Última revisión
11/05/2007
Sentencia Administrativo Nº 372/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Rec 227/2006 de 11 de Mayo de 2007
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Orden: Administrativo
Fecha: 11 de Mayo de 2007
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: BARRACHINA JUAN, EDUARDO
Nº de sentencia: 372/2007
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Rollo de apelación nº 227/2006
Parte apelante: Vicente
Representante de la parte apelante: PERE SUNYER BELLIDO
Parte apelada: INSTITUT CATALÀ DE LA SALUT
Representante de la parte apelada: ANDREU OLIVA BASTE
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
D. EDUARDO BARRACHINA JUAN
MAGISTRADOS
Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT
D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS
En la ciudad de Barcelona, a once de mayo de dos mil siete
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.
Ha sido Ponente Don EDUARDO BARRACHINA JUAN, quien expresa el parecer de la SALA.
Antecedentes
PRIMERO.- El día 14/02/2006 el Juzgado Contencioso Administrativo 2 Barcelona, en el Procedimiento abreviado seguido con el número 611/2005 , dictó Auto definitivo de Inadmisión del recurso interpuesto contra la resolución de 3/5/04 del Director Gerente de l'Institut Català de la Salut que denegó la solicitud del recurrente de permanencia al servicio activo y le declaró en situación administrativa de jubilación forzosa. Sin expresa imposición de costas.
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.
TERCERO.- Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 7 de mayo de 2007.
CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Fundamentos
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Rollo de apelación nº 227/2006
Parte apelante: Vicente
Representante de la parte apelante: PERE SUNYER BELLIDO
Parte apelada: INSTITUT CATALÀ DE LA SALUT
Representante de la parte apelada: ANDREU OLIVA BASTE
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
D. EDUARDO BARRACHINA JUAN
MAGISTRADOS
Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT
D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS
En la ciudad de Barcelona, a once de mayo de dos mil siete
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.
Ha sido Ponente Don EDUARDO BARRACHINA JUAN, quien expresa el parecer de la SALA.
PRIMERO.- El día 14/02/2006 el Juzgado Contencioso Administrativo 2 Barcelona, en el Procedimiento abreviado seguido con el número 611/2005 , dictó Auto definitivo de Inadmisión del recurso interpuesto contra la resolución de 3/5/04 del Director Gerente de l'Institut Català de la Salut que denegó la solicitud del recurrente de permanencia al servicio activo y le declaró en situación administrativa de jubilación forzosa. Sin expresa imposición de costas.
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.
TERCERO.- Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 7 de mayo de 2007.
CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
1º Estimar el recurso de apelación, y revocar el Auto impugnado, declarando la competencia de este orden jurisdiccional para conocer y decidir el recurso contencioso-administrativo a que el mismo se refiere así como que el mismo es admisible por haberse interpuesto dentro de plazo.
2º No imponer costas.
Notifíquese la presente resolución en legal forma, y verificado remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN
Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente / la Ilma. Sra. Magistrada Ponente estando la Sala celebrando audiencia pública el día 22 de mayo de 2.007, fecha en que ha sido firmada la sentencia por todos los Sres. Magistrados que formaron Tribunal en la misma. Doy fe.
Fallo
1º Estimar el recurso de apelación, y revocar el Auto impugnado, declarando la competencia de este orden jurisdiccional para conocer y decidir el recurso contencioso-administrativo a que el mismo se refiere así como que el mismo es admisible por haberse interpuesto dentro de plazo.
2º No imponer costas.
Notifíquese la presente resolución en legal forma, y verificado remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN
Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente / la Ilma. Sra. Magistrada Ponente estando la Sala celebrando audiencia pública el día 22 de mayo de 2.007, fecha en que ha sido firmada la sentencia por todos los Sres. Magistrados que formaron Tribunal en la misma. Doy fe.
