Sentencia Administrativo Nº 500/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, S...e 07 de Mayo de 2004
Sentencia Administrativo ...yo de 2004

Última revisión
07/05/2004

Sentencia Administrativo Nº 500/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 8, Rec 960/2001 de 07 de Mayo de 2004

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Orden: Administrativo

Fecha: 07 de Mayo de 2004

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: RODRIGUEZ RODRIGO, CARMEN

Nº de sentencia: 500/2004

Nº de recurso: 960/2001

Núm. Cendoj: 28079330082004100457

Resumen
Confirma el TSJ la resolución por la que se impone a la parte actora una sanción por la comisión de una infracción sanitaria grave tipificada en el art. 108,2 Ley 25/1990, de 20 de diciembre del Medicamento y art. 62.1,B Ley 17/1998 de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica d la Comunidad de Madrid por "la dispensación sin receta de Cloretilo Chemirosa Spray, sujeto a esta modalidad de prescripción, careciendo en el momento de la Inspección de recetas justificativas de tales dispensaciones según el Acta levantada. Del hecho de que la Inspección constatase en el Acta que no existía entre las recetas archivadas en la oficina de farmacia del recurrente ninguna receta con la prescripción del medicamento "Cloretilo Chemirosa Spray" y del contenido de la denuncia se ha deducido la consecuencia de que se expidió el medicamento sin receta, pese a que la recurrente insiste en que no tenía obligación de conservar las recetas, y que el hecho de no tenerlas no se puede colegir que no hayan existido. La realidad es que desde la publicación de la Orden de 30 de abril de 1996 parece claro que los farmacéuticos vienen obligados a retener y archivar las recetas privadas durante tres meses.

Voces

Recetas médicas

Obligación de retener

Práctica de la prueba

Responsabilidad administrativa

Potestad sancionadora

Carga de la prueba

Expediente sancionador

Asistencia sanitaria

Mala fe

Jurisdicción contencioso-administrativa