Última revisión
18/04/2007
Sentencia Administrativo Nº 400/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 114/2007 de 18 de Abril de 2007
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Orden: Administrativo
Fecha: 18 de Abril de 2007
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: HUERTA GARICANO, INES MARIA
Nº de sentencia: 400/2007
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA Nº 400
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
D. Ricardo Sánchez Sánchez
En la Villa de Madrid a dieciocho de abril de dos mil siete.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 114/07 interpuesto, en la representación que ostenta, por un LETRADO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contra el Auto nº 578, de 13 de noviembre pasado, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de esta Capital, por el que se deniega la autorización de entrada en la vivienda sita en la c/ Plaza Roger de la Flor nº 16, 4º B, de esta Capital, propiedad del IVIMA, a fin de proceder a la ejecución forzosa de la Resolución 946/SG/05 de su Director Gerente por e que se acordó la recuperación posesoria del citado inmueble.
Antecedentes
PRIMERO: El Letrado de la CAM, en representación del IVIMA, solicitó -en escrito presentado en el Juzgado de lo Contencioso nº 8 de esta Capital -ante el que pende el P.O. nº 46/06 en el que está impugnada la citada Resolución 946/SG/05- el día 20 de septiembre pasado- autorización de entrada en la vivienda más arriba referenciada, ocupada por la apelada y ello a efectos de proceder a la ejecución forzosa de la antecitada Resolución, cuya suspensión de ejecutividad había sido denegada por Auto del Juzgado nº 398, de 26 de julio del mismo año.
SEGUNDO: El Juzgado lo tramitó bajo el nº de autos E.D. 15/064 , dictándose Auto el día 13 de noviembre en el que se denegaba la autorización en razón de que la Resolución a ejecutar estaba impugnada.
TERCERO: En escrito presentado el 13 de diciembre, el Letrado de la COMUNIDAD DE MADRID, interpuso el presente recurso de apelación contra el precitado Auto que fue admitido a trámite en Diligencia de Ordenación del día 15, confiriendo traslado a la ocupante de la vivienda, que lo impugnó.
En Diligencia de Ordenación de 26 de enero del corriente se elevaron las actuaciones, previo emplazamiento a las partes, a este Tribunal para su resolución, con entrada en esta Sección Octava el día 23 de febrero, ante la que se ha personado el Letrado de la CAM.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 17 de abril de 2007 , teniendo lugar.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA Nº 400
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
D. Ricardo Sánchez Sánchez
En la Villa de Madrid a dieciocho de abril de dos mil siete.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 114/07 interpuesto, en la representación que ostenta, por un LETRADO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contra el Auto nº 578, de 13 de noviembre pasado, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de esta Capital, por el que se deniega la autorización de entrada en la vivienda sita en la c/ Plaza Roger de la Flor nº 16, 4º B, de esta Capital, propiedad del IVIMA, a fin de proceder a la ejecución forzosa de la Resolución 946/SG/05 de su Director Gerente por e que se acordó la recuperación posesoria del citado inmueble.
PRIMERO: El Letrado de la CAM, en representación del IVIMA, solicitó -en escrito presentado en el Juzgado de lo Contencioso nº 8 de esta Capital -ante el que pende el P.O. nº 46/06 en el que está impugnada la citada Resolución 946/SG/05- el día 20 de septiembre pasado- autorización de entrada en la vivienda más arriba referenciada, ocupada por la apelada y ello a efectos de proceder a la ejecución forzosa de la antecitada Resolución, cuya suspensión de ejecutividad había sido denegada por Auto del Juzgado nº 398, de 26 de julio del mismo año.
SEGUNDO: El Juzgado lo tramitó bajo el nº de autos E.D. 15/064 , dictándose Auto el día 13 de noviembre en el que se denegaba la autorización en razón de que la Resolución a ejecutar estaba impugnada.
TERCERO: En escrito presentado el 13 de diciembre, el Letrado de la COMUNIDAD DE MADRID, interpuso el presente recurso de apelación contra el precitado Auto que fue admitido a trámite en Diligencia de Ordenación del día 15, confiriendo traslado a la ocupante de la vivienda, que lo impugnó.
En Diligencia de Ordenación de 26 de enero del corriente se elevaron las actuaciones, previo emplazamiento a las partes, a este Tribunal para su resolución, con entrada en esta Sección Octava el día 23 de febrero, ante la que se ha personado el Letrado de la CAM.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 17 de abril de 2007 , teniendo lugar.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Que ESTIMANDO el Recurso de Apelación nº 114/07 interpuesto, en la representación que ostenta, por un LETRADO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contra el Auto nº 578, de 13 de noviembre pasado, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de esta Capital, por el que se deniega la autorización de entrada en la vivienda sita en la c/ Plaza Roger de la Flor nº 16, 4º B, de esta Capital, propiedad del IVIMA, a fin de proceder a la ejecución forzosa de la Resolución 946/SG/05 de su Director Gerente por e que se acordó la recuperación posesoria del citado inmueble, REVOCAMOS EL CITADO AUTO, y, en consecuencia, SE OTORGA AUTORIZACIÓN DE ENTRADA EN EL EXPRESADO DOMICILIO A FIN DE PROCEDER A LA EJECUCIÓN FORZOSA DE LA RESOLUCIÓN 946/SG/05. Sin costas.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior sentencia dictada por la Magistrado Ponente Ilma. Sra. Inés Huerta Garicano, de lo que como Secretario de la Sección, doy fe.
Fallo
Que ESTIMANDO el Recurso de Apelación nº 114/07 interpuesto, en la representación que ostenta, por un LETRADO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contra el Auto nº 578, de 13 de noviembre pasado, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de esta Capital, por el que se deniega la autorización de entrada en la vivienda sita en la c/ Plaza Roger de la Flor nº 16, 4º B, de esta Capital, propiedad del IVIMA, a fin de proceder a la ejecución forzosa de la Resolución 946/SG/05 de su Director Gerente por e que se acordó la recuperación posesoria del citado inmueble, REVOCAMOS EL CITADO AUTO, y, en consecuencia, SE OTORGA AUTORIZACIÓN DE ENTRADA EN EL EXPRESADO DOMICILIO A FIN DE PROCEDER A LA EJECUCIÓN FORZOSA DE LA RESOLUCIÓN 946/SG/05. Sin costas.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior sentencia dictada por la Magistrado Ponente Ilma. Sra. Inés Huerta Garicano, de lo que como Secretario de la Sección, doy fe.
