Última revisión
12/11/2009
Sentencia Administrativo Nº 540/2009, Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Rec 1352/2008 de 12 de Noviembre de 2009
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Orden: Administrativo
Fecha: 12 de Noviembre de 2009
Tribunal: TSJ Extremadura
Ponente: PRADO BERNABEU, RAIMUNDO
Nº de sentencia: 540/2009
Encabezamiento
T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD
CACERES
AUTO: 00540/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección : 001
CACERES
00438
CJ
Número de Identificación Único: 10037 33 3 2008 0105235
Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001352 /2008
Sobre DERECHO ADMINISTRATIVO
De D/ña. Luis
Procurador Sr./a. D./Dña. JUAN CARLOS BUSTILLO BUSALACCHI
Contra D/ña. JUNTA DE EXTREMADURA representado por el
Sr. Letrado de la Junta
AUTO 540
ILMO. SR. PRESIDENTE
WENCESLAO OLEA GODOY
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
ELENA MENDEZ CANSECO
MERCENARIO VILLALBA LAVA
RAIMUNDO PRADO BERNABEU
DANIEL RUIZ BALLESTEROS
JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU
En CACERES, a doce de Noviembre de dos mil nueve
Antecedentes
PRIMERO.- Hallándose en tramitación el presente recurso, por el Procurador Sr. Bustillo Busalacchi en representación de D. Luis se presentó escrito manifestando que se declare terminado el procedimiento y se ordene el archivo del recurso al haberse reconocido la pretensión objeto del presente recurso por la administración demandada.
SEGUNDO.- Conferido traslado a las demás partes por cinco días para que alegasen lo que a su derecho conviniera, no se ha realizado manifestación en contra de la terminación del recurso por satisfacción extraprocesal.
Fundamentos
T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD
CACERES
AUTO: 00540/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección : 001
CACERES
00438
CJ
Número de Identificación Único: 10037 33 3 2008 0105235
Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001352 /2008
Sobre DERECHO ADMINISTRATIVO
De D/ña. Luis
Procurador Sr./a. D./Dña. JUAN CARLOS BUSTILLO BUSALACCHI
Contra D/ña. JUNTA DE EXTREMADURA representado por el
Sr. Letrado de la Junta
AUTO 540
ILMO. SR. PRESIDENTE
WENCESLAO OLEA GODOY
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
ELENA MENDEZ CANSECO
MERCENARIO VILLALBA LAVA
RAIMUNDO PRADO BERNABEU
DANIEL RUIZ BALLESTEROS
JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU
En CACERES, a doce de Noviembre de dos mil nueve
PRIMERO.- Hallándose en tramitación el presente recurso, por el Procurador Sr. Bustillo Busalacchi en representación de D. Luis se presentó escrito manifestando que se declare terminado el procedimiento y se ordene el archivo del recurso al haberse reconocido la pretensión objeto del presente recurso por la administración demandada.
SEGUNDO.- Conferido traslado a las demás partes por cinco días para que alegasen lo que a su derecho conviniera, no se ha realizado manifestación en contra de la terminación del recurso por satisfacción extraprocesal.
LA SALA ACUERDA.-Declarar terminado el procedimiento por satisfacción extraprocesal. Una vez sea firme esta resolución, sin más trámite, remítase testimonio de la misma, en unión del expediente administrativo, si lo hubiere, al organismo demandado a sus efectos y procédase al archivo de los autos. Sin costas.
Contra esta resolución cabe recurso de súplica en el plazo de cinco días desde su notificación para ante esta Sección, con indicación a las partes de la necesidad de constituir depósito de 25.- euros en la cuenta de Consignaciones de esta Sala, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional decimoquinta, de la L.O.P.J , introducida por Ley Orgánica 1/2009 de 3 de Noviembre .
Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. anotados al margen, ante mi el Secretario, que doy fe.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
Fallo
LA SALA ACUERDA.-Declarar terminado el procedimiento por satisfacción extraprocesal. Una vez sea firme esta resolución, sin más trámite, remítase testimonio de la misma, en unión del expediente administrativo, si lo hubiere, al organismo demandado a sus efectos y procédase al archivo de los autos. Sin costas.
Contra esta resolución cabe recurso de súplica en el plazo de cinco días desde su notificación para ante esta Sección, con indicación a las partes de la necesidad de constituir depósito de 25.- euros en la cuenta de Consignaciones de esta Sala, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional decimoquinta, de la L.O.P.J , introducida por Ley Orgánica 1/2009 de 3 de Noviembre .
Así lo acuerdan, mandan y firman los Iltmos. Sres. anotados al margen, ante mi el Secretario, que doy fe.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
