Última revisión
08/05/2009
Sentencia Administrativo Nº 561/2009, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1055/2007 de 08 de Mayo de 2009
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Orden: Administrativo
Fecha: 08 de Mayo de 2009
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: PEREZ ALFEREZ, JUAN IGNACIO
Nº de sentencia: 561/2009
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3
MADRID
Recurso: P.O. nº. 1055/07
Ponente: D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Recurrente: D. Jose Ángel Y OTROS
Procurador: D. Fernando Bermúdez de Castro Rosillo
Demandado: MINISTERIO DEL INTERIOR (DIRECCIÓN GENERAL DE POLICÍA)
Representante: Abogado del Estado.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SENTENCIA NÚM. 561
ILTMO. SR. PRESIDENTE:
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Dª. Pilar Maldonado Muñoz
En Madrid, a ocho de mayo de dos mil nueve.
Visto el recurso contencioso-administrativo nº. 1055/2007, formulado por el procurador D. Fernando Bermúdez de Castro Rosillo, en nombre y representación de D. Jose Ángel , D. Ángel , D. Conrado , D. Felix y D. Jesús , contra resoluciones de la Dirección General de la Policía de 29 de diciembre de 2005 y 26 de abril de 2006, que desestimaron los recursos de alzada interpuestos contra la reducción unilateral, por vía de hecho, por parte de la Administración recurrida, de la indemnización por residencia eventual; habiendo sido parte demandada el MINISTERIO DEL INTERIOR representado por Abogado del Estado. La cuantía del recurso resulta determinable por importe inferior de 150.253'03 euros (25.000.000 ptas.).
Antecedentes
PRIMERO.- La referida parte actora promovió el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución reseñada, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquéllos.
SEGUNDO.- Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 8 de mayo de 2009.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Juan Ignacio Pérez Alférez.
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3
MADRID
Recurso: P.O. nº. 1055/07
Ponente: D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Recurrente: D. Jose Ángel Y OTROS
Procurador: D. Fernando Bermúdez de Castro Rosillo
Demandado: MINISTERIO DEL INTERIOR (DIRECCIÓN GENERAL DE POLICÍA)
Representante: Abogado del Estado.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SENTENCIA NÚM. 561
ILTMO. SR. PRESIDENTE:
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Dª. Pilar Maldonado Muñoz
En Madrid, a ocho de mayo de dos mil nueve.
Visto el recurso contencioso-administrativo nº. 1055/2007, formulado por el procurador D. Fernando Bermúdez de Castro Rosillo, en nombre y representación de D. Jose Ángel , D. Ángel , D. Conrado , D. Felix y D. Jesús , contra resoluciones de la Dirección General de la Policía de 29 de diciembre de 2005 y 26 de abril de 2006, que desestimaron los recursos de alzada interpuestos contra la reducción unilateral, por vía de hecho, por parte de la Administración recurrida, de la indemnización por residencia eventual; habiendo sido parte demandada el MINISTERIO DEL INTERIOR representado por Abogado del Estado. La cuantía del recurso resulta determinable por importe inferior de 150.253'03 euros (25.000.000 ptas.).
PRIMERO.- La referida parte actora promovió el presente recurso contencioso-administrativo contra la resolución reseñada, y seguido el cauce procesal previsto legalmente, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por su orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y de contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos consignados, suplicaron respectivamente la anulación del acto objeto de impugnación y la desestimación de ésta, en los términos que figuran en aquéllos.
SEGUNDO.- Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron éstos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 8 de mayo de 2009.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Juan Ignacio Pérez Alférez.
Que DESESTIMAMOS el recurso contencioso-administrativo de D. Jose Ángel , D. Ángel , D. Conrado , D. Felix y D. Jesús , contra las resoluciones de 29 de diciembre de 2005 y 26 de abril de 2006, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, a que se refiere este proceso y las confirmamos, sin hacer declaración sobre costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente de la misma, en el día de la fecha, estando celebrando audiencia pública en la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de lo que doy fe.
Fallo
Que DESESTIMAMOS el recurso contencioso-administrativo de D. Jose Ángel , D. Ángel , D. Conrado , D. Felix y D. Jesús , contra las resoluciones de 29 de diciembre de 2005 y 26 de abril de 2006, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, a que se refiere este proceso y las confirmamos, sin hacer declaración sobre costas.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente de la misma, en el día de la fecha, estando celebrando audiencia pública en la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de lo que doy fe.
