Sentencia Administrativo ...zo de 2008

Última revisión
31/03/2008

Sentencia Administrativo Nº 427/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 72/2005 de 31 de Marzo de 2008

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Orden: Administrativo

Fecha: 31 de Marzo de 2008

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: MASSIGOGE BENEGIU, JUAN MIGUEL

Nº de sentencia: 427/2008


Encabezamiento

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00427/2008

SENTENCIA Nº 427

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

------------------------------------------------------

En la Villa de Madrid a treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso-administrativo nº 72/2005, interpuesto por el Procurador de los Tribunales Doña Teresa Puente Méndez en nombre y representación de ASOCIACION DE ENTIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS (AEMA-ITV), TÜR RHEINLAND IBERICA, S.A., GRUPO INTEVELESA, S.A., ASISTENCIA TECNICA INDUSTRIAL, S.A.E. (ATISAE), e INSPECCION TECNICA DEL TRANSPORTE, S.A. (INTECTRA), contra la resolución de fecha 7 de septiembre de 2004 de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, confirmada en reposición por resolución de fecha 29 de noviembre de 2004; habiendo sido parte la Comunidad de Madrid representada por sus Servicios Jurídicos.

Antecedentes

PRIMERO.- Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la Ley, se puso de manifiesto el expediente administrativo a la parte recurrente para formalizar la demanda , lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustado a derecho el acto recurrido.

SEGUNDO.- El letrado de la comunidad de Madrid contesta a la demanda , mediante escrito en el que suplica se dicte Sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a Derecho.

TERCERO.- Recibido el pleito a prueba se practicaron las propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos, declarándose concluso el procedimiento, quedando los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo.

CUARTO.- En este estado se señala para votación el día 27 de marzo de 2008, teniendo lugar así.

Siendo ponente el magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Fundamentos

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00427/2008

SENTENCIA Nº 427

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

------------------------------------------------------

En la Villa de Madrid a treinta y uno de marzo del año dos mil ocho.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso-administrativo nº 72/2005, interpuesto por el Procurador de los Tribunales Doña Teresa Puente Méndez en nombre y representación de ASOCIACION DE ENTIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS (AEMA-ITV), TÜR RHEINLAND IBERICA, S.A., GRUPO INTEVELESA, S.A., ASISTENCIA TECNICA INDUSTRIAL, S.A.E. (ATISAE), e INSPECCION TECNICA DEL TRANSPORTE, S.A. (INTECTRA), contra la resolución de fecha 7 de septiembre de 2004 de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, confirmada en reposición por resolución de fecha 29 de noviembre de 2004; habiendo sido parte la Comunidad de Madrid representada por sus Servicios Jurídicos.

PRIMERO.- Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la Ley, se puso de manifiesto el expediente administrativo a la parte recurrente para formalizar la demanda , lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustado a derecho el acto recurrido.

SEGUNDO.- El letrado de la comunidad de Madrid contesta a la demanda , mediante escrito en el que suplica se dicte Sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a Derecho.

TERCERO.- Recibido el pleito a prueba se practicaron las propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos, declarándose concluso el procedimiento, quedando los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo.

CUARTO.- En este estado se señala para votación el día 27 de marzo de 2008, teniendo lugar así.

Siendo ponente el magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Que DESESTIMANDO el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador de los Tribunales Doña Teresa Puente Méndez en nombre y representación de ASOCIACION DE ENTIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS (AEMA-ITV), TÜR RHEINLAND IBERICA, S.A., GRUPO INTEVELESA, S.A., ASISTENCIA TECNICA INDUSTRIAL, S.A.E. (ATISAE), e INSPECCION TECNICA DEL TRANSPORTE, S.A. (INTECTRA) , contra la Resolución de fecha 7 de septiembre de 2004 de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la comunidad de Madrid, confirmada en reposición por resolución de fecha 29 de noviembre de 2004; DEBEMOS DECLARAR Y DECLARAMOS la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico.

No se hace un especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en esta instancia, al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes.

Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos , mandamos y firmamos.

PUBLICACION: Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Miguel Massigoge Benegiu, ponente que ha sido para la Resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma doy fe.

Fallo

Que DESESTIMANDO el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador de los Tribunales Doña Teresa Puente Méndez en nombre y representación de ASOCIACION DE ENTIDADES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS (AEMA-ITV), TÜR RHEINLAND IBERICA, S.A., GRUPO INTEVELESA, S.A., ASISTENCIA TECNICA INDUSTRIAL, S.A.E. (ATISAE), e INSPECCION TECNICA DEL TRANSPORTE, S.A. (INTECTRA) , contra la Resolución de fecha 7 de septiembre de 2004 de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la comunidad de Madrid, confirmada en reposición por resolución de fecha 29 de noviembre de 2004; DEBEMOS DECLARAR Y DECLARAMOS la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico.

No se hace un especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en esta instancia, al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes.

Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos , mandamos y firmamos.

PUBLICACION: Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Miguel Massigoge Benegiu, ponente que ha sido para la Resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma doy fe.

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