Sentencia Administrativo ...il de 2008

Última revisión
24/04/2008

Sentencia Administrativo Nº 708/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1003/2006 de 24 de Abril de 2008

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 4 min

Orden: Administrativo

Fecha: 24 de Abril de 2008

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: DE FLORES ROSAS CARRION, FRANCISCA MARIA

Nº de sentencia: 708/2008


Encabezamiento

PO 1003/06

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00708/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

RECURSO nº 1003/06

SENTENCIA NÚM. 708

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

D. María Jesús Vegas Torres

D. José Félix Martín Corredera

En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil ocho.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo nº 1003/06, interpuesto por la Procuradora Sra. Sánchez García, en nombre y representación de doña Nieves, contra la resolución del Consulado de España en Nador de fecha 12 de julio de 2006 sobre denegación de visado; siendo parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado.

Antecedentes

PRIMERO.- Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso contencioso administrativo y se reconozca el derecho a obtener el visado.

SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando la desestimación del recurso interpuesto.

TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se llevaron a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista y una vez evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 10.4.08, fecha en que tuvo lugar.

Siendo Ponente la Sra. Magistrado Dª Francisca Rosas Carrión

Fundamentos

PO 1003/06

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00708/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

RECURSO nº 1003/06

SENTENCIA NÚM. 708

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

D. María Jesús Vegas Torres

D. José Félix Martín Corredera

En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil ocho.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo nº 1003/06, interpuesto por la Procuradora Sra. Sánchez García, en nombre y representación de doña Nieves, contra la resolución del Consulado de España en Nador de fecha 12 de julio de 2006 sobre denegación de visado; siendo parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado.

PRIMERO.- Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso contencioso administrativo y se reconozca el derecho a obtener el visado.

SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando la desestimación del recurso interpuesto.

TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se llevaron a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista y una vez evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 10.4.08, fecha en que tuvo lugar.

Siendo Ponente la Sra. Magistrado Dª Francisca Rosas Carrión

Que estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por doña Nieves contra la resolución del Consulado General de España en Nador, de 19 de mayo de 2006, a que este proceso se refiere, la cual anulamos, y declaramos el derecho de la recurrente a que se le conceda el visado de estancia solicitado el 19 de mayo 2006, sin formular condena en costas.

Contra la presente cabe interponer recurso de Casación dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación a preparar ante esta Sala.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Que estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por doña Nieves contra la resolución del Consulado General de España en Nador, de 19 de mayo de 2006, a que este proceso se refiere, la cual anulamos, y declaramos el derecho de la recurrente a que se le conceda el visado de estancia solicitado el 19 de mayo 2006, sin formular condena en costas.

Contra la presente cabe interponer recurso de Casación dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación a preparar ante esta Sala.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.