Sentencia Administrativo ...re de 2007

Última revisión
08/11/2007

Sentencia Administrativo Nº 413/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 150/2003 de 08 de Noviembre de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 08 de Noviembre de 2007

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: ALVAREZ TEJERO, MARIA ISABEL

Nº de sentencia: 413/2007


Encabezamiento

RECURSO 150/2003

SECCIÓN 4ª

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA-GRUPO DE APOYO

SENTENCIA NUM. 413/2007

Sentencia Grupo e Apoyo Num. /2007

ILMOS SRES.

PRESIDENTE

DON ALFREDO ROLDAN HERRERO

MAGISTRADO

DON NAZARIO JOSÉ Mª LOSADA ALONSO

DOÑA MARÍA ISABEL ALVAREZ TEJERO

En la Villa de Madrid, a ocho de Noviembre de dos mil siete.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Sres. Magistrados que se relacionan al margen, autos del recurso contencioso-administrativo nº 150/2003 interpuesto por la representación procesal de DON Rebeca, nacional de Ecuador, contra la inactividad de la Administración de la Administración, Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía, Comisaría de Getafe de Madrid, en el expediente de expulsión del territorio nacional iniciado el día 28 de junio de 2002, y frente al que se interpuso el preceptivo Recurso por parte del recurrente. Siendo parte la Delegación del Gobierno en Madrid, representada por el Sr. Abogado del Estado

Antecedentes

PRIMERO.- Admitido el recurso, registrado inicialmente en la sección Cuarta , y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para que en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 11 Septiembre de 2002 y mediante la cual se acuerda "'decretar la expulsión del territorio nacional. " en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derechos que estimó oportunos, termino suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación impugnada, habiéndose solicitado el recibimiento a prueba.

SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado al Sr. abogado del estado para contestación a la demanda , lo que se verificó por escrito de fecha 16 de Diciembre de 2.003, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dicte Sentencia desestimando el presente recurso.

TERCERO.- Por Auto de fecha 30 de Marzo de 2.004, se fijo en indeterminada la cuantía del presente recurso y se acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose la propuesta, concediéndose permiso a las partes para que formularan escrito de conclusiones sucintas. Por Providencia de fecha 1 de Febrero de 2005 se declararon conclusas las actuaciones quedando pendientes de señalamiento , señalándose par Votación y Fallo del presente recurso el día 27 de junio de 2007.

CUARTO.- Por Providencia de fecha 27 de junio y con suspensión del señalamiento para votación y fallo de la fecha, se libró Oficio a la delegación del Gobierno de Madrid a fin de que se certificase a la Sala en que fecha se notificó el decreto de Expulsión al recurrente o a su letrado el Decreto de Expulsión.

QUINTO.-. Con fecha 16 de julio de 2007 por el Ministerio del Interior se remitió información a la Sala informando de que la resolución no ha sido notificada al interesado ni a su representante legal, traslado a las partes para que alegaran lo que a su Derecho convenga, sin que por las partes se haya presentado alegación alguna.

SEXTO.- Por Providencia de fecha 1 de Octubre de 2.007, se señalo para votación y fallo del presente recurso el día 7 de Noviembre de 2.007, teniendo así lugar.

Siendo Magistrada ponente la Ilma. Sra. Doña MARÍA ISABEL ALVAREZ TEJERO

Fundamentos

RECURSO 150/2003

SECCIÓN 4ª

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA-GRUPO DE APOYO

SENTENCIA NUM. 413/2007

Sentencia Grupo e Apoyo Num. /2007

ILMOS SRES.

PRESIDENTE

DON ALFREDO ROLDAN HERRERO

MAGISTRADO

DON NAZARIO JOSÉ Mª LOSADA ALONSO

DOÑA MARÍA ISABEL ALVAREZ TEJERO

En la Villa de Madrid, a ocho de Noviembre de dos mil siete.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Sres. Magistrados que se relacionan al margen, autos del recurso contencioso-administrativo nº 150/2003 interpuesto por la representación procesal de DON Rebeca, nacional de Ecuador, contra la inactividad de la Administración de la Administración, Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía, Comisaría de Getafe de Madrid, en el expediente de expulsión del territorio nacional iniciado el día 28 de junio de 2002, y frente al que se interpuso el preceptivo Recurso por parte del recurrente. Siendo parte la Delegación del Gobierno en Madrid, representada por el Sr. Abogado del Estado

PRIMERO.- Admitido el recurso, registrado inicialmente en la sección Cuarta , y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para que en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 11 Septiembre de 2002 y mediante la cual se acuerda "'decretar la expulsión del territorio nacional. " en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derechos que estimó oportunos, termino suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación impugnada, habiéndose solicitado el recibimiento a prueba.

SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado al Sr. abogado del estado para contestación a la demanda , lo que se verificó por escrito de fecha 16 de Diciembre de 2.003, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dicte Sentencia desestimando el presente recurso.

TERCERO.- Por Auto de fecha 30 de Marzo de 2.004, se fijo en indeterminada la cuantía del presente recurso y se acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose la propuesta, concediéndose permiso a las partes para que formularan escrito de conclusiones sucintas. Por Providencia de fecha 1 de Febrero de 2005 se declararon conclusas las actuaciones quedando pendientes de señalamiento , señalándose par Votación y Fallo del presente recurso el día 27 de junio de 2007.

CUARTO.- Por Providencia de fecha 27 de junio y con suspensión del señalamiento para votación y fallo de la fecha, se libró Oficio a la delegación del Gobierno de Madrid a fin de que se certificase a la Sala en que fecha se notificó el decreto de Expulsión al recurrente o a su letrado el Decreto de Expulsión.

QUINTO.-. Con fecha 16 de julio de 2007 por el Ministerio del Interior se remitió información a la Sala informando de que la resolución no ha sido notificada al interesado ni a su representante legal, traslado a las partes para que alegaran lo que a su Derecho convenga, sin que por las partes se haya presentado alegación alguna.

SEXTO.- Por Providencia de fecha 1 de Octubre de 2.007, se señalo para votación y fallo del presente recurso el día 7 de Noviembre de 2.007, teniendo así lugar.

Siendo Magistrada ponente la Ilma. Sra. Doña MARÍA ISABEL ALVAREZ TEJERO

Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo nº 150/2003 interpuesto por la representación procesal de DON Rebeca, nacional de Ecuador, contra la inactividad de la administración de la Administración, Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía, Comisaría de Getafe de Madrid, en el expediente de expulsión del territorio nacional iniciado el día 28 de junio de 2002, y frente al que se interpuso el preceptivo Recurso por parte del recurrente , declarando la citada resolución disconforme con el ordenamiento jurídico , dejándola sin efecto con archivo del expediente con todas las circunstancias inherentes a la misma; sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente Resolución y hágase saber a las partes que contra esta Sentencia no cabe interponer recurso. (Auto del T.S. de Octubre de 2004 )

Así por esta nuestra sentencia, la pronunciamos mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por la Ilma. Sra. Doña MARÍA ISABEL ALVAREZ TEJERO , estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy Fe.

Fallo

Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo nº 150/2003 interpuesto por la representación procesal de DON Rebeca, nacional de Ecuador, contra la inactividad de la administración de la Administración, Ministerio del Interior, Dirección General de la Policía, Comisaría de Getafe de Madrid, en el expediente de expulsión del territorio nacional iniciado el día 28 de junio de 2002, y frente al que se interpuso el preceptivo Recurso por parte del recurrente , declarando la citada resolución disconforme con el ordenamiento jurídico , dejándola sin efecto con archivo del expediente con todas las circunstancias inherentes a la misma; sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente Resolución y hágase saber a las partes que contra esta Sentencia no cabe interponer recurso. (Auto del T.S. de Octubre de 2004 )

Así por esta nuestra sentencia, la pronunciamos mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por la Ilma. Sra. Doña MARÍA ISABEL ALVAREZ TEJERO , estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy Fe.

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