Sentencia Administrativo ...yo de 2007

Última revisión
25/05/2007

Sentencia Administrativo Nº 505/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Rec 139/2006 de 25 de Mayo de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 25 de Mayo de 2007

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: RUBIRA MORENO, ANA

Nº de sentencia: 505/2007


Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

Rollo de apelación nº 139/2006

SENTENCIA Nº 505/2007

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS:

DON JOSE JUANOLA SOLER

DON MANUEL TABOAS BENTANACHS

DOÑA ANA RUBIRA MORENO

En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de mayo de dos mil siete.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación número 139/2006, interpuesto por DON Jose Carlos , representado por la Procuradora DOÑA ANA SALINAS PARRA y dirigido por el Letrado DON RAFAEL SALINAS PARRA, contra el AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado y dirigido por el Procurador DON CARLES ARCAS HERNANDEZ y dirigido por la Letrada Consistorial DOÑA SANDRA ABAD GARCIA. Es Ponente Doña ANA RUBIRA MORENO, Magistrada de esta Sala, quien expresa el parecer de la misma.

Antecedentes

PRIMERO.- En el recurso contencioso-administrativo número 371/2006 tramitado en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 de Barcelona, el 15 de junio de 2006 se dictó auto acordando autorizar la entrada en la finca sita en la calle DIRECCION000 NUM000 , de Barcelona, a fin de proceder a la ejecución forzosa de la resolución del Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Barcelona de 15 de marzo de 2006, y practicar el desalojo de la expresada finca, propiedad municipal, que deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de un mes.

SEGUNDO.- Contra la referida sentencia la parte actora interpuso recurso de apelación, elevándose las actuaciones a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

TERCERO.- Turnado a la Sección tercera de dicho Tribunal, se acordó formar el oportuno rollo, designar Magistrado Ponente y, no habiéndose recibido el proceso a prueba ni dado trámite de vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones, señalándose para votación y fallo el día 23 de mayo de 2007.

Fundamentos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION TERCERA

Rollo de apelación nº 139/2006

SENTENCIA Nº 505/2007

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS:

DON JOSE JUANOLA SOLER

DON MANUEL TABOAS BENTANACHS

DOÑA ANA RUBIRA MORENO

En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de mayo de dos mil siete.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación número 139/2006, interpuesto por DON Jose Carlos , representado por la Procuradora DOÑA ANA SALINAS PARRA y dirigido por el Letrado DON RAFAEL SALINAS PARRA, contra el AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado y dirigido por el Procurador DON CARLES ARCAS HERNANDEZ y dirigido por la Letrada Consistorial DOÑA SANDRA ABAD GARCIA. Es Ponente Doña ANA RUBIRA MORENO, Magistrada de esta Sala, quien expresa el parecer de la misma.

PRIMERO.- En el recurso contencioso-administrativo número 371/2006 tramitado en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 de Barcelona, el 15 de junio de 2006 se dictó auto acordando autorizar la entrada en la finca sita en la calle DIRECCION000 NUM000 , de Barcelona, a fin de proceder a la ejecución forzosa de la resolución del Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Barcelona de 15 de marzo de 2006, y practicar el desalojo de la expresada finca, propiedad municipal, que deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de un mes.

SEGUNDO.- Contra la referida sentencia la parte actora interpuso recurso de apelación, elevándose las actuaciones a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

TERCERO.- Turnado a la Sección tercera de dicho Tribunal, se acordó formar el oportuno rollo, designar Magistrado Ponente y, no habiéndose recibido el proceso a prueba ni dado trámite de vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones, señalándose para votación y fallo el día 23 de mayo de 2007.

En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sección Tercera, ha decidido:

PRIMERO. Desestimar el recurso de apelación interpuesto por Don Jose Carlos contra el auto dictado el 15 de junio de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 de Barcelona .

SEGUNDO. Imponer el pago de las costas a la parte apelante.

Así por esta nuestra sentencia, que será notificada a las partes con expresión de los recursos que, en su caso, procedan contra ella, llevándose testimonio de la misma a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION. - Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Magistrado Ponente que en la misma se expresa, hallándose celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Fallo

En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sección Tercera, ha decidido:

PRIMERO. Desestimar el recurso de apelación interpuesto por Don Jose Carlos contra el auto dictado el 15 de junio de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 de Barcelona .

SEGUNDO. Imponer el pago de las costas a la parte apelante.

Así por esta nuestra sentencia, que será notificada a las partes con expresión de los recursos que, en su caso, procedan contra ella, llevándose testimonio de la misma a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION. - Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Magistrado Ponente que en la misma se expresa, hallándose celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

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