Última revisión
13/05/2004
Sentencia Administrativo Nº 757/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 382/2001 de 13 de Mayo de 2004
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Orden: Administrativo
Fecha: 13 de Mayo de 2004
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ, JUAN FRANCISCO
Nº de sentencia: 757/2004
Núm. Cendoj: 28079330022004100713
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 00757/2004
RECURSO Nº 382/2.001
SENTENCIA Nº 757
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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN SEGUNDA
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Ilustrísimos Señores:
Presidente:
D. Javier Eugenio López Candela
Magistrados:
D. JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ
D. Miguel Ángel García Alonso
Dª Sandra González de Lara Mingo
D. Francisco Javier Canabal Conejos
D. Enrique Calderón de la Iglesia
En la Villa de Madrid, a trece de Mayo del año dos mil cuatro.
Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
los autos del recurso contencioso-administrativo número 382 de 2.001, interpuesto por Mauricio representado por el Procurador Don Miguel Ángel Heredero Suero y asistido por el Letrado Colegiado nº 41.526 contra la resolución de fecha 8 de Febrero de 2.001 de la Oficina Española de Patentes y Marcas que desestimó el recurso de ordinario interpuesto por el recurrente contra el acuerdo de fecha 2 de Noviembre de 1.999 que acordó la inscripción de la marca "Look & Find" realizada por la entidad "Look & Find S.A." en favor de "L & F First net System S.L." Ha sido parte la Oficina Española de Patentes y Marcas representada por el Sr. Abogado del Estado.
Antecedentes
PRIMERO.- Que previos los oportunos trámites, el Procurador Don Miguel Ángel Heredero Suero en representación de Mauricio formalizó demanda el día 18 de Mayo de 2.001 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes terminó suplicando Sentencia por la que estimando el recurso contra la Resolución del Recurso de Alzada dictada por a Oficina Española de Patentes y Marcas el 2 de Noviembre de 1.999 sea dejada sin efecto la solicitud de inscripción de las Marcas LOOK & FIND.
SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado al Sr. Abogado del Estado para que en representación de la oficina Española de Patentes y Marcas presentara escrito de contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 5 de Junio de 2.003, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.
TERCERO.- Por auto de 19 de Junio de 2.002 se acordó no haber lugar a recibir el recurso a prueba.
cuarto.- Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso se acordó señalar para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 13 de Mayo de 2.004 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ.
Fundamentos
PRIMERO.- El Procurador Don Miguel Ángel Heredero Suero en representación de Mauricio interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución de fecha 8 de Febrero de 2.001 de la Oficina Española de Patentes y Marcas que desestimó el recurso de ordinario interpuesto por el recurrente contra el acuerdo de fecha 2 de Noviembre de 1.999 que acordó la inscripción de la marca "Look & Find" realizada por la entidad "Look & Find S.A." en favor de "L & F First net System S.L."
SEGUNDO.- La impugnación del recurrente en relación con la cesión de las marcas, hace referencia a la invalidez de los poderes de Victor Manuel para actuar en nombre de la entidad "Look & Find S.A.". Debe señalarse que la intervención de este Tribunal en relación con el acto administrativo pretendido se ha de limitar a la evaluación de la actividad calificadora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, pues las relaciones jurídicas describe entre la entidad "Look & Find S.A." y sus franquiciados son cuestiones ajenas a la función de la Oficina Española de Patentes y Marcas y esta jurisdicción contencioso administrativa, sino que es atribución de la jurisdicción civil.
TERCERO.- En el acto administrativo impugnado la Oficina Española de Patentes y Marcas parte de los siguientes datos de hecho: El 30 de Julio de 1.999 se presentó ante la Oficina Española de Patentes y Marcas solicitud de inscripción de cesión de signos distintivos (marcas nacionales 1.218.682, 1.128.683 y 2.106.785), a la que correspondió el número de tramitación 99/02233, y en la que figuran como cedente la entidad LOOK & FIND S.A., y como cesionaria la empresa & F FIRST NET SYSTEM S.L. La citada solicitud iba acompañada por un Certificado de transferencia de signos distintivos suscrito por las dos partes cedente y cesionaria. El 8 de octubre de 1.999 se presentó
copia simple de la escritura de formalización en documento público del contrato de cesión de marcas a que se hace referencia en el Certificado de Transferencia antes señalado. Por resolución de 2 de Noviembre de 1.999 se acordó la inscripción de la cesión de derechos ~solicitada en relación a las marcas 1.218.682 y 1.218.683, denegándola el caso de la marca 2.106.785 por su falta de vigencia. Esta resolución fue publicada en el Boletín oficial de la Propiedad industrial de 16 de Diciembre de 1.999 presentándose por la representación de D. Mauricio una de advertencia sobre la improcedencia de la inscripción de la transferencia 99/02233, alegando que D. Victor Manuel carecía de la personalidad necesaria para realizar dicha venta. Tras las alegaciones oportunas la resolución impugnada basa su decisión en el contenido de los artículos 44 y 45 de la
CUARTO.- Conforme establece el artículo 41.1 de la
QUINTO.- Y en lo relativo a la necesidad de abono del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales como requisito previo a la inscripción de la cesión, debe señalarse que si bien la redacción original del apartado 1º del artículo 44 de la
SEXTO.- Y según lo dispuesto en el artículo 139 apartado 1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, considerando la Sala que no es de apreciar temeridad ni mala fe, es por lo que no procede formular expresa condena en costas
VISTOS.-Los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.
Fallo
Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador Don Miguel Ángel Heredero Suero, en nombre y representación de Mauricio, contra la resolución de fecha 8 de Febrero de 2.001 de la Oficina Española de Patentes y Marcas que desestimó el recurso de ordinario interpuesto por el recurrente contra el acuerdo de fecha 2 de Noviembre de 1.999 que acordó la inscripción de la marca "Look & Find" realizada por la entidad "Look & Find S.A." en favor de "L & F First net System S.L." por ser dicho acto administrativo ajustado a Derecho, sin expresa imposición de las costas a ninguna de las partes.
Notifíquese la presente resolución con la advertencia de que la misma no es firme pudiendo interponerse recurso de casación que habrá de prepararse ante esta misma sala en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de la presente resolución.
Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Ilustrísimo Sr. Magistrado Ponente Don JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ, estando celebrando audiencia pública ordinaria, en la Sala de este Tribunal, al mismo día de su fecha de lo que yo Secretario doy fe.

