Sentencia Administrativo Nº 730/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, S...e Septiembre de 2011
Sentencia Administrativo ...re de 2011

Última revisión
25/04/2012

Sentencia Administrativo Nº 730/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 551/2009 de 29 de Septiembre de 2011

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Orden: Administrativo

Fecha: 29 de Septiembre de 2011

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: DE LA PEÑA ELIAS, ANTONIA

Nº de sentencia: 730/2011

Nº de recurso: 551/2009

Núm. Cendoj: 28079330052011100668

Núm. Ecli: ES:TSJM:2011:11595

Núm. Roj: STSJ M 11595/2011

Resumen
Si bien el acta o el acuerdo de liquidación pueden referirse a varios ejercicios o periodos, en el caso del impuesto sobre el valor añadido debe individualizarse el resultado de cada uno de los periodos objeto de comprobación; cada liquidación debe ir referida, efectivamente, a un periodo concreto, que puede coincidir en determinados tributos con el ejercicio anual, no así en el impuesto sobre el valor añadido, de forma que la deuda final resultante puede determinarse por la suma algebraica de las todas las liquidaciones. En el caso analizado en la sentencia, el órgano de la Inspección no efectuó la liquidación de manera correcta respetando el resultado de cada uno de los periodos trimestrales del impuesto por lo que incurre en un vicio determinante de su nulidad. Ahora bien, pese a ello y en la medida en que el vicio analizado es de carácter formal, nada limita o impide a la Administración Tributaria la práctica de una nueva liquidación con arreglo a derecho.

Voces

Período impositivo

Liquidación provisional del impuesto

Impuesto sobre el Valor Añadido

Representación procesal

Jurisdicción contencioso-administrativa

Indefensión

Declaración IVA

Obligaciones tributarias

Falta de motivación