Sentencia Administrativo ...io de 2007

Última revisión
10/07/2007

Sentencia Administrativo Nº 829/2007, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Rec 1405/2003 de 10 de Julio de 2007

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Relacionados:

Tiempo de lectura: 6 min

Orden: Administrativo

Fecha: 10 de Julio de 2007

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: HERVAS VERCHER, FRANCISCO

Nº de sentencia: 829/2007


Encabezamiento

Procedimiento Ordinario - 001515/2003

N.I.G.: 46250-33-3-2007-0004461

Recurso nº 1405/03

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

S E N T E N C I A nº 829/07

Ilmos. Srs.:

PRESIDENTE

D. Mariano Ferrando Marzal

MAGISTRADOS:

D. José Martínez Arenas Santos

D. Francisco Hervás Vercher

En la ciudad de Valencia a diez de julio de dos mil siete.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos nº 1405/03, seguidos entre partes, de la una y como demandante, D. Lucas y Dª Olga , representada por el Procurador D. Julio Antonio Just Vilaplana y dirigida por el Letrado D. Joaquín Tur Císcar; y de la otra, como Administración demandada, el Ayuntamiento de Pego, representada por la Procuradora Dª María Teresa de Elena Silla y dirigida por el Letrado D. Juan Carlos Pérez Nadal, recurso interpuesto por D. Lucas y Dª Olga contra el decreto de la Alcaldía de Pego de 30 de abril de 2003 por el que se anula la suspensión del procedimiento recaudatorio de las cuotas de urbanización del PAI "Calvari I" de la parcelas número 15 y 17 y se aprueba todas las liquidaciones emitidas y pendien-tes de las citadas parcelas.

Antecedentes

Primero.- El indicado Procurador, actuando en nombre y representa-ción de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso conten-cioso adminis-trativo contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo.- Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdic-ción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamen-tos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero.- Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 28 de junio de 2007 para votación y fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada.

Cuarto.- En la sustanciación de este pleito se han observa-do las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.

Fundamentos

Procedimiento Ordinario - 001515/2003

N.I.G.: 46250-33-3-2007-0004461

Recurso nº 1405/03

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

S E N T E N C I A nº 829/07

Ilmos. Srs.:

PRESIDENTE

D. Mariano Ferrando Marzal

MAGISTRADOS:

D. José Martínez Arenas Santos

D. Francisco Hervás Vercher

En la ciudad de Valencia a diez de julio de dos mil siete.

VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos nº 1405/03, seguidos entre partes, de la una y como demandante, D. Lucas y Dª Olga , representada por el Procurador D. Julio Antonio Just Vilaplana y dirigida por el Letrado D. Joaquín Tur Císcar; y de la otra, como Administración demandada, el Ayuntamiento de Pego, representada por la Procuradora Dª María Teresa de Elena Silla y dirigida por el Letrado D. Juan Carlos Pérez Nadal, recurso interpuesto por D. Lucas y Dª Olga contra el decreto de la Alcaldía de Pego de 30 de abril de 2003 por el que se anula la suspensión del procedimiento recaudatorio de las cuotas de urbanización del PAI "Calvari I" de la parcelas número 15 y 17 y se aprueba todas las liquidaciones emitidas y pendien-tes de las citadas parcelas.

Primero.- El indicado Procurador, actuando en nombre y representa-ción de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el presente recurso conten-cioso adminis-trativo contra el acto administrativo ya reseñado.

Segundo.- Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdic-ción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamen-tos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

Tercero.- Continuado el proceso por los trámites que aparecen en los autos, finalmente se señaló el día 28 de junio de 2007 para votación y fallo, diligencia que ha tenido lugar en la fecha fijada.

Cuarto.- En la sustanciación de este pleito se han observa-do las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Francisco Hervás Vercher.

Primero.- Desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Lucas y Dª Olga contra el decreto de la Alcaldía de Pego de 30 de abril de 2003 por el que se anula la suspensión del procedimiento recaudatorio de las cuotas de urbanización del PAI "Calvari I" de la parcelas número 15 y 17 y se aprueba todas las liquidaciones emitidas y pendientes de las citadas parcelas.

Segundo.- Confirmar la resolución recurrida.

Tercero.- No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, y luego que gane firmeza líbrese certificación literal de la misma y remítase juntamente con el respectivo expediente administrativo al órgano demandado, quien deberá llevar aquélla a puro y debido efecto, sirviéndose acusar el oportuno recibo.

Así por esta nuestra sentencia de la que se llevará testimonio literal a los autos principales, juzgando lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de la que, como Secretario de la misma, certifico. Valencia, a

Fallo

Primero.- Desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Lucas y Dª Olga contra el decreto de la Alcaldía de Pego de 30 de abril de 2003 por el que se anula la suspensión del procedimiento recaudatorio de las cuotas de urbanización del PAI "Calvari I" de la parcelas número 15 y 17 y se aprueba todas las liquidaciones emitidas y pendientes de las citadas parcelas.

Segundo.- Confirmar la resolución recurrida.

Tercero.- No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, y luego que gane firmeza líbrese certificación literal de la misma y remítase juntamente con el respectivo expediente administrativo al órgano demandado, quien deberá llevar aquélla a puro y debido efecto, sirviéndose acusar el oportuno recibo.

Así por esta nuestra sentencia de la que se llevará testimonio literal a los autos principales, juzgando lo pronun-ciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de la que, como Secretario de la misma, certifico. Valencia, a