Última revisión
23/04/2008
Sentencia Administrativo Nº 719/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 458/2005 de 23 de Abril de 2008
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Orden: Administrativo
Fecha: 23 de Abril de 2008
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: HUERTA GARICANO, INES MARIA
Nº de sentencia: 719/2008
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 00719/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Ricardo Sánchez Sánchez
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a veintitrés de abril de dos mil ocho.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 458/05, interpuesto -en escrito presentado el 13 de mayo de 2005- por la Procuradora Dña. Macarena Rodríguez Ruiz, actuando en nombre y representación de D. Evaristo , D. Rafael , D. Luis Carlos , D. Jose Pablo , D. Esteban , D. Ramón , D. Pedro Jesús , D. Carlos , D. Javier , D. Carlos José , D. Paulino , D. Donato , D. Plácido y D. Jesús Luis , Suboficiales de la Armada, contra las Resoluciones del Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Defensa dictadas el 30 de diciembre de 2004, 5 de enero y 4 de febrero de 2005 (notificadas el 14 y 28 de marzo y 15 de abril de 2005), denegatorias de sus solicitudes (escritos de 1 de septiembre de 2004) de que las retribuciones que tenían asignadas los puestos de trabajo que ocupaban durante los años 1999, 2000 y 2001 se adecúen para que guarden la procedente relación con el contenido de especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidad y penosidad de los mismos.
Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
Antecedentes
PRIMERO: Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulase las resoluciones impugnadas.
SEGUNDO: El abogado del estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicó se dictase Sentencia por la que se desestime el recurso.
TERCERO: No habiéndose recibido el proceso a prueba, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 22 de abril de 2008, teniendo lugar.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes , concordantes y de general aplicación.
Siendo ponente la Magistrada de la sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 00719/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION OCTAVA
Ilmos. Sres.
Presidente
Dña. Inés Huerta Garicano
Magistrados
D. Ricardo Sánchez Sánchez
Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo
En la Villa de Madrid a veintitrés de abril de dos mil ocho.
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 458/05, interpuesto -en escrito presentado el 13 de mayo de 2005- por la Procuradora Dña. Macarena Rodríguez Ruiz, actuando en nombre y representación de D. Evaristo , D. Rafael , D. Luis Carlos , D. Jose Pablo , D. Esteban , D. Ramón , D. Pedro Jesús , D. Carlos , D. Javier , D. Carlos José , D. Paulino , D. Donato , D. Plácido y D. Jesús Luis , Suboficiales de la Armada, contra las Resoluciones del Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Defensa dictadas el 30 de diciembre de 2004, 5 de enero y 4 de febrero de 2005 (notificadas el 14 y 28 de marzo y 15 de abril de 2005), denegatorias de sus solicitudes (escritos de 1 de septiembre de 2004) de que las retribuciones que tenían asignadas los puestos de trabajo que ocupaban durante los años 1999, 2000 y 2001 se adecúen para que guarden la procedente relación con el contenido de especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidad y penosidad de los mismos.
Ha sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
PRIMERO: Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia que anulase las resoluciones impugnadas.
SEGUNDO: El abogado del estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicó se dictase Sentencia por la que se desestime el recurso.
TERCERO: No habiéndose recibido el proceso a prueba, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.
CUARTO: Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 22 de abril de 2008, teniendo lugar.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes , concordantes y de general aplicación.
Siendo ponente la Magistrada de la sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.
Que DESESTIMANDO el Recurso contencioso-administrativo nº 458/05, interpuesto -en escrito presentado el 13 de mayo de 2005- por la Procuradora Dña. Macarena Rodríguez Ruiz, actuando en nombre y representación de D. Evaristo, D. Rafael, D. Luis Carlos, D. Jose Pablo, D. Esteban, D. Ramón , D. Pedro Jesús, D. Carlos, D. Javier , D. Carlos José, D. Paulino, D. Donato, D. Plácido y D. Jesús Luis, Suboficiales de la Armada , contra las Resoluciones del Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Defensa dictadas el 30 de diciembre de 2004, 5 de enero y 4 de febrero de 2005 (notificadas el 14 y 28 de marzo y 15 de abril de 2005), denegatorias de sus solicitudes (escritos de 1 de septiembre de 2004) de que las retribuciones que tenían asignadas los puestos de trabajo que ocupaban durante los años 1999, 2000 y 2001 se adecúen para que guarden la procedente relación con el contenido de especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidad y penosidad de los mismos , debemos declarar y declaramos que la Resoluciones impugnadas son conformes a derecho y, en consecuencia, confirmamos su plena validez y eficacia. Sin costas.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION: En el mismo día de la fecha fue publicada la anterior Sentencia, de lo que yo, el Secretario de la sección, doy fe.
Fallo
Que DESESTIMANDO el Recurso contencioso-administrativo nº 458/05, interpuesto -en escrito presentado el 13 de mayo de 2005- por la Procuradora Dña. Macarena Rodríguez Ruiz, actuando en nombre y representación de D. Evaristo, D. Rafael, D. Luis Carlos, D. Jose Pablo, D. Esteban, D. Ramón , D. Pedro Jesús, D. Carlos, D. Javier , D. Carlos José, D. Paulino, D. Donato, D. Plácido y D. Jesús Luis, Suboficiales de la Armada , contra las Resoluciones del Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Defensa dictadas el 30 de diciembre de 2004, 5 de enero y 4 de febrero de 2005 (notificadas el 14 y 28 de marzo y 15 de abril de 2005), denegatorias de sus solicitudes (escritos de 1 de septiembre de 2004) de que las retribuciones que tenían asignadas los puestos de trabajo que ocupaban durante los años 1999, 2000 y 2001 se adecúen para que guarden la procedente relación con el contenido de especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidad y penosidad de los mismos , debemos declarar y declaramos que la Resoluciones impugnadas son conformes a derecho y, en consecuencia, confirmamos su plena validez y eficacia. Sin costas.
Esta resolución es firme.
Así por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACION: En el mismo día de la fecha fue publicada la anterior Sentencia, de lo que yo, el Secretario de la sección, doy fe.
