Última revisión
21/07/2006
Sentencia Administrativo Nº 587/2006, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 20/2006 de 21 de Julio de 2006
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Orden: Administrativo
Fecha: 21 de Julio de 2006
Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana
Ponente: GOMEZ-MORENO MORA, AGUSTIN MARIA
Nº de sentencia: 587/2006
Núm. Cendoj: 46250330012006100543
Núm. Ecli: ES:TSJCV:2006:4692
Encabezamiento
APELACION Nº 20/06
ORIGEN Rº Nº 603/05 JUZGADO CONTENCIOSO Nº DOS DE VALENCIA
S E N T E N C I A N º 587
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. EDILBERTO NARBON LAINEZ
Magistrados
D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA
D. AGUSTIN GOMEZ MORENO MORA
En Valencia , a veintiuno de julio de dos mil seis.
Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso de apelación nº 20/06, interpuesto por el Procurador Alberto Mallea Catalá, en nombre y representación de Gonzalo , contra el auto dictado en Rº nº 603/05 del Juzgado nº Dos de Valencia .
Antecedentes
PRIMERO: Interpuesto recurso de apelación ante el Juzgado correspondiente, se personó la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana como apelada.
SEGUNDO: No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba ni existiendo oposición a la adminisión del presente recurso, ni solicitado por las partes la celebración de vista o la presentación de conclusiones, quedaron los autos conclusos para sentencia.
TERCERO: Se señala la votación para el día seis de julio del corriente año, teniendo así lugar.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.
Siendo Ponente el Magistrado Ponente Ilmo Sr. AGUSTIN GOMEZ MORENO MORA.
Fundamentos
PRIMERO: Se impugna por esta vía de apelación la resolución de 14-12-05 del Juzgado nº 2 de Valencia desestimatoria en solicitud de suspensión de orden de expulsión, medidas cautelares dimanantes de PA 603/05, respecto a resolución de la Delegación de Gobierno de Valencia de 12- 9-05 en expediente nº 1309/05.
SEGUNDO: La resolución impugnada fundamenta la no suspensión de la orden de expulsión en la docrina del TS, 23-2-00, en cuanto a la acreditación suficiente en la pieza separada de medidas cautelares del arraigo familiar o laboral del recurente en España y, el que en el caso en examen el recurrente no ha justificado ni mencionado si quiera en modo alguno, arraigo familiar, social y económico que permita apreciar la concurrencia de datos objetivos para estimar la tenencia de arraigo y, por ello entiende procedente no acceder a la suspensión interesada del acto recurido; la Sala entiende que la resolución impugnada está suficientemente fundamentada, argumentos que hace suyos y con ello la desestimación del recurso.
TERCERO: En consecuencia procede la desestimación del recurso con expresa condena en las costas conforme al art. 139.2 de la LJ .
VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.
Fallo
Desestimar el recurso de apelación 20/06 interpuesto por Gonzalo contra auto de 14-12-05 del Juzgado nº 2 de Valencia, PA 603/05 , medidas cuatelares, por la que se acuerda no haber lugar a la suspensión de la orden de expulsión del territorio nacional hasta tanto recaiga resolución definitiva, con expresa imposición de las costas.
A su tiempo, y con certificación literal de la presente, devuélvase el expediente administrativo al centro de su procedencia.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos
PUBLICACION.- Ledída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma certifico. En Valencia a uno de septiembre de dos mil seis.

