Última revisión
20/06/2007
Sentencia Administrativo Nº 816/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 21/2007 de 20 de Junio de 2007
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 5 min
Orden: Administrativo
Fecha: 20 de Junio de 2007
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: GUILLO SANCHEZ-GALIANO, MARIA DE LOS DESAMPARADOS
Nº de sentencia: 816/2007
Encabezamiento
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6
MADRID
RECURSO Nº21/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION SEXTA
SENTENCIA Nº816
Ilmos. Sres:
Presidente: D. Jesús Cudero Blas
Magistrados:
Doña Teresa Delgado Velasco
Doña Cristina Cadenas Cortina
Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano
Doña Eva Gallardo Martín de Blas
D. Francisco de la Peña Elias
En la Villa de Madrid, a 20 de junio de 2007.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del presente recurso de apelación numero 21/2007, interpuesto contra el Auto dictado el 13 de noviembre de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de los de Madrid en el recurso contencioso núm. 15/06. Ha sido parte apelante el Procurador don Francisco Inocencio Fernández Martínez, en representación de doña Rebeca y como apelado la Delegación del Gobierno en Madrid representada y defendida por la Abogacía del Estado. Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.
Antecedentes
PRIMERO. Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de los de Madrid se dictó Auto, en fecha 13 de noviembre de 2006 cuya parte dispositiva acordaba la inadmision del recurso administrativo interpuesto contra inactividad de la Administración frente a su petición de caducidad de procedimiento de expulsión.
SEGUNDO. Con fecha 5 de diciembre de 2006, por la representación de la recurrente se interpuso recurso de apelación mediante escrito en cuyo suplico interesaba la revocación del Auto apelado y se acuerde la admisión a tramite del recurso interpuesto.
TERCERO. Recibidos los autos en esta Sala y personado el Abogado del Estado que formuló oposición a la apelación interpuesta de contrario, se señaló para votación y fallo el día 6 de junio de 2007.
Ha sido Ponente, la Ilma. Sra. Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.
Fundamentos
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6
MADRID
RECURSO Nº21/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION SEXTA
SENTENCIA Nº816
Ilmos. Sres:
Presidente: D. Jesús Cudero Blas
Magistrados:
Doña Teresa Delgado Velasco
Doña Cristina Cadenas Cortina
Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano
Doña Eva Gallardo Martín de Blas
D. Francisco de la Peña Elias
En la Villa de Madrid, a 20 de junio de 2007.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del presente recurso de apelación numero 21/2007, interpuesto contra el Auto dictado el 13 de noviembre de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de los de Madrid en el recurso contencioso núm. 15/06. Ha sido parte apelante el Procurador don Francisco Inocencio Fernández Martínez, en representación de doña Rebeca y como apelado la Delegación del Gobierno en Madrid representada y defendida por la Abogacía del Estado. Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.
PRIMERO. Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de los de Madrid se dictó Auto, en fecha 13 de noviembre de 2006 cuya parte dispositiva acordaba la inadmision del recurso administrativo interpuesto contra inactividad de la Administración frente a su petición de caducidad de procedimiento de expulsión.
SEGUNDO. Con fecha 5 de diciembre de 2006, por la representación de la recurrente se interpuso recurso de apelación mediante escrito en cuyo suplico interesaba la revocación del Auto apelado y se acuerde la admisión a tramite del recurso interpuesto.
TERCERO. Recibidos los autos en esta Sala y personado el Abogado del Estado que formuló oposición a la apelación interpuesta de contrario, se señaló para votación y fallo el día 6 de junio de 2007.
Ha sido Ponente, la Ilma. Sra. Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano, quien expresa el parecer de la Sala.
Que con estimación del recurso interpuesto por el Procurador don Francisco Inocencio Fernández Martínez, en representación de doña Rebeca , debemos revocar y revocamos el Auto recurrido, dictado el 13 de noviembre de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de los de Madrid en el recurso contencioso núm.15/06, acordando la retroacción de lo actuado a momento inmediatamente anterior al de dictarse dicho Auto a fin de que por el Juzgado de instancia no se inadmita a tramite el recurso por tal causa, continuando su tramitación procesal; todo ello sin hacer expresa imposición de costas procésales.
Notifíquese a las partes la presente resolución, con expresión de que contra la misma no cabe recurso.
Dedúzcase testimonio que en unión de los autos originales se devolverá al Juzgado de procedencia.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
Que con estimación del recurso interpuesto por el Procurador don Francisco Inocencio Fernández Martínez, en representación de doña Rebeca , debemos revocar y revocamos el Auto recurrido, dictado el 13 de noviembre de 2006 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de los de Madrid en el recurso contencioso núm.15/06, acordando la retroacción de lo actuado a momento inmediatamente anterior al de dictarse dicho Auto a fin de que por el Juzgado de instancia no se inadmita a tramite el recurso por tal causa, continuando su tramitación procesal; todo ello sin hacer expresa imposición de costas procésales.
Notifíquese a las partes la presente resolución, con expresión de que contra la misma no cabe recurso.
Dedúzcase testimonio que en unión de los autos originales se devolverá al Juzgado de procedencia.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
