Sentencia Administrativo Nº 573, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 9... 23 de Junio de 2000
Sentencia Administrativo ...io de 2000

Última revisión
23/06/2000

Sentencia Administrativo Nº 573, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 9623 de 23 de Junio de 2000

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Orden: Administrativo

Fecha: 23 de Junio de 2000

Tribunal: TSJ Galicia

Ponente: VESTEIRO PEREZ, JOSE ANTONIO

Nº de sentencia: 573

Nº de recurso: 9623

Resumen
Se impugna a través del presente recurso contencioso-administrativo resolución del TEAR de Galicia, desestimatoria de reclamación económico-administrativa que formulara el aquí demandante contra acuerdo de la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación en Ourense de la AEAT, desestimatorio de solicitud de rectificación de la declaración del IRPF (ejercicio 1993 ), en el sentido de que se excluyera de la misma las percepciones abonadas por la empresa en concepto de "comidas-cenas".Para que dichos gastos queden exceptuados de gravamen, es preciso que el pagador acredite el día y lugar del desplazamiento, así como su razón o motivo, prueba que aquí no fue suministrada por el demandante, que se limitó a aportar dos certificaciones, una, de carácter genérico, suscrita por el Secretario del Comité Intercentros, en el sentido de que según lo dispuesto en el Convenio colectivo de aplicación, los trabajadores asignados a las Unidades de Explotación de 6 o más miembros, como era el caso de Ourense, venían realizando siempre menos de 183 turnos de trabajo por año, y que la cantidad fijada como comida o cena para los trabajadores era en el ejercicio 1993 de 1.502 ptas; la segunda de las certificaciones, emitida por el Director de personal del ente público Retevisión, refiere que el demandante, en el ejercicio 1994, prestara servicios durante 174 días en municipios situados dentro del ámbito territorial de la unidad de Explotación de Ourense y fuera del municipio de la sede, percibiendo por el concepto de comidas/cenas la cantidad de 261.348 ptas, cuantía que figuraba incluida dentro de las retribuciones dinerarias del certificado de retenciones del IRPF de 1994, como complemento salarial por comida.Se desestima el recurso.      

Voces

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Gestión tributaria

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Certificado de retenciones

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