Sentencia Administrativo ...il de 2008

Última revisión
30/04/2008

Sentencia Administrativo Nº 393/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 339/2006 de 30 de Abril de 2008

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Relacionados:

Tiempo de lectura: 4 min

Orden: Administrativo

Fecha: 30 de Abril de 2008

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: ARANA AZPITARTE, MARIA FATIMA

Nº de sentencia: 393/2008


Encabezamiento

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00393/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Recurso número 339/2006 (procedimiento abreviado)

Ponente: Doña Fátima Arana Azpitarte

Recurrente: Don Humberto y Don Luis Alberto

Procurador: Doña Blanca Murillo de la Cuadra

Demandado: Ministerio de la Vivienda

Abogado del Estado

SENTENCIA nº 393

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 30 de abril de 2008, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por el Procurador Doña

Blanca Murillo de la Cuadra actuando en representación de Don Humberto y Don Luis Alberto contra la inejecución por parte del Ministerio de la Vivienda del acto firme (Art. 29.2 LJCA ) ganado por silencio administrativo positivo de reconocimiento de abono de sus honorarios profesionales de arquitecto por importe de 24.812,29 euros, en relación con el expediente H-91-CD/70.

Es ponente de esta Sentencia la Ilma. Sra. Doña Fátima Arana Azpitarte , que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes

PRIMERO.- Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO.- Tramitado el recurso por los trámites del procedimiento abreviado se señaló para la vista el día 30 de abril de 2008 fecha en que se celebró y en la que el Abogado del Estado se allanó a la demanda.

Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Fátima Arana Azpitarte.

Fundamentos

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00393/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Recurso número 339/2006 (procedimiento abreviado)

Ponente: Doña Fátima Arana Azpitarte

Recurrente: Don Humberto y Don Luis Alberto

Procurador: Doña Blanca Murillo de la Cuadra

Demandado: Ministerio de la Vivienda

Abogado del Estado

SENTENCIA nº 393

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 30 de abril de 2008, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por el Procurador Doña

Blanca Murillo de la Cuadra actuando en representación de Don Humberto y Don Luis Alberto contra la inejecución por parte del Ministerio de la Vivienda del acto firme (Art. 29.2 LJCA ) ganado por silencio administrativo positivo de reconocimiento de abono de sus honorarios profesionales de arquitecto por importe de 24.812,29 euros, en relación con el expediente H-91-CD/70.

Es ponente de esta Sentencia la Ilma. Sra. Doña Fátima Arana Azpitarte , que expresa el parecer de la Sala.

PRIMERO.- Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.

SEGUNDO.- Tramitado el recurso por los trámites del procedimiento abreviado se señaló para la vista el día 30 de abril de 2008 fecha en que se celebró y en la que el Abogado del Estado se allanó a la demanda.

Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Fátima Arana Azpitarte.

Que estimando el recurso interpuesto por la Procuradora Doña Blanca Murillo de la Cuadra en representación de Don Humberto y Don Luis Alberto contra la inejecución por parte del Ministerio de la Vivienda de acto firme condenamos a la Administración demandada a abonarles la cantidad de 24.812,29 euros, en concepto de honorarios profesionales de arquitecto en relación con el expediente H-91-CD/70, cantidad que se incrementará con el interés de demora desde la fecha de la presentación de la reclamación inicial, según fue interesado en la misma , cuya cuantía se determinará en ejecución de Sentencia. No se realiza imposición de costas.

Hágase saber a las partes que contra esta Sentencia no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION: Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Dª. Fátima Arana Azpitarte, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha;certifico.

Fallo

Que estimando el recurso interpuesto por la Procuradora Doña Blanca Murillo de la Cuadra en representación de Don Humberto y Don Luis Alberto contra la inejecución por parte del Ministerio de la Vivienda de acto firme condenamos a la Administración demandada a abonarles la cantidad de 24.812,29 euros, en concepto de honorarios profesionales de arquitecto en relación con el expediente H-91-CD/70, cantidad que se incrementará con el interés de demora desde la fecha de la presentación de la reclamación inicial, según fue interesado en la misma , cuya cuantía se determinará en ejecución de Sentencia. No se realiza imposición de costas.

Hágase saber a las partes que contra esta Sentencia no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION: Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Dª. Fátima Arana Azpitarte, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha;certifico.

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.