Sentencia Administrativo Nº 901/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, S... 09 de Julio de 2004
Sentencia Administrativo ...io de 2004

Última revisión
09/07/2004

Sentencia Administrativo Nº 901/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 50/2001 de 09 de Julio de 2004

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Orden: Administrativo

Fecha: 09 de Julio de 2004

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: GALLEGO LAGUNA, JOSE ALBERTO

Nº de sentencia: 901/2004

Nº de recurso: 50/2001

Núm. Cendoj: 28079330052004100693

Resumen
Confirma el TSJ la resolución que declaró ajustada a derecho la liquidación provisional practicada en concepto de IRPF, pues frente a las alegaciones de la recurrente en la demanda de que no estuvo arrendado el inmueble en el año 1996, resulta contradictoria con la declaración por el Impuesto del citado de ese ejercicio, que impide considerar que el inmueble no estuviera arrendado durante todo el ejercicio. Pero es que la Administración no modifica tales ingresos en la liquidación provisional y en el requerimiento practicado al contribuyente se le requería "Justificación de los gastos declarados respecto de inmuebles arrendados, aportando los documentos justificativos de los mismos", es decir, se le requiere sobre los gastos correspondientes a inmuebles arrendados, consecuencia de los ingresos declarados. Por tanto, la controversia ha de limitarse a la procedencia o no de la deducción de los gastos declarados en concepto de inmuebles arrendados, respecto de lo cual señala la Sala que correspondía a la recurrente acreditar la procedencia de tales gastos, a cuyo efecto únicamente aportó recibos de Comunidades de propietarios que en forma alguna acreditan la procedencia de la deducibilidad de los conceptos referidos pues en forma alguna se justifica su relación con los indicados conceptos, ni que concretamente se refieran al inmueble arrendado durante el primer trimestre de 1996, según las declaraciones del sujeto pasivo presentadas, indicadas anteriormente, pues ni acreditan el pago de capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora de los inmuebles arrendados, ni gastos en concepto de tributos y recargos no estatales, ni en concepto de gastos de conservación y reparación, en concepto de otros gastos no precisados.

Voces

Liquidación provisional del impuesto

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Intereses de demora

Liquidación de intereses

Impuesto sobre el Valor Añadido

Derecho a la tutela judicial efectiva

Administración Tributaria del Estado

Declaraciones-autoliquidaciones

Deuda tributaria

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Equidad

Gastos deducibles

Audiencia del interesado

Inspección tributaria

Gastos de reparación y conservación

Declaración IRPF

Mala fe

Jurisdicción contencioso-administrativa

Plazo de prescripción