Última revisión
19/04/2000
Sentencia Administrativo Nº 614, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 4660 de 19 de Abril de 2000
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Orden: Administrativo
Fecha: 19 de Abril de 2000
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: LOPEZ KELLER, CARLOS
Nº de sentencia: 614
Fundamentos
RECURSO 02/0004660/1997
EN NOMBRE DEL REY
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:
SENTENCIA Nº 614/2.000
Ilmos. Sres.
DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ. - PTE.
DON CARLOS LÓPEZ KELLER
DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA
En la ciudad de A Coruña, a diecinueve de abril de dos mil.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0004660/1997 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por U., S. A., representado y dirigido por la Letrado Dña. Mª DE LAS MERCEDES DE LA PUENTE FORMOSO, contra Resolución del Ayuntamiento de Vigo, Sector Circulación, recaída en expte. 01961588622-5, sobre sanción con multa de 20.000.- ptas. Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE VIGO (PONTEVEDRA) representada y dirigida por el LETRADO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DEL AYUNTAMIENTO DE VIGO. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 20.000 ptas.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.
SEGUNDO: Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando que se dicte sentencia desestimando el recurso.
TERCERO: Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y Fallo el día trece abril de 2000.
CUARTO: En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS LOPEZ KELLER.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO: Es objeto de este recurso la resolución del Ayuntamiento de Vigo recaída en el expediente 01961588622-5 que impuso a la recurrente una sanción de 20.000 ptas. por una infracción de la normativa vial.
SEGUNDO: Acreditado por el Ayuntamiento ya en el propio expediente que la sanción cuya imposición motiva el recurso fue anulada por resolución de 9 de abril de 1997, concurre el supuesto de satisfacción extraprocesal de las pretensiones de la recurrente, que conduce, de acuerdo con el más reciente criterio jurisprudencial, a la desestimación del recurso como consecuencia de la desaparición real de la controversia (sentencia del Tribunal Supremo 21 de mayo de 1999 y las que en ella se citan).
TERCERO: No procede hacer una expresa condena en costas (artículo 131 de la Ley Jurisdiccional de 1956).
VISTOS: Los artículos citados y demás disposiciones de general y pertinente aplicación.
FALLAMOS: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad U., S. A. contra la resolución del Ayuntamiento de Vigo recaída en el expediente 01961588622-5 que impuso a la recurrente una sanción de 20.000 ptas. por una infracción de la normativa vial; sin hacer imposición de las costas.
Esta sentencia no es susceptible del recurso ordinario de casación del artículo 86 de la L. J. C. A. de 1998.
Firme que sea la presente, devuélvase el expediente administrativo al Centro de su procedencia, junto con certificación y comunicación.
Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
