Sentencia Administrativo ...il de 2008

Última revisión
23/04/2008

Sentencia Administrativo Nº 312/2008, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Rec 101/2006 de 23 de Abril de 2008

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Orden: Administrativo

Fecha: 23 de Abril de 2008

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: BARRACHINA JUAN, EDUARDO

Nº de sentencia: 312/2008


Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación nº 101/2006

Parte apelante: Consuelo

Representante de la parte apelante: En representació pròpia

Parte apelada: DEP. DE JUSTICIA - GENERALITAT DE CATALUNYA

Representante de la parte apelada: LLETRAT DE LA GENERALITAT

S E N T E N C I A Nº 312/2008

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EDUARDO BARRACHINA JUAN

MAGISTRADOS

D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS

Dª MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ

En la ciudad de Barcelona, a veintitres de abril de dos mil ocho

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.

Ha sido Ponente Don EDUARDO BARRACHINA JUAN, quien expresa el parecer de la SALA.

Antecedentes

PRIMERO.- El día 28/11/2005 el Juzgado Contencioso Administrativo 1 de Barcelona, en el Procedimiento abreviado seguido con el número 323/2005 , dictó Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto contra la Resolución de 12/1/05 del Secretario General del Departamento de Justicia que desestima la solicitud de reconocimiento del derecho a percibir 4 puntos por la especialidad y dificultad que implica el cumplimiento de su función a la adscripción de la fiscalia de Manresa. Sin expresa imposición de costas.

SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.

TERCERO.- Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 21 de abril de 2008.

CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Fundamentos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación nº 101/2006

Parte apelante: Consuelo

Representante de la parte apelante: En representació pròpia

Parte apelada: DEP. DE JUSTICIA - GENERALITAT DE CATALUNYA

Representante de la parte apelada: LLETRAT DE LA GENERALITAT

S E N T E N C I A Nº 312/2008

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EDUARDO BARRACHINA JUAN

MAGISTRADOS

D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS

Dª MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ

En la ciudad de Barcelona, a veintitres de abril de dos mil ocho

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.

Ha sido Ponente Don EDUARDO BARRACHINA JUAN, quien expresa el parecer de la SALA.

PRIMERO.- El día 28/11/2005 el Juzgado Contencioso Administrativo 1 de Barcelona, en el Procedimiento abreviado seguido con el número 323/2005 , dictó Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto contra la Resolución de 12/1/05 del Secretario General del Departamento de Justicia que desestima la solicitud de reconocimiento del derecho a percibir 4 puntos por la especialidad y dificultad que implica el cumplimiento de su función a la adscripción de la fiscalia de Manresa. Sin expresa imposición de costas.

SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.

TERCERO.- Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 21 de abril de 2008.

CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

PRIMERO.- Desestimar el recurso de apelación interpuesto por Dª Consuelo contra la Sentencia arriba indicada.

SEGUNDO.- Sin imponer las costas.

Notifíquese la presente resolución en legal forma, y verificado remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN

Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente / la Ilma. Sra. Magistrada Ponente estando la Sala celebrando audiencia pública el día 7 de mayo de 2008, fecha en que ha sido firmada la sentencia por todos los Sres. Magistrados que formaron Tribunal en la misma. Doy fe.

Fallo

PRIMERO.- Desestimar el recurso de apelación interpuesto por Dª Consuelo contra la Sentencia arriba indicada.

SEGUNDO.- Sin imponer las costas.

Notifíquese la presente resolución en legal forma, y verificado remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN

Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente / la Ilma. Sra. Magistrada Ponente estando la Sala celebrando audiencia pública el día 7 de mayo de 2008, fecha en que ha sido firmada la sentencia por todos los Sres. Magistrados que formaron Tribunal en la misma. Doy fe.