Sentencia Administrativo Nº 956/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,...e Septiembre de 2007
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Última revisión
27/09/2007

Sentencia Administrativo Nº 956/2007, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 1836/2003 de 27 de Septiembre de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 27 de Septiembre de 2007

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: GOMEZ RUIZ, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 956/2007

Nº de recurso: 1836/2003

Núm. Cendoj: 08019330012007101117

Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2007:11237

Resumen
Se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña en las que se declara la improcedencia de la exención por reinversión del incremento obtenido en la enajenación de determinados bienes inmuebles y se confirma la sanción impuesta. Para que resulte válida la exención, la norma exige que los bienes enajenados no estén cedidos a terceros; que estén, por tanto, integrados en el proceso productivo de la empresa. El Tribunal Supremo tiene resuelto (entre otras, sentencia de 5 de junio de 2005) la procedencia de la exención por reinversión en los supuestos de sociedades con cierta estructura, cuyo objeto social sea la cesión o arrendamiento de bienes inmuebles, superando la interpretación literal de la norma. Sin embargo, en el supuesto de autos, la recurrente, sociedad de mera tenencia de bienes, adolece de una elemental estructura, por lo que está excluida del beneficio de la exención. Se suprime, no obstante, la sanción en atención a la confusa regulación existente.

Voces

Exención por reinversión

Actividades empresariales

Arrendamiento de bienes inmuebles

Impuesto sobre sociedades

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Activo no corriente

Contraprestación

Bienes inmuebles

Determinación de la base imponible

Administración de bienes

Negocio jurídico

Valor neto contable

Bienes muebles

Mercancías

Automóviles de turismo

Período impositivo

Potestad reglamentaria

Plusvalías

Activo corriente