Sentencia Administrativo Nº 756/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 465/2003 de 02 de Junio de 2005
- Orden: Administrativo
- Fecha: 02 de Junio de 2005
- Tribunal: TSJ Madrid
- Ponente: Canabal Conejos, Francisco Javier
- Núm. Sentencia: 756/2005
- Núm. Recurso: 465/2003
- Núm. Cendoj: 28079330022005100551
El TSJ confirma la sentencia apelada por la entidad recurrente, sobre desestimación de solicitud de licencia de obras y actividad. Entiende la Sala que no puede sostenerse que el recurrente tiene derecho a la licencia. Ni aún por la vía del silencio positivo, ni tampoco por resolución expresa, porque el Ayuntamiento ajustó su solicitud al procedimiento establecido en el art. 29 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas que exige expresamente la obtención de calificación urbanística emitida por la Consejería de Obras Públicas, así como el proyecto técnico de la actividad a instalar elaborado por Ingeniero Técnico o Superior y visado por el correspondiente organismo colegial, y consta expresamente la denegación de la calificación urbanística por la Comunidad de Madrid, por lo que no cumplía uno de los requisitos que toda tramitación de licencia exige para su obtención.
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