Sentencia Administrativo ...il de 2006

Última revisión
19/04/2006

Sentencia Administrativo Nº 759/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Rec 499/2005 de 19 de Abril de 2006

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Orden: Administrativo

Fecha: 19 de Abril de 2006

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: DE LA TORRE DEZA, FERNANDO

Nº de sentencia: 759/2006


Encabezamiento

SENTENCIA Nº 759 DE 2006

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. MÁLAGA

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE

D. JOAQUÍN GARCÍA BERNALDO DE QUIRÓS

MAGISTRADOS

D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA

Dª MARÍA DEL ROSARIO CARDENAL GÓMEZ

Dª MARÍA TERESA GÓMEZ PASTOR

D. EDUARDO HINOJOSA MARTÍNEZ

_________________________________________

En la Ciudad de Málaga a diecinueve de abril de dos mil seis.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso de apelación 499 de 2005 interpuesto por ÁRIDOS Y REFORESTACIONES S.A. representados por el Procurador Sr. Lara de la Plaza contra Sentencia de fecha 28 de abril de 2006, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Cuatro de Málaga, y como parte apelada Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, asistida de Letrado de su Gabinete Jurídico.

Ha sido Ponente la Iltma. Sra . Magistrado D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA quien expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el Procurador Sr. Lara de la Plaza en la representación expresada se interpuso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Cuatro de Málaga recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía ( hoy Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa) que desestimó el Recurso de Alzada interpuesto contra la Resolución dictada por la Delegación Provincial de Málaga de dicha Consejería, registrándose el recurso con el número 988/04.

SEGUNDO.- El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Cuatro de Málaga, dictó Auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: " No ha lugar a la suspensión del acto impugnado. Sin costas.".

TERCERO.- Contra dicho Auto por la representación procesal de la parte actora se interpuso Recurso de Apelación, el que fue admitido a trámite, dándose traslado a las demás partes personadas, por quince días, para formalizar su oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sala de lo Contencioso Administrativo, quedando registrado el recurso de apelación con el número 499/05 .

CUARTO.- No habiéndose solicitado celebración de vista o presentación de conclusiones, quedaron los autos, sin más trámite para votación y fallo.

Fundamentos

SENTENCIA Nº 759 DE 2006

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. MÁLAGA

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE

D. JOAQUÍN GARCÍA BERNALDO DE QUIRÓS

MAGISTRADOS

D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA

Dª MARÍA DEL ROSARIO CARDENAL GÓMEZ

Dª MARÍA TERESA GÓMEZ PASTOR

D. EDUARDO HINOJOSA MARTÍNEZ

_________________________________________

En la Ciudad de Málaga a diecinueve de abril de dos mil seis.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en nombre de S.M. el REY, la siguiente Sentencia en el recurso de apelación 499 de 2005 interpuesto por ÁRIDOS Y REFORESTACIONES S.A. representados por el Procurador Sr. Lara de la Plaza contra Sentencia de fecha 28 de abril de 2006, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Cuatro de Málaga, y como parte apelada Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, asistida de Letrado de su Gabinete Jurídico.

Ha sido Ponente la Iltma. Sra . Magistrado D. FERNANDO DE LA TORRE DEZA quien expresa el parecer de la Sala.

PRIMERO.- Por el Procurador Sr. Lara de la Plaza en la representación expresada se interpuso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Cuatro de Málaga recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía ( hoy Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa) que desestimó el Recurso de Alzada interpuesto contra la Resolución dictada por la Delegación Provincial de Málaga de dicha Consejería, registrándose el recurso con el número 988/04.

SEGUNDO.- El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Cuatro de Málaga, dictó Auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: " No ha lugar a la suspensión del acto impugnado. Sin costas.".

TERCERO.- Contra dicho Auto por la representación procesal de la parte actora se interpuso Recurso de Apelación, el que fue admitido a trámite, dándose traslado a las demás partes personadas, por quince días, para formalizar su oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sala de lo Contencioso Administrativo, quedando registrado el recurso de apelación con el número 499/05 .

CUARTO.- No habiéndose solicitado celebración de vista o presentación de conclusiones, quedaron los autos, sin más trámite para votación y fallo.

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sr. Lara de la Plaza en nombre y representación indicados contra el auto dictado el día 28 de abril de 2005 en autos número 173/04 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 4 de Málaga, debemos confirmarla y la confirmamos íntegramente, condenando a la parte apelante al pago de las costas causadas en el recurso.

Líbrese testimonio de esta Sentencia para su unión al rollo de apelación.

Remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Cuatro de Málaga para su notificación y ejecución.

Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Ponente que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, ante mí, el Secretario. Doy fe.-

Fallo

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Sr. Lara de la Plaza en nombre y representación indicados contra el auto dictado el día 28 de abril de 2005 en autos número 173/04 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 4 de Málaga, debemos confirmarla y la confirmamos íntegramente, condenando a la parte apelante al pago de las costas causadas en el recurso.

Líbrese testimonio de esta Sentencia para su unión al rollo de apelación.

Remítase testimonio de la presente resolución al Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Cuatro de Málaga para su notificación y ejecución.

Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Iltmo. Sr. Ponente que la ha dictado, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, ante mí, el Secretario. Doy fe.-

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