Sentencia Administrativo Nº 687/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 9, Rec 500/2000 de 14 de Julio de 2005
- Orden: Administrativo
- Fecha: 14 de Julio de 2005
- Tribunal: TSJ Madrid
- Ponente: Huet De Sande, Angeles
- Núm. Sentencia: 687/2005
- Núm. Recurso: 500/2000
- Núm. Cendoj: 28079330092005100538
El TSJ confirma la Orden de Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad Autónoma, confirmada en reposición por Orden por la que se deja parcialmente sin efecto la Orden que concedió a la Asociación actora una subvención. Entiende la Sala que no es sólo la cuestión atinente a los requisitos de los alumnos la determinante de la conclusión de reintegro total de la subvención, sino, además que la defectuosa llevanza de la contabilidad ha impedido controlar la efectiva aplicación de la subvención a la finalidad para la que fue concedida. Además todos los pagos efectuados lo han sido en fecha posterior al 10 de noviembre de 1997, a pesar de que la Orden de concesión de la subvención exigía en su cláusula 3ª, que se justificasen documentalmente los gastos presupuestados antes de esa fecha.
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