Última revisión
19/07/2007
Sentencia Administrativo Nº 797/2007, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 682/2006 de 19 de Julio de 2007
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Orden: Administrativo
Fecha: 19 de Julio de 2007
Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana
Ponente: GOMEZ-MORENO MORA, AGUSTIN MARIA
Nº de sentencia: 797/2007
Núm. Cendoj: 46250330012007100853
Núm. Ecli: ES:TSJCV:2007:4714
Encabezamiento
Recurso de Apelación - 000682/2006
N.I.G.: 46250-33-3-2006-0005235
SENTENCIA Nº 797
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN 1
Iltmos. Sres:
Presidente
D/Dª EDILBERTO NARBON LAINEZ
Magistrados
D/Dª SALVADOR DE BELMONT Y MORA
D/Dª AGUSTIN GOMEZ MORENO MORA
En la Ciudad de Valencia a diecinueve de julio de dos mil siete.
Visto por la Sección 1 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso de apelación número 000682/2006, interpuesto por en nombre y representación de SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN VALENCIA contra Sentencia estimatoria nº 268, de 27-11-05, dictada en Proc abreviado 40-05 por el Juzgado de lo cont-adm nº5 de Valencia, sobre sancion de expulsión del territorio nacional dictado en Procedimiento Abreviado - 000040/2005 del JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 5 DE VALENCIA.
Antecedentes
PRIMERO.- Interpuesto recurso de apelación ante el Juzgado correspondiente, se ha personado, como parte apelada la representación de Luis Carlos .
SEGUNDO.- No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba ni existiendo oposición a la admisión del presente recurso, ni solicitado por las partes la celebración de vista o la presentación de conclusiones, quedaron los autos conclusos para sentencia.
TERCERO.- Se señala la votación para el día CINCO DE JULIO del presente año, teniendo así lugar.
CUARTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo/a Sr/a D/Dª AGUSTIN GOMEZ MORENO MORA.
Fundamentos
PRIMERO.- La sentencia apelada estima parcialmente el recurso interpuesto contra resolución de la Delegación de Gobierno de Valencia de 15-11-04 por la que se impone al demandante la sanción de expulsion con prohibición de entrada por tres años, en expte. 1960/04.
La administración impugna dicha sentencia alegando que ninguno de los argumentos contenidos en la sentencia justifican la anulación de la resolución recurrida asi como el que la documentación aportada carece de entidad a efectos de acreditar arraigo, así como la proporcionalidad de la sanción impuesta.
SEGUNDO.- La juzgadora en su argumentación estima, por contra de la pretension de la Administración, que la documentación aportada goza de suficiente entidad a efectos de prueba del arraigo familiar, en concreto respecto a los padres y hermanos, por ello entiende procedente sustituir la sanción de expulsión por la de multa, arts. 57.1 y 55 L.O. 4/00 , sustituyendo la originariamente impuesta por la multa de 300'51 €; La Sala comparte los argumentos de la juzgadora, los que deben ser traidos como parte de esta sentencia, entiende innecesaria su reiteración.
TERCERO.- En consecuencia y por lo expuesto procede la íntegra desestimación del recurso, con expresa imposición de las costas causadas a la apelante en atención a lo dispuesto en el Artº 139 de la ley Jurisdiccional en la cuantía de 354 €.
VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.
Fallo
Desestimar el recurso de apelación nº 682/06 interpuesto por la Subdelegación del Gobierno de Valencia contra sentencia estimatoria parcial, nº 268/05, en P.A. 40/05, del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 5 de Valencia con expresa imposición de las costas.
A su tiempo, y con certificación literal de la presente, devuélvase el expediente administrativo al centro de su procedencia.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Magistrado Ponente, que lo ha sido para la celebración del presente procedimiento, celebrando Audiencia Pública esta Sala, de lo que, como Secretaria de la misma, certifico. En la Ciudad de Valencia, a diecinueve de julio de dos mil siete.
