Última revisión
28/09/2009
Sentencia Administrativo Nº 740/2009, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Rec 129/2007 de 28 de Septiembre de 2009
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Orden: Administrativo
Fecha: 28 de Septiembre de 2009
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: ABELLEIRA RODRÍGUEZ, MARÍA
Nº de sentencia: 740/2009
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Rollo de apelación nº 129/2007
Parte apelante: DEPARTAMENT D'EDUCACIO
Representante de la parte apelante: LLETRAT DE LA GENERALITAT
Parte apelada: Augusto
Representante de la parte apelada: Carlos Francisco
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
D. EDUARDO BARRACHINA JUAN
MAGISTRADOS
Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT
Dª MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ
En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de septiembre de dos mil nueve
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.
Antecedentes
PRIMERO.- El día 21/02/2007 el Juzgado Contencioso Administrativo 9 de Barcelona, en el Procedimiento abreviado seguido con el número 679/2005 , dictó Sentencia estimatoria parcial del recurso interpuesto contra la Resolución de 24/10/05 , que deniega la asignación al puesto de trabajo en la especialidad de lengua alemana, en l'IES Ramón Turró i Darder de Malgrat de Mar. Sin expresa imposición de costas.
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.
TERCERO.- Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 14 de septiembre de 2009.
CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Fundamentos
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
Rollo de apelación nº 129/2007
Parte apelante: DEPARTAMENT D'EDUCACIO
Representante de la parte apelante: LLETRAT DE LA GENERALITAT
Parte apelada: Augusto
Representante de la parte apelada: Carlos Francisco
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
D. EDUARDO BARRACHINA JUAN
MAGISTRADOS
Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT
Dª MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ
En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de septiembre de dos mil nueve
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Doña MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.
PRIMERO.- El día 21/02/2007 el Juzgado Contencioso Administrativo 9 de Barcelona, en el Procedimiento abreviado seguido con el número 679/2005 , dictó Sentencia estimatoria parcial del recurso interpuesto contra la Resolución de 24/10/05 , que deniega la asignación al puesto de trabajo en la especialidad de lengua alemana, en l'IES Ramón Turró i Darder de Malgrat de Mar. Sin expresa imposición de costas.
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.
TERCERO.- Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 14 de septiembre de 2009.
CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Se estima el recurso de apelación 129/2007 interpuesto por la Generalitat de Cataluña contra la Sentencia num. 45/2007 de 21 de febrero de 2007 dictada por el Juzgado num. 9 de lo Contencioso-administrativo de Barcelona en los autos de procedimiento abreviado 679/2005, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución de 24 de octubre de 2005 , mediante el cual la Directora General de Personal Docent del Departament d'Educació desestimaba la solicitud de la actora-profesora D. Augusto de asignación de un puesto de trabajo que reclamaba reiteradamente por silencio positivo, y, considera que la actora tiene mejor derecho para impartir la asignatura optativa de aleman en el Centro IES Ramón Turró i Darder de Malgrat de Mar, durante el curso académico 2005-2006, así como también reconoce los derechos que derivan de esta declaración.
Se revoca la Sentencia de instancia y se considera ajustada a derecho la Resolución de 24.10.2005 .
Sin costas.
Notifíquese la presente resolución en legal forma, y verificado remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN
Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente / la Ilma. Sra. Magistrada Ponente estando la Sala celebrando audiencia pública el día 5 de octubre de 2.009, fecha en que ha sido firmada la sentencia por todos los Sres. Magistrados que formaron Tribunal en la misma. Doy fe.
Fallo
Se estima el recurso de apelación 129/2007 interpuesto por la Generalitat de Cataluña contra la Sentencia num. 45/2007 de 21 de febrero de 2007 dictada por el Juzgado num. 9 de lo Contencioso-administrativo de Barcelona en los autos de procedimiento abreviado 679/2005, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Resolución de 24 de octubre de 2005 , mediante el cual la Directora General de Personal Docent del Departament d'Educació desestimaba la solicitud de la actora-profesora D. Augusto de asignación de un puesto de trabajo que reclamaba reiteradamente por silencio positivo, y, considera que la actora tiene mejor derecho para impartir la asignatura optativa de aleman en el Centro IES Ramón Turró i Darder de Malgrat de Mar, durante el curso académico 2005-2006, así como también reconoce los derechos que derivan de esta declaración.
Se revoca la Sentencia de instancia y se considera ajustada a derecho la Resolución de 24.10.2005 .
Sin costas.
Notifíquese la presente resolución en legal forma, y verificado remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN
Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente / la Ilma. Sra. Magistrada Ponente estando la Sala celebrando audiencia pública el día 5 de octubre de 2.009, fecha en que ha sido firmada la sentencia por todos los Sres. Magistrados que formaron Tribunal en la misma. Doy fe.

