Última revisión
01/06/2007
Sentencia Administrativo Nº 886/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 769/2003 de 01 de Junio de 2007
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Orden: Administrativo
Fecha: 01 de Junio de 2007
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: SANCHO CUESTA, FRANCISCO JAVIER
Nº de sentencia: 886/2007
Encabezamiento
Recurso nº 769/03
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Recurso nº 769/03
SENTENCIA NÚM. 886
lmos. Sres:
Presidente:
D. Alfredo Roldán Herrero
Magistrados:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. Mª Jesús Vegas Torres
D. Francisco Javier Sancho Cuesta
D. José Félix Martín Corredera
En la Villa de Madrid, a uno de junio de dos mil siete.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo número 769/03 interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Sra. Rey García en nombre y representación de DON Daniel contra la actuación material constitutiva de vía de hecho iniciada el 2 de abril de 2003, que se concreta en las obras realizadas sobre la zona verde de la Urbanización "Montepríncipe" en Boadilla del Monte para la reconstrucción del camino de servicio del Espino y para la ejecución de un enlace de tipología diamante de acceso al Sector 01 del polígono industrial de Prado del Espino a través del paso elevado sobre la carretera M-511.
Antecedentes
PRIMERO.- Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito de fecha 16-5-2003, en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos terminó suplicando
1.- Declare que constituye una vía de hecho, como contraria a Derecho, la actuación de la Administración que resulte responsable de haber iniciado las obras sobre la zona verde de la Urbanización de Montepríncipe en Boadilla del Monte, para la ejecución del enlace de tipología diamante de acceso al Sector 01 del Polígono Industrial de Prado del Espino, a través del paso elevado sobre la M-511, y para la reconstrucción del camino de servicio del Espino.
2.- Condene a la Administración responsable a la adopción de las medidas adecuadas de restablecimiento de la situación perturbada incluida la indemnización de daños y perjuicios.
SEGUNDO.- Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el oportuno escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dictase sentencia desestimando íntegramente el recurso interpuesto.
TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se llevaron a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista y una vez evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 31-5-07, fecha en que tuvo lugar.
Es PONENTE el Magistrado Ilmo. Sr. Don Francisco Javier Sancho Cuesta.
Fundamentos
Recurso nº 769/03
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LOS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
Recurso nº 769/03
SENTENCIA NÚM. 886
lmos. Sres:
Presidente:
D. Alfredo Roldán Herrero
Magistrados:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. Mª Jesús Vegas Torres
D. Francisco Javier Sancho Cuesta
D. José Félix Martín Corredera
En la Villa de Madrid, a uno de junio de dos mil siete.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo número 769/03 interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Sra. Rey García en nombre y representación de DON Daniel contra la actuación material constitutiva de vía de hecho iniciada el 2 de abril de 2003, que se concreta en las obras realizadas sobre la zona verde de la Urbanización "Montepríncipe" en Boadilla del Monte para la reconstrucción del camino de servicio del Espino y para la ejecución de un enlace de tipología diamante de acceso al Sector 01 del polígono industrial de Prado del Espino a través del paso elevado sobre la carretera M-511.
PRIMERO.- Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito de fecha 16-5-2003, en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos terminó suplicando
1.- Declare que constituye una vía de hecho, como contraria a Derecho, la actuación de la Administración que resulte responsable de haber iniciado las obras sobre la zona verde de la Urbanización de Montepríncipe en Boadilla del Monte, para la ejecución del enlace de tipología diamante de acceso al Sector 01 del Polígono Industrial de Prado del Espino, a través del paso elevado sobre la M-511, y para la reconstrucción del camino de servicio del Espino.
2.- Condene a la Administración responsable a la adopción de las medidas adecuadas de restablecimiento de la situación perturbada incluida la indemnización de daños y perjuicios.
SEGUNDO.- Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el oportuno escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dictase sentencia desestimando íntegramente el recurso interpuesto.
TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se llevaron a cabo las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista y una vez evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 31-5-07, fecha en que tuvo lugar.
Es PONENTE el Magistrado Ilmo. Sr. Don Francisco Javier Sancho Cuesta.
Desestimar el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Sra. Rey García en nombre y representación de DON Daniel contra la actuación material constitutiva de vía de hecho iniciada el 2 de abril de 2003, que se concreta en las obras realizadas sobre la zona verde de la Urbanización "Montepríncipe" en Boadilla del Monte para la reconstrucción del camino de servicio del Espino y para la ejecución de un enlace de tipología diamante de acceso al Sector 01 del polígono industrial de Prado del Espino a través del paso elevado sobre la carretera M-511, sin costas.
Notifíquese a las partes que contra la presente cabe interponer recurso de casación dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación, a preparar ante esta Sala.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
Fallo
Desestimar el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Sra. Rey García en nombre y representación de DON Daniel contra la actuación material constitutiva de vía de hecho iniciada el 2 de abril de 2003, que se concreta en las obras realizadas sobre la zona verde de la Urbanización "Montepríncipe" en Boadilla del Monte para la reconstrucción del camino de servicio del Espino y para la ejecución de un enlace de tipología diamante de acceso al Sector 01 del polígono industrial de Prado del Espino a través del paso elevado sobre la carretera M-511, sin costas.
Notifíquese a las partes que contra la presente cabe interponer recurso de casación dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación, a preparar ante esta Sala.
Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
