Sentencia Administrativo ...ro de 2008

Última revisión
09/01/2008

Sentencia Administrativo Nº 32/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 843/2007 de 09 de Enero de 2008

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Orden: Administrativo

Fecha: 09 de Enero de 2008

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: HUERTA GARICANO, INES MARIA

Nº de sentencia: 32/2008


Encabezamiento

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00032/2008

SENTENCIA Nº 32

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo

En la Villa de Madrid a nueve de enero de dos mil ocho.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 843/07, interpuesto por el Letrado D. Enrique Sánchez Toro, en representación no acreditada de D. Alejandro , contra el Auto dictado el 24 de septiembre pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 25 de esta Capital en el P.A. 575/07.

Antecedentes

PRIMERO: El Letrado apelante, en representación no acreditada de D. Alejandro , interpuso el día 4 del pasado mes de junio recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de alzada deducido frente a la Resolución del Jefe de Servicio del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid-Barajas de 22 de enero de 2007, denegatoria de su entrada en España, con devolución inmediata al país de procedencia.

SEGUNDO: Turnado el recurso al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 25, lo registró bajo el nº de autos P.A. 575/07 , requiriéndose, mediante Providencia de 24 de julio (notificada al Letrado el día 4 de septiembre), para que, con apercibimiento de archivo y en el plazo de diez días, acreditara la representación que decía ostentar, requerimiento que no fue atendido.

Por Auto de 24 de septiembre se acordó, al amparo del art. 45.3 LJCA, el Archivo de las actuaciones.

TERCERO: El Letrado, subsistiendo la falta de acreditación de la representación que decía ostentar, interpuso el presente recurso de apelación contra el precitado Auto, que fue admitido a tramite y elevados los autos, tuvieron entrada en esta Sección Octava el día 21 de noviembre de 2007, ante la que no se ha personado en forma el apelante.

CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 8 de enero de 2008 , teniendo lugar.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

Fundamentos

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00032/2008

SENTENCIA Nº 32

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo

En la Villa de Madrid a nueve de enero de dos mil ocho.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 843/07, interpuesto por el Letrado D. Enrique Sánchez Toro, en representación no acreditada de D. Alejandro , contra el Auto dictado el 24 de septiembre pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 25 de esta Capital en el P.A. 575/07.

PRIMERO: El Letrado apelante, en representación no acreditada de D. Alejandro , interpuso el día 4 del pasado mes de junio recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta del recurso de alzada deducido frente a la Resolución del Jefe de Servicio del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid-Barajas de 22 de enero de 2007, denegatoria de su entrada en España, con devolución inmediata al país de procedencia.

SEGUNDO: Turnado el recurso al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 25, lo registró bajo el nº de autos P.A. 575/07 , requiriéndose, mediante Providencia de 24 de julio (notificada al Letrado el día 4 de septiembre), para que, con apercibimiento de archivo y en el plazo de diez días, acreditara la representación que decía ostentar, requerimiento que no fue atendido.

Por Auto de 24 de septiembre se acordó, al amparo del art. 45.3 LJCA, el Archivo de las actuaciones.

TERCERO: El Letrado, subsistiendo la falta de acreditación de la representación que decía ostentar, interpuso el presente recurso de apelación contra el precitado Auto, que fue admitido a tramite y elevados los autos, tuvieron entrada en esta Sección Octava el día 21 de noviembre de 2007, ante la que no se ha personado en forma el apelante.

CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 8 de enero de 2008 , teniendo lugar.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

Que DESESTIMAMOS el Recurso de Apelación nº 843/07, interpuesto por el Letrado D. Enrique Sánchez Toro, en representación no acreditada de D. Alejandro , contra el Auto dictado el 24 de septiembre pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 25 de esta Capital en el P.A. 575/07 . Sin costas.

Esta resolución es firme.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior sentencia, de lo que como Secretario de la Sección, doy fe.

Fallo

Que DESESTIMAMOS el Recurso de Apelación nº 843/07, interpuesto por el Letrado D. Enrique Sánchez Toro, en representación no acreditada de D. Alejandro , contra el Auto dictado el 24 de septiembre pasado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 25 de esta Capital en el P.A. 575/07 . Sin costas.

Esta resolución es firme.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior sentencia, de lo que como Secretario de la Sección, doy fe.

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