Sentencia Administrativo ...io de 2007

Última revisión
17/07/2007

Sentencia Administrativo Nº 984/2007, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 318/2004 de 17 de Julio de 2007

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Orden: Administrativo

Fecha: 17 de Julio de 2007

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: GONZALEZ ESCRIBANO, JUAN IGNACIO

Nº de sentencia: 984/2007


Encabezamiento

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00984/2007

SENTENCIA Nº 984

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Dª. Berta Santillán Pedrosa.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

------------------------------------------------------

En la Villa de Madrid a diecisiete de julio del año dos mil siete.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso-administrativo nº 318/2004, interpuesto por el Procurador Sr. Torres Alvárez en nombre y representación de Valdecarrizo, S.L, contra la orden nº 342/04 de 25 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que decreta la inadmisibilidad del recurso de reposición contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente de 23 de septiembre de 2003 que resuelve el recurso de alzada interpuesto contra la resolución del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental que denegaba la solicitud de declaración de nulidad de actuaciones en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental que concluyó con la Declaración de Impacto ambiental de 24 de marzo de 2003, desfavorable a la Construcción de Campo de Golf municipal de Tres Cantos, habiendo sido parte la Comunidad de Madrid, representada por sus Servicios jurídicos.

La cuantía del recurso es de indeterminada.

Antecedentes

PRIMERO.- Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 30 de abril de 2004 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso con la consiguiente anulación de los actos recurridos, y, retroacción del procedimiento de declaración de impacto ambiental.

SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO.- Con fecha 31 de mayo de 2007, se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.

Fundamentos

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00984/2007

SENTENCIA Nº 984

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Dª. Berta Santillán Pedrosa.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

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En la Villa de Madrid a diecisiete de julio del año dos mil siete.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso-administrativo nº 318/2004, interpuesto por el Procurador Sr. Torres Alvárez en nombre y representación de Valdecarrizo, S.L, contra la orden nº 342/04 de 25 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, que decreta la inadmisibilidad del recurso de reposición contra la Orden de la Consejería de Medio Ambiente de 23 de septiembre de 2003 que resuelve el recurso de alzada interpuesto contra la resolución del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental que denegaba la solicitud de declaración de nulidad de actuaciones en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental que concluyó con la Declaración de Impacto ambiental de 24 de marzo de 2003, desfavorable a la Construcción de Campo de Golf municipal de Tres Cantos, habiendo sido parte la Comunidad de Madrid, representada por sus Servicios jurídicos.

La cuantía del recurso es de indeterminada.

PRIMERO.- Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 30 de abril de 2004 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso con la consiguiente anulación de los actos recurridos, y, retroacción del procedimiento de declaración de impacto ambiental.

SEGUNDO.- La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO.- Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO.- Con fecha 31 de mayo de 2007, se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

QUINTO.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.

Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo.

Sin Costas.

Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano, Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma doy fe.

Fallo

Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo.

Sin Costas.

Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACION: Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano, Ponente que ha sido para la resolución del presente recurso, estando celebrando audiencia pública esta Sala, de lo que, como Secretario de la misma doy fe.

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