Última revisión
24/04/2008
Sentencia Administrativo Nº 708/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1003/2006 de 24 de Abril de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 24 de Abril de 2008
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: DE FLORES ROSAS CARRION, FRANCISCA MARIA
Nº de sentencia: 708/2008
Encabezamiento
PO 1003/06
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00708/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
RECURSO nº 1003/06
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
D. María Jesús Vegas Torres
D. José Félix Martín Corredera
En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil ocho.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo nº 1003/06, interpuesto por la Procuradora Sra. Sánchez García, en nombre y representación de doña Nieves, contra la resolución del Consulado de España en Nador de fecha 12 de julio de 2006 sobre denegación de visado; siendo parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado.
Antecedentes
PRIMERO.- Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso contencioso administrativo y se reconozca el derecho a obtener el visado.
SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando la desestimación del recurso interpuesto.
TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se llevaron a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista y una vez evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 10.4.08, fecha en que tuvo lugar.
Siendo Ponente la Sra. Magistrado Dª Francisca Rosas Carrión
Fundamentos
PO 1003/06
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00708/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
RECURSO nº 1003/06
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
D. María Jesús Vegas Torres
D. José Félix Martín Corredera
En Madrid, a veinticuatro de abril de dos mil ocho.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo nº 1003/06, interpuesto por la Procuradora Sra. Sánchez García, en nombre y representación de doña Nieves, contra la resolución del Consulado de España en Nador de fecha 12 de julio de 2006 sobre denegación de visado; siendo parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado.
PRIMERO.- Admitido el recurso y previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso contencioso administrativo y se reconozca el derecho a obtener el visado.
SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado a la parte demandada para contestación a la demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando la desestimación del recurso interpuesto.
TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se llevaron a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista y una vez evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 10.4.08, fecha en que tuvo lugar.
Siendo Ponente la Sra. Magistrado Dª Francisca Rosas Carrión
Que estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por doña Nieves contra la resolución del Consulado General de España en Nador, de 19 de mayo de 2006, a que este proceso se refiere, la cual anulamos, y declaramos el derecho de la recurrente a que se le conceda el visado de estancia solicitado el 19 de mayo 2006, sin formular condena en costas.
Contra la presente cabe interponer recurso de Casación dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación a preparar ante esta Sala.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
Que estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por doña Nieves contra la resolución del Consulado General de España en Nador, de 19 de mayo de 2006, a que este proceso se refiere, la cual anulamos, y declaramos el derecho de la recurrente a que se le conceda el visado de estancia solicitado el 19 de mayo 2006, sin formular condena en costas.
Contra la presente cabe interponer recurso de Casación dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación a preparar ante esta Sala.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
