Última revisión
18/01/2008
Sentencia Administrativo Nº 50/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Rec 1381/2006 de 18 de Enero de 2008
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 6 min
Orden: Administrativo
Fecha: 18 de Enero de 2008
Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana
Ponente: ALTARRIBA CANO, CARLOS
Nº de sentencia: 50/2008
Encabezamiento
ROLLO DE APELACIÓN 01/1381/06
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Presidente
D. Hedilberto Narbón.
Magistrados:
D. Luis Lorente Almiñana
D. Carlos Altarriba Cano.
*************************
En la ciudad de Valencia a 18 de enero del año 2008.
Visto el recurso de apelación nº 1381/06 interpuesto por el procurador de los tribunales Dª. Ana María Arias Nieto, en nombre y representación de Dª Araceli , contra la Sentencia desestimatoria nº 376, de 4 de septiembre de 2006, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 426/05, tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de alicante, SOBRE reclamación por responsabilidad patrimonial de la administración.
Antecedentes
PRIMERO.- Por el Juzgado de lo contencioso citado se remitió a esta Sala el Recurso contencioso-administrativo arriba citado seguido a instancia de la actora, procedimiento que concluyó por Sentencia del Juzgado de fecha, cuyo FALLO textual es el siguiente: ".. se desestima el recurso interpuesto por Dª Araceli contra el Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Benidorm de fecha 30 de mayo de 2006, que en expediente nº NUM000 , resuelve desestimar la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la actora mediante escrito presentado en fecha de 25 de marzo de 2005; sin hacer expresa imposición de las costas"
SEGUNDO.- Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de apelación, alegando substancialmente que la sentencia de instancia no hacía una correcta valoración de la prueba obrante en los autos,
Por su parte formalizó escrito de oposición el Recurso de apelación en el que substancialmente se hacia constar que, debía confirmarse la sentencia dictada por su conformidad a derecho
TERCERO.- Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente Rollo de Apelación por Diligencia, en la que se acordó admitir a trámite el recurso, quedando señalado para su votación y fallo el día 15 de los corrientes.
CUARTO.- En la tramitación del presente Rollo se han observado todas las formalidades legales.
Siendo ponente para este tramite el Ilmo. Magistrado DON Carlos Altarriba Cano, que expresa el parecer de la Sala.
Fundamentos
ROLLO DE APELACIÓN 01/1381/06
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Presidente
D. Hedilberto Narbón.
Magistrados:
D. Luis Lorente Almiñana
D. Carlos Altarriba Cano.
*************************
En la ciudad de Valencia a 18 de enero del año 2008.
Visto el recurso de apelación nº 1381/06 interpuesto por el procurador de los tribunales Dª. Ana María Arias Nieto, en nombre y representación de Dª Araceli , contra la Sentencia desestimatoria nº 376, de 4 de septiembre de 2006, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 426/05, tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de alicante, SOBRE reclamación por responsabilidad patrimonial de la administración.
PRIMERO.- Por el Juzgado de lo contencioso citado se remitió a esta Sala el Recurso contencioso-administrativo arriba citado seguido a instancia de la actora, procedimiento que concluyó por Sentencia del Juzgado de fecha, cuyo FALLO textual es el siguiente: ".. se desestima el recurso interpuesto por Dª Araceli contra el Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Benidorm de fecha 30 de mayo de 2006, que en expediente nº NUM000 , resuelve desestimar la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la actora mediante escrito presentado en fecha de 25 de marzo de 2005; sin hacer expresa imposición de las costas"
SEGUNDO.- Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de apelación, alegando substancialmente que la sentencia de instancia no hacía una correcta valoración de la prueba obrante en los autos,
Por su parte formalizó escrito de oposición el Recurso de apelación en el que substancialmente se hacia constar que, debía confirmarse la sentencia dictada por su conformidad a derecho
TERCERO.- Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente Rollo de Apelación por Diligencia, en la que se acordó admitir a trámite el recurso, quedando señalado para su votación y fallo el día 15 de los corrientes.
CUARTO.- En la tramitación del presente Rollo se han observado todas las formalidades legales.
Siendo ponente para este tramite el Ilmo. Magistrado DON Carlos Altarriba Cano, que expresa el parecer de la Sala.
Que debemos DESESTIMAR COMO ÍNTEGRAMENTE DESESTIMAMOS el recurso de apelación nº 1381/06 interpuesto por el procurador de los tribunales Dª. Ana María Arias Nieto, en nombre y representación de Dª Araceli , contra la Sentencia desestimatoria nº 376, de 4 de septiembre de 2006 , dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 426/05, tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de alicante, SOBRE reclamación por responsabilidad patrimonial de la administración, a que se refieren los presentes autos, y todo ello, con expresa imposición de las costas causadas al recurrente.
Y, para que esta sentencia se lleve a puro y debido efecto, devuélvanse los autos al juzgado de su procedencia con testimonio de la misma para su ejecución.
Así por nuestra Sentencia definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma certifico. En Valencia doce de febrero de dos mil ocho .
Fallo
Que debemos DESESTIMAR COMO ÍNTEGRAMENTE DESESTIMAMOS el recurso de apelación nº 1381/06 interpuesto por el procurador de los tribunales Dª. Ana María Arias Nieto, en nombre y representación de Dª Araceli , contra la Sentencia desestimatoria nº 376, de 4 de septiembre de 2006 , dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 426/05, tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de alicante, SOBRE reclamación por responsabilidad patrimonial de la administración, a que se refieren los presentes autos, y todo ello, con expresa imposición de las costas causadas al recurrente.
Y, para que esta sentencia se lleve a puro y debido efecto, devuélvanse los autos al juzgado de su procedencia con testimonio de la misma para su ejecución.
Así por nuestra Sentencia definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma certifico. En Valencia doce de febrero de dos mil ocho .
