Sentencia Administrativo ...io de 2007

Última revisión
24/07/2007

Sentencia Administrativo Nº 798/2007, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sección 2, Rec 1298/2005 de 24 de Julio de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 24 de Julio de 2007

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: HERVAS VERCHER, FRANCISCO

Nº de sentencia: 798/2007

Núm. Cendoj: 46250330022007100898

Núm. Ecli: ES:TSJCV:2007:4758


Encabezamiento

Procedimiento Ordinario - 001294/2005

N.I.G.: 46250-33-3-2006-0007995

Recurso nº 1294/05

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

S E N T E N C I A nº 798/07

Ilmos. Srs.:

PRESIDENTE

D. Mariano Ferrando Marzal

MAGISTRADOS:

D. José Martínez Arenas Santos

D. Francisco Hervás Vercher

En la ciudad de Valencia a veinticuatro de julio de dos mil siete.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos nº 1294/05, seguidos entre partes, de la una y como demandante, Dª Lorenza , Dª Marta , Dª Patricia , D. Jesús Luis , Dª María del Pilar , D. Pedro Francisco , D. Adolfo , Dª Blanca , Dª Claudia , Dª Erica , D. Enrique , Gaspar , Dª María , D. Jesús , Dª Remedios , D. Matías , D. Rafael , Dª María Teresa , Dª Andrea , D. Luis María , Dª Emilia , D. Juan Alberto , Dª Juana , D. Agustín , D. Fermín , Dª María Dolores , Dª Asunción , Dª Diana , D. Ramón , Dª Gloria , Dª Lucía , D. Jose María , D. Carlos Jesús , Dª Rosa , Dª Virginia , Dª María Rosario , D. Pedro Antonio , Dª Carla , D. Felix , Dª Nieves , D. Lucio , Dª María Consuelo , Dª Araceli , D. Jose Luis , D. Jose Pablo , D. Jesús Manuel , D. Pedro Jesús , Dª Maite , Dª Raquel , Dª Mónica , Dª Susana , Dª María Inmaculada , Dª Aurora , Dª Elisa , Dª Magdalena , Dª María Angeles , Dª Carmela , D. Gerardo , Dª Flora , Dª Luisa , Dª Rebeca , Dª María Antonieta , D. Ricardo , Dª Carolina , D. Jose Daniel y D. Luis Andrés , representada por el Procurador D. Joaquín Francis-co Funes Gracia y dirigida por el Letrado D. Miguel Mancebo Monge; y de la otra, como Administración demanda-da, la Genera-lidad Valencia-na, representada y dirigida por el Letrado de la Generalidad, recurso interpuesto por Dª Lorenza , Dª Marta , Dª Patricia , D. Jesús Luis , Dª María del Pilar , D. Pedro Francisco , D. Adolfo , Dª Blanca , Dª Claudia , Dª Erica , D. Enrique , Gaspar , Dª María , D. Jesús , Dª Remedios , D. Matías , D. Rafael , Dª María Teresa , Dª Andrea , D. Luis María , Dª Emilia , D. Juan Alberto , Dª Juana , D. Agustín , D. Fermín , Dª María Dolores , Dª Asunción , Dª Diana , D. Ramón , Dª Gloria , Dª Lucía , D. Jose María , D. Carlos Jesús , Dª Rosa , Dª Virginia , Dª María Rosario , D. Pedro Antonio , Dª Carla , D. Felix , Dª Nieves , D. Lucio , Dª María Consuelo , Dª Araceli , D. Jose Luis , D. Jose Pablo , D. Jesús Manuel , D. Pedro Jesús , Dª Maite , Dª Raquel , Dª Mónica , Dª Susana , Dª María Inmaculada , Dª Aurora , Dª Elisa , Dª Magdalena , Dª María Angeles , Dª Carmela , D. Gerardo , Dª Flora , Dª Luisa , Dª Rebeca , Dª María Antonieta , D. Ricardo , Dª Carolina , D. Jose Daniel y D. Luis Andrés contra lo que considera inactividad de la administración manifestada en la falta de resolución de las peticiones formuladas por los actores al Conseller de Sanidad de 16 de junio de 2005 de dictar resolución expresa en el recurso de alzada interpuesto contra la desestimación presunta por silencio de la petición de tramita-ción y resolución de las solicitudes de autorización de apertura de nuevas Oficinas de Farmacia formuladas por aquéllos los días 11, 12 y 13 de junio de 1997, e identificar al funcionario responsable de la tramitación del expediente administrativo donde está incorporado el recurso de alzada pendiente de resolución.

Antecedentes

Primero.- El indicado Procurador, actuando en nombre y representa-ción de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso conten-cioso adminis-trativo contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo.- Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdic-ción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamen-tos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero.- Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 19 de julio de 2007 para votación y fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada.

Cuarto.- En la sustanciación de este pleito se han observa-do las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.

Fundamentos

Primero.- El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto por Dª Lorenza , Dª Marta , Dª Patricia , D. Jesús Luis , Dª María del Pilar , D. Pedro Francisco , D. Adolfo , Dª Blanca , Dª Claudia , Dª Erica , D. Enrique , Gaspar , Dª María , D. Jesús , Dª Remedios , D. Matías , D. Rafael , Dª María Teresa , Dª Andrea , D. Luis María , Dª Emilia , D. Juan Alberto , Dª Juana , D. Agustín , D. Fermín , Dª María Dolores , Dª Asunción , Dª Diana , D. Ramón , Dª Gloria , Dª Lucía , D. Jose María , D. Carlos Jesús , Dª Rosa , Dª Virginia , Dª María Rosario , D. Pedro Antonio , Dª Carla , D. Felix , Dª Nieves , D. Lucio , Dª María Consuelo , Dª Araceli , D. Jose Luis , D. Jose Pablo , D. Jesús Manuel , D. Pedro Jesús , Dª Maite , Dª Raquel , Dª Mónica , Dª Susana , Dª María Inmaculada , Dª Aurora , Dª Elisa , Dª Magdalena , Dª María Angeles , Dª Carmela , D. Gerardo , Dª Flora , Dª Luisa , Dª Rebeca , Dª María Antonieta , D. Ricardo , Dª Carolina , D. Jose Daniel y D. Luis Andrés contra lo que considera inactividad de la administración manifestada en la falta de resolución de las peticiones formuladas por los actores al Conseller de Sanidad de 16 de junio de 2005 de dictar resolución expresa en el recurso de alzada interpuesto contra la desestimación presunta por silencio de la petición de tramita-ción y resolución de las solicitudes de autorización de apertura de nuevas Oficinas de Farmacia formuladas por aquéllos los días 11, 12 y 13 de junio de 1997, e identificar al funcionario responsable de la tramitación del expediente administrativo donde está incorporado el recurso de alzada pendiente de resolución.

Segundo.- Plantea la parte actora el recurso jurisdiccional considerando que se ha producido inactividad de la administra-ción impugnable al amparo de lo dispuesto en el artículo 29.1 LJCA .

Dispone esta norma que cuando la Administración, en virtud de una disposición general que no precise de actos de aplicación o en virtud de un acto, contrato o convenio administrativo, esté obligada a realizar una prestación concreta en favor de una o varias personas determinadas, quienes tuvieran derecho a ella pueden reclamar de la Administración el cumplimiento de dicha obligación.

Por la representación de la Generalidad se solicita se declare la inadmisibilidad del recurso por no darse la inactivi-dad de la administración a que se refiere el articulo 29.1 LJCA , sino ante un supuesto de silencio administrativo de los artícu-los 42 y 43 de la Ley 30/1992 .

La parte actora considera que la no resolución del recurso de alzada formulado, pese a haberse solicitado expresamente, constituye inactividad de la administración, pues su pretensión no es la de se resuelva en uno u otro sentido el recurso de alzada, sino que se resuelva expresamente.

Este Tribunal no comparte tal tesis, pues la no resolución de recurso de alzada, aun habiéndose solicitado expresa- mente tal resolución no constituye la inactividad de la adminis-tración a que se refiere el articulo 29.1 LJCA . En primer lugar hay que considerar que cuando se interpone recurso de alzada lo es para que sea resuelto. Pero es que aún cuando se solicite específica-mente que se resuelva expresamente, la resolución del recurso de alzada no constituye en sentido jurídico una presta-ción de la Administración, y el artículo 29.1 LJCA se refiere únicamente a que la administración esté obligada a realizar una prestación concreta, y además tal obligación debe derivar de un acto, contrato o convenio adminis-trativo, o de una disposición general que no precise de actos de aplicación.

Por lo que se refiere a la solicitud de identificación del

funcionario responsable de la tramitación del expediente administrativo donde está incorporado el recurso de alzada pendiente de resolución, tampoco constituye una prestación, y por tanto, tampoco se da el supuesto del articulo 29.1 LJCA .

Tercero.- Por ello, en cuanto la parte actora expresamente señala como objeto de su recurso la pretendida inactividad, y no la desestimación por silencio de las peticiones respectivamente formuladas de autorización de apertura de oficina de farmacia y de identificación de un funcionario, hay que concluir que el recurso interpuesto es inadmisible al amparo de lo dispuesto en el artículo 69.c LJCA .

No se aprecian motivos para hacer una expresa imposición de las costas procesales a tenor de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa .

Fallo

Primero.- Declarar inadmisible el recurso contencioso administrativo interpuesto por Dª Lorenza , Dª Marta , Dª Patricia , D. Jesús Luis , Dª María del Pilar , D. Pedro Francisco , D. Adolfo , Dª Blanca , Dª Claudia , Dª Erica , D. Enrique , Gaspar , Dª María , D. Jesús , Dª Remedios , D. Matías , D. Rafael , Dª María Teresa , Dª Andrea , D. Luis María , Dª Emilia , D. Juan Alberto , Dª Juana , D. Agustín , D. Fermín , Dª María Dolores , Dª Asunción , Dª Diana , D. Ramón , Dª Gloria , Dª Lucía , D. Jose María , D. Carlos Jesús , Dª Rosa , Dª Virginia , Dª María Rosario , D. Pedro Antonio , Dª Carla , D. Felix , Dª Nieves , D. Lucio , Dª María Consuelo , Dª Araceli , D. Jose Luis , D. Jose Pablo , D. Jesús Manuel , D. Pedro Jesús , Dª Maite , Dª Raquel , Dª Mónica , Dª Susana , Dª María Inmaculada , Dª Aurora , Dª Elisa , Dª Magdalena , Dª María Angeles , Dª Carmela , D. Gerardo , Dª Flora , Dª Luisa , Dª Rebeca , Dª María Antonieta , D. Ricardo , Dª Carolina , D. Jose Daniel y D. Luis Andrés contra lo que considera inactividad de la administración manifestada en la falta de resolución de las peticiones formuladas por los actores al Conseller de Sanidad de 16 de junio de 2005 de dictar resolución expresa en el recurso de alzada interpuesto contra la desestimación presunta por silencio de la petición de tramita-ción y resolución de las solicitudes de autorización de apertura de nuevas Oficinas de Farmacia formuladas por aquéllos los días 11, 12 y 13 de junio de 1997, e identificar al funcionario responsable de la tramita-ción del expediente administrativo donde está incorporado el recurso de alzada pendiente de resolución.

Segundo.- No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, y luego que gane firmeza líbrese certificación literal de la misma y remítase juntamente con el respectivo expediente administrativo al órgano demandado, quien deberá llevar aquélla a puro y debido efecto, sirviéndose acusar el oportuno recibo.

Así por esta nuestra sentencia de la que se llevará testimonio literal a los autos principales, juzgando lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de la que, como Secretario de la misma, certifico. Valencia, a

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