Sentencia Administrativo ...io de 2007

Última revisión
20/06/2007

Sentencia Administrativo Nº 615/2007, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Rec 1071/2006 de 20 de Junio de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 20 de Junio de 2007

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: ALTARRIBA CANO, CARLOS

Nº de sentencia: 615/2007


Encabezamiento

ROLLO DE APELACIÓN 01/1071 /06

SENTENCIA Nº 615

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Presidente

D. Edilberto José Narbón Lainez

Magistrados:

D. Luis Lorente Almiñana

D. Carlos Altarriba Cano

*************************************

En la ciudad de Valencia a 20 de junio del año 2007.

Visto el recurso de apelación nº 1071/06 interpuesto por el procurador de los tribunales DOÑA MARIA DE LOS DESAMPARADOS ROYO BLASCO, en nombre y representación de la entidad DON AURELIANO CABRERA RODRIGUEZ, contra la Sentencia nº 181 de 2006, de 5 de mayo, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 275/05 , tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Valencia, sobre responsabilidad patrimonial de la administración, por importe de 23.004'11 ¤; en la que ha comparecido como apelada la administración demandada, Ayuntamiento de Quart de Poblet, representada por el procurador Javier Roldán García.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el Juzgado de lo contencioso citado se remitió a esta Sala el Recurso contencioso-administrativo arriba citado seguido a instancia de la actora, procedimiento que concluyó por Sentencia del Juzgado de fecha, cuyo fallo textual es el siguiente: ".. Desestimar el recurso contencioso interpuesto por ... contra la resolución de 13/01/05, del Ayuntamiento de Quart de Poblet, sin efectuar expresa imposición den materia de costas .."

SEGUNDO.- Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes, se interpuso recurso de apelación por la representación del apelante, alegando substancialmente que procedía la revocación de la sentencia..

TERCERO.- La apelada, por su parte, formalizó escrito de oposición el Recurso de Apelación en el que substancialmente se hacia constar que, procedía la confirmación de la sentencia.

CUARTO.- Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente Rollo de Apelación por Diligencia de Ordenación, en la que se acordó admitir a trámite el recurso, quedando señalado para su votación y fallo el día 19 del pasado mes de los corrientes, teniendo así lugar.

En la tramitación del presente Rollo se han observado todas las formalidades legales.

Ha sido el ponente para este trámite el Ilmo. Magistrado DON Carlos Altarriba Cano, quien expresa el parecer de la Sala.

Fundamentos

ROLLO DE APELACIÓN 01/1071 /06

SENTENCIA Nº 615

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Presidente

D. Edilberto José Narbón Lainez

Magistrados:

D. Luis Lorente Almiñana

D. Carlos Altarriba Cano

*************************************

En la ciudad de Valencia a 20 de junio del año 2007.

Visto el recurso de apelación nº 1071/06 interpuesto por el procurador de los tribunales DOÑA MARIA DE LOS DESAMPARADOS ROYO BLASCO, en nombre y representación de la entidad DON AURELIANO CABRERA RODRIGUEZ, contra la Sentencia nº 181 de 2006, de 5 de mayo, dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 275/05 , tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Valencia, sobre responsabilidad patrimonial de la administración, por importe de 23.004'11 ¤; en la que ha comparecido como apelada la administración demandada, Ayuntamiento de Quart de Poblet, representada por el procurador Javier Roldán García.

PRIMERO.- Por el Juzgado de lo contencioso citado se remitió a esta Sala el Recurso contencioso-administrativo arriba citado seguido a instancia de la actora, procedimiento que concluyó por Sentencia del Juzgado de fecha, cuyo fallo textual es el siguiente: ".. Desestimar el recurso contencioso interpuesto por ... contra la resolución de 13/01/05, del Ayuntamiento de Quart de Poblet, sin efectuar expresa imposición den materia de costas .."

SEGUNDO.- Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes, se interpuso recurso de apelación por la representación del apelante, alegando substancialmente que procedía la revocación de la sentencia..

TERCERO.- La apelada, por su parte, formalizó escrito de oposición el Recurso de Apelación en el que substancialmente se hacia constar que, procedía la confirmación de la sentencia.

CUARTO.- Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente Rollo de Apelación por Diligencia de Ordenación, en la que se acordó admitir a trámite el recurso, quedando señalado para su votación y fallo el día 19 del pasado mes de los corrientes, teniendo así lugar.

En la tramitación del presente Rollo se han observado todas las formalidades legales.

Ha sido el ponente para este trámite el Ilmo. Magistrado DON Carlos Altarriba Cano, quien expresa el parecer de la Sala.

Que debemos DESESTIMAR COMO ÍNTEGRAMENTE DESESTIMAMOS el Recurso de Apelación interpuesto por nº 1071/06 interpuesto por el procurador de los tribunales DOÑA MARIA DE LOS DESAMPARADOS ROYO BLASCO, en nombre y representación de la entidad DON AURELIANO CABRERA RODRIGUEZ, contra la Sentencia nº 181 de 2006, de 5 de mayo , dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 275/05 , tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Valencia, sobre responsabilidad patrimonial de la administración, por importe de 23.004'11 ¤, a que se refieren los presentes autos, que expresamente confirmamos, ratificando de manera definitiva el acto administrativo originariamente impugnado, con expresa imposición de las costas causadas al apelante.

Y, para que esta sentencia se lleve a puro y debido efecto, devuélvanse los autos al juzgado de su procedencia con testimonio de la misma para su ejecución.

Así por nuestra Sentencia definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma certifico. En Valencia cinco de julio de dos mil siete .

Fallo

Que debemos DESESTIMAR COMO ÍNTEGRAMENTE DESESTIMAMOS el Recurso de Apelación interpuesto por nº 1071/06 interpuesto por el procurador de los tribunales DOÑA MARIA DE LOS DESAMPARADOS ROYO BLASCO, en nombre y representación de la entidad DON AURELIANO CABRERA RODRIGUEZ, contra la Sentencia nº 181 de 2006, de 5 de mayo , dictada en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 275/05 , tramitado por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Valencia, sobre responsabilidad patrimonial de la administración, por importe de 23.004'11 ¤, a que se refieren los presentes autos, que expresamente confirmamos, ratificando de manera definitiva el acto administrativo originariamente impugnado, con expresa imposición de las costas causadas al apelante.

Y, para que esta sentencia se lleve a puro y debido efecto, devuélvanse los autos al juzgado de su procedencia con testimonio de la misma para su ejecución.

Así por nuestra Sentencia definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma certifico. En Valencia cinco de julio de dos mil siete .

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