Sentencia Administrativo ...re de 2007

Última revisión
26/10/2007

Sentencia Administrativo Nº 743/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Rec 2/2006 de 26 de Octubre de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 26 de Octubre de 2007

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: BARRACHINA JUAN, EDUARDO

Nº de sentencia: 743/2007


Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación nº 2/2006

Parte apelante: Eugenia

Representante de la parte apelante: NICOLAS DIAZ FALO

Parte apelada: SERVEI CATALÀ DE LA SALUT y HOSPITAL CLÍNIC I PROVINCIAL DE BARCELONA

Representante de la parte apelada: ANTONIO Mª DE ANZIZU FUREST y ALFREDO MARTINEZ SANCHEZ

S E N T E N C I A Nº 743/07

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EDUARDO BARRACHINA JUAN

MAGISTRADOS

Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT

Dª MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de octubre de dos mil siete

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.

Ha sido Ponente Don EDUARDO BARRACHINA JUAN, quien expresa el parecer de la SALA.

Antecedentes

PRIMERO.- El día 19/10/2005 el Juzgado Contencioso Administrativo 10 de Barcelona, en el Recurso ordinario seguido con el número 140/2003 , dictó Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto contra la resolución de 9/12/02 del Director del Servei Català de la Salut, que desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial, por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la asistencia recibida en el Hospital Casa de Maternitat de Barcelona. Sin expresa imposición de costas.

SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.

TERCERO.- Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 22 de octubre de 2007.

CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

Fundamentos

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN CUARTA

Rollo de apelación nº 2/2006

Parte apelante: Eugenia

Representante de la parte apelante: NICOLAS DIAZ FALO

Parte apelada: SERVEI CATALÀ DE LA SALUT y HOSPITAL CLÍNIC I PROVINCIAL DE BARCELONA

Representante de la parte apelada: ANTONIO Mª DE ANZIZU FUREST y ALFREDO MARTINEZ SANCHEZ

S E N T E N C I A Nº 743/07

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EDUARDO BARRACHINA JUAN

MAGISTRADOS

Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT

Dª MARÍA ABELLEIRA RODRÍGUEZ

En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de octubre de dos mil siete

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.

Ha sido Ponente Don EDUARDO BARRACHINA JUAN, quien expresa el parecer de la SALA.

PRIMERO.- El día 19/10/2005 el Juzgado Contencioso Administrativo 10 de Barcelona, en el Recurso ordinario seguido con el número 140/2003 , dictó Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto contra la resolución de 9/12/02 del Director del Servei Català de la Salut, que desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial, por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la asistencia recibida en el Hospital Casa de Maternitat de Barcelona. Sin expresa imposición de costas.

SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.

TERCERO.- Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 22 de octubre de 2007.

CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

1º Estimar el recurso, revocar la sentencia dictada en primera instancia y declarar el derecho de la parte demandante a ser indemnizada por el Institut Català de la Salut con la cantidad de 30.500 euros (treinta mil quinientos euros), más intereses legales devengados desde la interposición de la reclamación administrativa.

2º No imponer costas.

Notifíquese la presente resolución en legal forma, y verificado remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de procedencia OCT 22, 07 , para su conocimiento y ejecución.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN

Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente / la Ilma. Sra. Magistrada Ponente estando la Sala celebrando audiencia pública el día 7 de noviembre de 2.007, fecha en que ha sido firmada la sentencia por todos los Sres. Magistrados que formaron Tribunal en la misma. Doy fe.

Fallo

1º Estimar el recurso, revocar la sentencia dictada en primera instancia y declarar el derecho de la parte demandante a ser indemnizada por el Institut Català de la Salut con la cantidad de 30.500 euros (treinta mil quinientos euros), más intereses legales devengados desde la interposición de la reclamación administrativa.

2º No imponer costas.

Notifíquese la presente resolución en legal forma, y verificado remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de procedencia OCT 22, 07 , para su conocimiento y ejecución.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación a los autos principales, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN

Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente / la Ilma. Sra. Magistrada Ponente estando la Sala celebrando audiencia pública el día 7 de noviembre de 2.007, fecha en que ha sido firmada la sentencia por todos los Sres. Magistrados que formaron Tribunal en la misma. Doy fe.

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