Sentencia Administrativo ...io de 2007

Última revisión
21/06/2007

Sentencia Administrativo Nº 824/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 25/2004 de 21 de Junio de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 21 de Junio de 2007

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: PAZOS PITA, MARGARITA ENCARNACION

Nº de sentencia: 824/2007


Encabezamiento

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00824/2007

SENTENCIA Nº 824

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

------------------------------------------------------

En la Villa de Madrid a veintiuno de junio del año dos mil siete.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso-administrativo nº 25/2004 interpuesto por la Procuradora D.ª Carolina Pérez-Sauquillo Pelayo, en nombre y representación de la "Asociación de Entidades de la Comunidad de Madrid para la Inspección Técnica de Vehículos", contra el Decreto 223/2003, de 6 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid , por el que se regula la gestión del Servicio de Inspección Técnica de Vehículos en la citada Comunidad durante el período transitorio definido por el Real Decreto 833/2003, de 27 de junio . Ha sido parte la Administración demandada, representada por su Servicio Jurídico.

Antecedentes

PRIMERO.- Interpuesto el recurso, y seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la entidad demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de la frase del artículo 2 del Decreto recurrido "y en el espacio que cubre cada concesión" y la nulidad de su artículo 4 .

SEGUNDO.- El Letrado de la Comunidad de Madrid contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia que desestime el recurso, confirmando que la resolución recurrida es conforme a Derecho.

TERCERO.- No habiéndose solicitado el recibimiento del recurso a prueba, quedaron los autos conclusos y pendientes de señalamiento para votación y fallo.

CUARTO.- Mediante escrito presentado con fecha 27 de febrero de 2006 la parte recurrente adjuntó copia de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 12 de febrero de 2006 que, en la parte que pudiera afectar al presente recurso, declara que el artículo 7.2 del Real Decreto-Ley 7/2000, de 23 de junio , vulnera las competencias autonómicas en materia de industria al imponer la autorización administrativa como título habilitante para que los particulares puedan participar en la prestación del servicio de ITV, solicitando la concesión de trámite de audiencia sobre la posible relevancia para el recurso de la citada Sentencia. Por el Letrado de la Comunidad de Madrid se presentaron alegaciones al respecto en escrito de fecha 30 de marzo de 2006, habiendo formulado igualmente la parte recurrente alegaciones sobre la incidencia de tal Sentencia en el escrito presentado el día 24 de mayo de 2006 .

QUINTO.- Habiendo quedado nuevamente los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo, se señaló al efecto el día 26 de abril de 2007, en que así tuvo lugar.

SEXTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Doña Margarita Pazos Pita.

Fundamentos

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00824/2007

SENTENCIA Nº 824

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

------------------------------------------------------

En la Villa de Madrid a veintiuno de junio del año dos mil siete.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso-administrativo nº 25/2004 interpuesto por la Procuradora D.ª Carolina Pérez-Sauquillo Pelayo, en nombre y representación de la "Asociación de Entidades de la Comunidad de Madrid para la Inspección Técnica de Vehículos", contra el Decreto 223/2003, de 6 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid , por el que se regula la gestión del Servicio de Inspección Técnica de Vehículos en la citada Comunidad durante el período transitorio definido por el Real Decreto 833/2003, de 27 de junio . Ha sido parte la Administración demandada, representada por su Servicio Jurídico.

PRIMERO.- Interpuesto el recurso, y seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la entidad demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de la frase del artículo 2 del Decreto recurrido "y en el espacio que cubre cada concesión" y la nulidad de su artículo 4 .

SEGUNDO.- El Letrado de la Comunidad de Madrid contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia que desestime el recurso, confirmando que la resolución recurrida es conforme a Derecho.

TERCERO.- No habiéndose solicitado el recibimiento del recurso a prueba, quedaron los autos conclusos y pendientes de señalamiento para votación y fallo.

CUARTO.- Mediante escrito presentado con fecha 27 de febrero de 2006 la parte recurrente adjuntó copia de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 12 de febrero de 2006 que, en la parte que pudiera afectar al presente recurso, declara que el artículo 7.2 del Real Decreto-Ley 7/2000, de 23 de junio , vulnera las competencias autonómicas en materia de industria al imponer la autorización administrativa como título habilitante para que los particulares puedan participar en la prestación del servicio de ITV, solicitando la concesión de trámite de audiencia sobre la posible relevancia para el recurso de la citada Sentencia. Por el Letrado de la Comunidad de Madrid se presentaron alegaciones al respecto en escrito de fecha 30 de marzo de 2006, habiendo formulado igualmente la parte recurrente alegaciones sobre la incidencia de tal Sentencia en el escrito presentado el día 24 de mayo de 2006 .

QUINTO.- Habiendo quedado nuevamente los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo, se señaló al efecto el día 26 de abril de 2007, en que así tuvo lugar.

SEXTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Doña Margarita Pazos Pita.

Que ESTIMANDO PARCIALMENTE el presente recurso contencioso administrativo nº 25/2004 interpuesto por la Procuradora D.ª Carolina Pérez-Sauquillo Pelayo, en nombre y representación de la "Asociación de Entidades de la Comunidad de Madrid para la Inspección Técnica de Vehículos", contra el Decreto 223/2003, de 6 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid , por el que se regula la gestión del Servicio de Inspección Técnica de Vehículos en la citada Comunidad durante el período transitorio definido por el Real Decreto 833/2003, de 27 de junio, DEBEMOS DECLARAR Y DECLARAMOS LA NULIDAD del artículo 4 de dicho Decreto por no ser conforme con el ordenamiento jurídico.

No ha lugar a la imposición de las costas procesales causadas en esta instancia.

Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Margarita Pazos Pita Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma doy fé.

Fallo

Que ESTIMANDO PARCIALMENTE el presente recurso contencioso administrativo nº 25/2004 interpuesto por la Procuradora D.ª Carolina Pérez-Sauquillo Pelayo, en nombre y representación de la "Asociación de Entidades de la Comunidad de Madrid para la Inspección Técnica de Vehículos", contra el Decreto 223/2003, de 6 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid , por el que se regula la gestión del Servicio de Inspección Técnica de Vehículos en la citada Comunidad durante el período transitorio definido por el Real Decreto 833/2003, de 27 de junio, DEBEMOS DECLARAR Y DECLARAMOS LA NULIDAD del artículo 4 de dicho Decreto por no ser conforme con el ordenamiento jurídico.

No ha lugar a la imposición de las costas procesales causadas en esta instancia.

Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Margarita Pazos Pita Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma doy fé.

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