Sentencia Administrativo Nº 707/2011, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,...3 de Octubre de 2011
Sentencia Administrativo ...re de 2011

Última revisión
13/10/2011

Sentencia Administrativo Nº 707/2011, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 405/2011 de 13 de Octubre de 2011

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Orden: Administrativo

Fecha: 13 de Octubre de 2011

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: ROVIRA Y DEL CANTO, MARIA DEL PILAR

Nº de sentencia: 707/2011

Nº de recurso: 405/2011

Núm. Cendoj: 08019330022011100722

Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2011:10063

Resumen
DERECHOS FUNDAMENTALES.- Resolución que modifica el recorrido de una manifestación.- No hay justificción suficiente para que la manifestación no se celebrara en las condiciones que han sido comunicadas por los convocantes.-Se estima el recurso contencioso administrado especial sobre derechos fundamentales, interpuesto contra resolución que acuerda la modificación del recorrido de una manifestación.La Sala declara que el ejercicio del derecho de reunión, por propia naturaleza, requiere la utilización de los lugares de tránsito público y, dadas determinadas circunstancias, permite la ocupación instrumental de las calzadas, reconociendo el propio Tribunal Constitucional que la celebración de este tipo de reuniones suele producir trastornos y restricciones en la circulación de personas y de vehículos.No hay, en consecuencia, justificación suficiente en la resolución impugnada, para que la manifestación no se celebrara en las condiciones que han sido comunicadas por los convocantes.

Voces

Actuación administrativa

Protección de los derechos fundamentales

Falta de legitimación

Causa de inadmisión

Expropiación especial

Actividad administrativa

Derecho a la tutela judicial efectiva

Legitimación activa

Título jurídico

Litisconsorcio activo necesario

Fondo del asunto

Circulación de vehículos

Infracciones administrativas

Actos de gravamen

Concepto jurídico indeterminado

Voluntad unilateral