Última revisión
07/04/2008
Sentencia Administrativo Nº 673/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 155/2008 de 07 de Abril de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 07 de Abril de 2008
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: VEGAS TORRES, MARIA JESUS
Nº de sentencia: 673/2008
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO DE APELACIÓN Nº 155/08
SENTENCIA NÚM 673
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª Francisca Rosas Carrión
Dª. María Jesús Vegas Torres
D. José Félix Martín Corredera
En la Villa de Madrid, a siete de abril de dos mil ocho.
Vistos por los autos del recurso de apelación nº 155/07 que ante esta Sala, ha promovido la procuradora Sra. Romojaro
Casado en nombre y representación de DON Jose Luis contra el auto dictado en fecha 25 de
octubre de 2007, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº 891/06. Ha
sido parte la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado.
Antecedentes
PRIMERO.- Interpuesto recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta de la solicitud de declaración de caducidad y archivo del procedimiento de expulsión incoado contra Don Jose Luis, con fecha 25 de octubre de 2006, el Juzgado dicta Auto en el procedimiento tramitado con el número 891/2006 , declarando terminado el procedimiento por satisfacción extraprocesal..
SEGUNDO.- Contra dicho auto se ha interpuesto el presente recurso de apelación en el que, una vez admitido y tramitado conforme a las prescripciones legales se ha señalado para votación y fallo el día 3 de abril del año en curso, fecha en la que ha tenido lugar.
Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. María Jesús Vegas Torres.
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO DE APELACIÓN Nº 155/08
SENTENCIA NÚM 673
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª Francisca Rosas Carrión
Dª. María Jesús Vegas Torres
D. José Félix Martín Corredera
En la Villa de Madrid, a siete de abril de dos mil ocho.
Vistos por los autos del recurso de apelación nº 155/07 que ante esta Sala, ha promovido la procuradora Sra. Romojaro
Casado en nombre y representación de DON Jose Luis contra el auto dictado en fecha 25 de
octubre de 2007, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº 891/06. Ha
sido parte la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado.
PRIMERO.- Interpuesto recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta de la solicitud de declaración de caducidad y archivo del procedimiento de expulsión incoado contra Don Jose Luis, con fecha 25 de octubre de 2006, el Juzgado dicta Auto en el procedimiento tramitado con el número 891/2006 , declarando terminado el procedimiento por satisfacción extraprocesal..
SEGUNDO.- Contra dicho auto se ha interpuesto el presente recurso de apelación en el que, una vez admitido y tramitado conforme a las prescripciones legales se ha señalado para votación y fallo el día 3 de abril del año en curso, fecha en la que ha tenido lugar.
Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. María Jesús Vegas Torres.
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la procuradora Sra. Romojaro Casado en nombre y representación de DON Jose Luis contra el auto dictado en fecha 25 de octubre de 2007, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº 891/06 , condenado al apelante al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.
La presente resolución es firme.
Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la procuradora Sra. Romojaro Casado en nombre y representación de DON Jose Luis contra el auto dictado en fecha 25 de octubre de 2007, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 21 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado nº 891/06 , condenado al apelante al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.
La presente resolución es firme.
Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

