Sentencia Administrativo ...il de 2004

Última revisión
30/04/2004

Sentencia Administrativo Nº 702/2004, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 4103/1998 de 30 de Abril de 2004

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Relacionados:

Orden: Administrativo

Fecha: 30 de Abril de 2004

Tribunal: TSJ Castilla y Leon

Ponente: SASTRE LEGIDO, RAMON

Nº de sentencia: 702/2004

Núm. Cendoj: 47186330012004100459

Resumen
Desestima el TSJ el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución por la que se impuso a la recurrente una sanción de multa por la infracción que en ella se indica del art. 11.4 Ley 8/1988, de 7 de abril, sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. En el presente caso la parte aquí demandante señaló en el escrito de alegaciones al acta, que se estaban tramitando por los hechos a los que se refiere el acta Diligencias penales, lo que determinó que la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid se dirigiera a ese Juzgado solicitando informe sobre la situación de esas Diligencias mediante escrito, lo que fue respondido con el escrito del Juzgado de Instrucción de 28 de agosto de 1996. Sucede, sin embargo, que hasta el 28 de abril de 1997 no se acuerda por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta la suspensión del procedimiento sancionador seguido contra la aquí recurrente, y ese acuerdo no se "notificó" a la aquí demandante hasta el 12 de mayo de 1997, que es a la fecha a la que ha de estarse para apreciar la caducidad del procedimiento, como ha señalado el TS en la sentencia de 10 de diciembre de 2001. Esto supone que cuando se produjo esa notificación del acuerdo de suspensión del procedimiento sancionador, el 12 de mayo de 1997, el mismo ya había caducado, al haber transcurrido los citados treinta días previstos en el art. 43.4 Ley 30/1992, y después de transcurrir el plazo antes mencionado de seis meses, previsto en el art. 20.6 del RD. 1398/1993, no solo desde que se inició el procedimiento sino también desde que se recibió por la Administración aquí demandada, el 4 de septiembre de 1996, como antes se ha dicho, la comunicación del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Medina del Campo, a la que antes se ha hecho referencia.

Voces

Caducidad de procedimiento sancionador

Procedimiento sancionador

Representación procesal

Plazo de caducidad

Caducidad

Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SEDE EN VALLADOLID

Recurso núm 4103/98

SENTENCIA nº 702

En Valladolid, a treinta de abril de dos mil …

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