Sentencia Administrativo ...io de 2007

Última revisión
02/07/2007

Sentencia Administrativo Nº 702/2007, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Rec 1561/2003 de 02 de Julio de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 02 de Julio de 2007

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: SELMA CALPE, JOSEFINA

Nº de sentencia: 702/2007


Encabezamiento

Rº núm: 1561/03

N.I.G.: 46250-33-3-2006-0006153

S E N T E N C I A N º 702/07

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. MARIANO FERRANDO MARZAL

Magistrados

D. MIGUEL SOLER MARGARIT

Dª JOSEFINA SELMA CALPE

En Valencia, a dos de julio de dos mil siete.

Visto por la Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 1561/03, promovido por la Procuradora Dª. Esperanza de Oca Ros, en nombre y representación de Dª Patricia , Dª Teresa , Dª María Esther , Dª Bárbara , Dª Emilia , D. Bernardo y Dª Leonor , contra la desestimación presunta de la reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por los actores, habiendo sido parte en autos la Generalidad Valenciana, representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, y como codemandados la Entidad Pública Consorcio Hospital General Universitario representada por el Letrado D. Bernardino Giménez Santos, y Houston Casualty Company Europa, Seguros y Reaseguros, S.A "HCC EUROPE" representada por el Procurador D. Carlos Aznar Gómez.

Antecedentes

PRIMERO: Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO: La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO: Habiéndose recibido el proceso a prueba, y unidas las practicadas, evacuado el trámite de conclusiones, se declaró concluso el recurso, señalándose seguidamente para votación y fallo.

CUARTO: En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado Ponente Ilma. Sra. Dª JOSEFINA SELMA CALPE.

Fundamentos

Rº núm: 1561/03

N.I.G.: 46250-33-3-2006-0006153

S E N T E N C I A N º 702/07

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. MARIANO FERRANDO MARZAL

Magistrados

D. MIGUEL SOLER MARGARIT

Dª JOSEFINA SELMA CALPE

En Valencia, a dos de julio de dos mil siete.

Visto por la Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 1561/03, promovido por la Procuradora Dª. Esperanza de Oca Ros, en nombre y representación de Dª Patricia , Dª Teresa , Dª María Esther , Dª Bárbara , Dª Emilia , D. Bernardo y Dª Leonor , contra la desestimación presunta de la reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por los actores, habiendo sido parte en autos la Generalidad Valenciana, representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, y como codemandados la Entidad Pública Consorcio Hospital General Universitario representada por el Letrado D. Bernardino Giménez Santos, y Houston Casualty Company Europa, Seguros y Reaseguros, S.A "HCC EUROPE" representada por el Procurador D. Carlos Aznar Gómez.

PRIMERO: Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO: La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO: Habiéndose recibido el proceso a prueba, y unidas las practicadas, evacuado el trámite de conclusiones, se declaró concluso el recurso, señalándose seguidamente para votación y fallo.

CUARTO: En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado Ponente Ilma. Sra. Dª JOSEFINA SELMA CALPE.

Que desestimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por Dª Patricia , Dª Teresa , Dª María Esther , Dª Bárbara , Dª Emilia , D. Bernardo y Dª Leonor , contra la desestimación presunta de la reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por los actores; sin imposición de costas.

A su tiempo, y con certificación literal de la presente, devuélvase el expediente administrativo al centro de su procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma, certifico.

Valencia, a dos de julio de dos mil siete.

Fallo

Que desestimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por Dª Patricia , Dª Teresa , Dª María Esther , Dª Bárbara , Dª Emilia , D. Bernardo y Dª Leonor , contra la desestimación presunta de la reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración formulada por los actores; sin imposición de costas.

A su tiempo, y con certificación literal de la presente, devuélvase el expediente administrativo al centro de su procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos

PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma, certifico.

Valencia, a dos de julio de dos mil siete.

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