Última revisión
05/03/2008
Sentencia Administrativo Nº 417/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 159/2005 de 05 de Marzo de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 05 de Marzo de 2008
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: HUERTA GARICANO, INES MARIA
Nº de sentencia: 417/2008
Encabezamiento
Registro General 1412/05
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 00417/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a cinco de marzo de dos mil ocho.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 159/05, interpuesto - en escrito presentado el día 17 de febrero de 2005- por la Procuradora Dña. Mª del Coral Lorrio Alonso, actuando en nombre y representación de Dña. María Inés , contra la Resolución del Ilmo. Sr. Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte de 30 de noviembre de 2004, por la que se inadmite -por extemporáneo- el recurso de alzada entablado, en escrito presentado el 27 de julio de 2004, contra la Resolución de la Secretaría General Técnica del expresado Departamento de 17 de marzo del mismo año (notificada el 13 de abril), por la que se condicionaba la homologación de su título de Médico Cirujano, obtenido en la Escuela Colombiana de Medicina (Colombia), a la previa superación de una prueba de conjunto.
Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Antecedentes
PRIMERO: Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulase las resoluciones impugnadas.
SEGUNDO: El abogado del estado , en la contestación a la demanda, solicitó la desestimación del recurso.
TERCERO: No habiéndose recibido el proceso a prueba y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 4 de marzo de 2008 , teniendo lugar.
QUINTO: En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada en indeterminada la cuantía del pleito.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo ponente la Magistrada de la sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Fundamentos
Registro General 1412/05
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 00417/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Miguel Angel Vegas Valiente
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a cinco de marzo de dos mil ocho.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 159/05, interpuesto - en escrito presentado el día 17 de febrero de 2005- por la Procuradora Dña. Mª del Coral Lorrio Alonso, actuando en nombre y representación de Dña. María Inés , contra la Resolución del Ilmo. Sr. Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte de 30 de noviembre de 2004, por la que se inadmite -por extemporáneo- el recurso de alzada entablado, en escrito presentado el 27 de julio de 2004, contra la Resolución de la Secretaría General Técnica del expresado Departamento de 17 de marzo del mismo año (notificada el 13 de abril), por la que se condicionaba la homologación de su título de Médico Cirujano, obtenido en la Escuela Colombiana de Medicina (Colombia), a la previa superación de una prueba de conjunto.
Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
PRIMERO: Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulase las resoluciones impugnadas.
SEGUNDO: El abogado del estado , en la contestación a la demanda, solicitó la desestimación del recurso.
TERCERO: No habiéndose recibido el proceso a prueba y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 4 de marzo de 2008 , teniendo lugar.
QUINTO: En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada en indeterminada la cuantía del pleito.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.
Siendo ponente la Magistrada de la sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Que DESESTIMANDO el recurso contencioso-administrativo nº 159/05, interpuesto - en escrito presentado el día 17 de febrero de 2005- por la Procuradora Dña. Mª del Coral Lorrio Alonso, actuando en nombre y representación de Dña. María Inés, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte de 30 de noviembre de 2004 , por la que se inadmite -por extemporáneo- el recurso de alzada entablado , en escrito presentado el 27 de julio de 2004, contra la resolución de la Secretaría General Técnica del expresado Departamento de 17 de marzo del mismo año (notificada el 13 de abril), por la que se condicionaba la homologación de su título de Médico Cirujano , obtenido en la Escuela Colombiana de Medicina (Colombia), a la previa superación de una prueba de conjunto. Sin costas.
Esta Resolución no es firme y frente a la misma cabe recurso de casación que habrá de prepararse, de conformidad con lo dispuesto en el art. 89 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante esta sección en el plazo de diez días, computados desde el siguiente a su notificación.
Así por esta nuestra sentencia , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior Sentencia de lo que como Secretaria de la Sección, doy fe.
Fallo
Que DESESTIMANDO el recurso contencioso-administrativo nº 159/05, interpuesto - en escrito presentado el día 17 de febrero de 2005- por la Procuradora Dña. Mª del Coral Lorrio Alonso, actuando en nombre y representación de Dña. María Inés, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte de 30 de noviembre de 2004 , por la que se inadmite -por extemporáneo- el recurso de alzada entablado , en escrito presentado el 27 de julio de 2004, contra la resolución de la Secretaría General Técnica del expresado Departamento de 17 de marzo del mismo año (notificada el 13 de abril), por la que se condicionaba la homologación de su título de Médico Cirujano , obtenido en la Escuela Colombiana de Medicina (Colombia), a la previa superación de una prueba de conjunto. Sin costas.
Esta Resolución no es firme y frente a la misma cabe recurso de casación que habrá de prepararse, de conformidad con lo dispuesto en el art. 89 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante esta sección en el plazo de diez días, computados desde el siguiente a su notificación.
Así por esta nuestra sentencia , lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En el mismo día de su fecha fue publicada la anterior Sentencia de lo que como Secretaria de la Sección, doy fe.
