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Sentencia Administrativo Nº S/S, Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso, Sección 1, Rec 220/2002 de 12 de Mayo de 2004
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Orden: Administrativo
Fecha: 12 de Mayo de 2004
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: GARCIA FERNADEZ-LOMANA, MANUEL
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079230012004100744
Resumen
Estima en parte la AN el recurso interpuesto, pues según se infiere del examen de los autos y en especial de las fotografías aportadas si bien cuando se accede desde la playa es fácil observar que existe una zona de gradas y otra de escalones, lo cierto es que cuando se accede desde el paseo es muy difícil apreciar que en la zona central del acceso no existen escaleras, sino gradas. De aquí que con posterioridad se hayan colocado una barandilla que impide el acceso a la zona central desde la parte superior. Teniendo en cuenta lo anterior la Sala comparte la opinión del voto particular emitido por el Consejo de Estado y entiende que tal y como se había realizado la construcción, se inducía a error a las personas que accedían a la playa desde el paseo, pues parecía que existían escalones, cuando lo cierto es que no era así. No existiendo señal alguna que advirtiese a los peatones del riesgo generado por la estructura y debiendo la Administración adoptar las medidas oportunas para eliminar o minimizar el riesgo -SAN (6ª) de 4 de junio de 2002 (JUR 2003/58407)-. Concurren por lo tanto las notas del art 139 y ss. de la Ley 30/1992, sin que se aprecie culpa de la víctima.
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Médico Forense
Daños morales
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Encabezamiento
SENTENCIA
Madrid, a doce de mayo de dos mil cuatro.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante la Sección Primera de la Sala de lo
Contencioso Administrativo de la Audiencia …
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