de octubre de 2009 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. CASIANO ROJAS POZO.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
ESTIMAR EN PARTE el recurso deducido por la Procuradora Dª Arantxa Torrealday García en nombre y representación de Dº Felix , Dª Teodora , Dª Ascension Y Dª Estela , frente a la Administración General del estado representada por su Abogacía, contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid de 25 de noviembre de 2004, posteriormente confirmada en reposición por resolución de 3 de febrero de 2005, por la que se fijó el justiprecio de la finca n.º NUM000 del Proyecto de expropiación "Aeropuerto Madrid-Barajas. Desarrollo del Plan Director. 2ª Fase. 37/AENA/00", en el término municipal de Madrid, distrito de Barajas, cuya disconformidad a derecho expresamente se declara fijando el justiprecio de la finca en la cantidad total, incluido el premio de afección, de 374.244,90 ?, incrementado con los intereses legales, sin costas.
Así por esta nuestra Sentencia contra la que cabe recurso de casación, a preparar ante esta misma Sala y Sección en el plazo de diez días, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
ESTIMAR EN PARTE el recurso deducido por la Procuradora Dª Arantxa Torrealday García en nombre y representación de Dº Felix , Dª Teodora , Dª Ascension Y Dª Estela , frente a la Administración General del estado representada por su Abogacía, contra la resolución del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid de 25 de noviembre de 2004, posteriormente confirmada en reposición por resolución de 3 de febrero de 2005, por la que se fijó el justiprecio de la finca n.º NUM000 del Proyecto de expropiación "Aeropuerto Madrid-Barajas. Desarrollo del Plan Director. 2ª Fase. 37/AENA/00", en el término municipal de Madrid, distrito de Barajas, cuya disconformidad a derecho expresamente se declara fijando el justiprecio de la finca en la cantidad total, incluido el premio de afección, de 374.244,90 ?, incrementado con los intereses legales, sin costas.
Así por esta nuestra Sentencia contra la que cabe recurso de casación, a preparar ante esta misma Sala y Sección en el plazo de diez días, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
